Ordenanza Nº 003 de Asamblea Departamental De Casanare, 22-02-2022 - Normativa - VLEX 897439662

Ordenanza Nº 003 de Asamblea Departamental De Casanare, 22-02-2022

Número de proyecto003
Fecha de publicación22 Febrero 2022
Fecha22 Febrero 2022
Fecha de registro22 Febrero 2022
EmisorAsamblea Departamental De Casanare
CALLE 23 No. 20-18 Barrio Provivienda Teléfono 6328507 - 634 8951
E-MAIL: contactenos@asamblea-casanare.gov.co
ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE CASANARE
Nit. 800.228.493 - 1
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE ORDENANZA N°. 003 DE
2022 “POR LA CUAL SE MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL DE RENTAS,
RECURSOS DE CAPITAL Y DE APROPIACIONES DEL DEPARTAMENTO DE
CASANARE PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL 1º DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE
DE 2022”
Honorables Diputados;
De manera respetuosa, me permito rendir informe de ponencia para primer debate en
la comisión de presupuesto del proyecto de ordenanza N°. 003 de 2022, en los
siguientes términos:
1. DE SU INICIATIVA Y CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
El Gobernador de Casanare, radicó el día 14 de febrero de 2022, el Proyecto “POR LA
CUAL SE MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL DE RENTAS, RECURSOSDE
CAPITAL Y DE APROPIACIONES DEL DEPARTAMENTO DE CASANARE PARA LA
VIGENCIA FISCAL DEL 1º DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2022”, ante la
Secretaría General de la Asamblea.
El Proyecto fue entregado de acuerdo a las formalidades contenidas en la Ordenanza
N°. 017 de 2018 “Reglamento Interno de la Asamblea Departamental”, es decir en un
original y 11 copias, con su respectiva exposición de motivos. Radicado por la
Secretaría General de la Corporación bajo el número 003 de 2022.
En cuanto a su trámite, la Secretaría General de la Corporación emitió Constancia al
Presidente de la Duma el día 18 del mes de febrero de 2022, indicando que el Proyecto
de Ordenanza N°. 003 de 2022, cumple con los requisitos formales exigidos por el
Reglamento Interno de la corporación, en especial los previstos en los artículos 92, 93,
94 y 95. Por su parte, el Presidente de la Comisión de Presupuesto, mediante
Resolución de fecha 19 de febrero de 2022, nos designó como ponentes, para que
curse su trámite en primer debate en comisión, de conformidad con el artículo 97 de la
Ley 2200 de 2022.
El ejecutivo a través de este proyecto pretende adicionar el presupuesto inicialmente
aprobado para la vigencia fiscal 2022, por valor de NOVENTA Y SEIS MIL SETENTA
Y UN MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y
SIETE PESOS CON UN CENTAVO MCTE ($96.071.338.187,01), recursos producto
del cierre fiscal de la Administración Central vigencia 2021 y los Establecimientos
Públicos, así como de la suscripción de convenios y el reintegro de rendimientos
financieros de convenios suscritos.
2. DE SUS ASPECTOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES.
Fundamentos Constitucionales:
En lo que respecta a las asambleas departamentales tenemos que:

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