Decreto 2286 de 2007, por medio del cual se reglamenta parcialmente el artículo 437-1 del Estatuto Tributario - 20 de Junio de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 410731154

Decreto 2286 de 2007, por medio del cual se reglamenta parcialmente el artículo 437-1 del Estatuto Tributario

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
REPÚBLICA DE COLOMBIA
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DECRETO NUMERO DE 2007
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Por medio del cual se reglamenta parcialmente el
artículo 437-1 del Estatuto Tributario
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial las
consagradas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política
y en el artículo 437-1 del Estatuto Tributario
DECRETA:
ARTICULO 1. Retención en la fuente en el impuesto sobre las ventas. A partir del
10
de
julio
de 2007, la tarifa de retención en la fuente por impuesto sobre las ventas
aplicable a los pagos que realicen los adquirentes de hoja de tabaco a los
cultivadores, será del setenta y cinco por ciento (75%) del valor del impuesto.
ARTICULO 2. Vigencia. El presente Decreto rige a partir del .1
0
de julio de 2007,
previa su publicación.
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PUBLíQUESE
y
CÚMPLASE
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Dado en Bogotá, a los
OSCAR IV
Ministro de

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