Decreto número 4918 de 2007, por el cual se adiciona un parágrafo a los artículos 69 y 102, respectivamente, ambos del Decreto 2649 de 1993. - 26 de Diciembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51685815

Decreto número 4918 de 2007, por el cual se adiciona un parágrafo a los artículos 69 y 102, respectivamente, ambos del Decreto 2649 de 1993.

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín46853

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el numeral 11 del articulo 189 de la Constitucion Politica y los articulos 50 y 2035 del Codigo de Comercio, DECRETA:

Articulo 1° Adicionase un paragrafo al articulo 69 del Decreto 2649 de 1993 asi: Paragrafo

Las inversiones de renta variable en subordinadas del exterior, deben ser reexpresadas en la moneda funcional, utilizando la tasa de cambio vigente certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia o la entidad que haga sus veces y registrando diferencia que resulte entre el valor en libros de dichos activos y su valor reexpresado como un mayor o menor valor del patrimonio, en el rubro en el cual sean reconocidas variaciones patrimoniales. Cuando la inversion de que trata el presente paragrafo sea efectivamente realizada, los ajustes por diferencia en cambio que se hayan registrado en el patrimonio afectaran los resultados del periodo.

Articulo 2° Adicionase un paragrafo al articulo 102 del Decreto 2649 de 1993, asi: Paragrafo

Se exceptua de lo establecido en este articulo, lo previsto en el paragrafo del articulo 69 del presente decreto.

Articulo 3° Vigencia y derogatorias

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacion, adiciona un paragrafo a los articulos 69 y 102, respectivamente, ambos del Decreto 2649 de 1993, y deroga todas las normas que le sean contrarias.

Publiquese y cumplase.

Dado en Bogota, D. C., a 26 de diciembre de 2007.

ALVARO URIBE VELEZ El Ministro de Hacienda y Credito Publico, Oscar Ivan Zuluaga Escobar.

El Ministro de...

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