La participación política y el abstencionismo electoral en Colombia, análisis desde de la sociología del derecho. - Núm. 4, Diciembre 2006 - Ratio Juris - Libros y Revistas - VLEX 52099122

La participación política y el abstencionismo electoral en Colombia, análisis desde de la sociología del derecho.

AutorCésar Augusto Giraldo Ceballos
CargoAbogado de la Universidad Autónoma Latinoamericana, Director de Semilleros de Investigación de la Corporación Universitaria de Ciencia y Desarrollo UNICIENCIA, Sabaneta, Antioquia.
Páginas72-81

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1. Introducción

A propósito de los 15 años de vigencia de la actual Constitución colombiana, y de lo que he denominado el bienio electoral1 . Reviste, además de importancia, actualidad; primero hacer un análisis de cómo se ha desarrollado el tema de la participación política y segundo considerar desde una mirada interdisciplinaria el fenómeno denominado Abstencionismo electoral, tema, que por cierto, genera bastantes interrogantes.

La participación política fue quizás uno de los cambios fundamentales que trajo la actual Constitución, fue precisamente en materia de mecanismos de participación ciudadana, ya que se pasó de un sistema de democracia representativa pura, a un sistema de democracia mixta, es decir, hay una simbiosis entre la democracia representativa y la democracia participativa, esta última una aproximación a la democracia directa.

Lo segundo, porque a pesar de que existen los presupuestos legales para una mayor participación en las decisiones públicas del país, para el total de los ciudadanos no existen, la cultura política de la participación y los esfuerzos de organizaciones públicas y civiles en los últimos años, en esta materia, no arrojan los resultados esperados. Muestra de esto es la continuidad histórica en los altos índices de abstencionismo electoral2 .

Antes de entrar en materia, es pertinente hacer una serie de precisiones metodológicas y conceptuales:

En primer lugar, el título hace alusión al análisis desde la sociología del derecho, pues el objeto de esta disciplina es hacer un estudio de las relaciones derecho sociedad3 , es decir un análisis en doble vía, de un lado cómo determina el derecho a la sociedad y por el otro cómo determina la sociedad la formación y desarrollo del derecho4 . La sociología del derecho surge como reacción a las escuelas del derecho que hacían énfasis en el simple análisis conceptual y lógico del derecho, una especie de análisis racional puro muy alejado del dato empírico, es decir, de la realidad social que rodeaba al derecho. Escuelas tales como La jurisprudencia de conceptos y la dogmática jurídica entre otras, convertían el análisis del derecho en un proceso frío y alejado de la realidad, creyentes en el presupuesto de la plenitud hermética del derecho.

La sociología del derecho surge de movimientos filosófico Jurídicos que pretendían un viraje hacia una construcción y desarrollo del derecho mucho más cercano a la realidad social que lo circunda. Estas escuelas surgieron entre el siglo XIX y el siglo XX y presentaban tres importantes corrientes: a) La escuela sociológico-jurídica francesa, abanderada por F. Geny, b) La escuela del derecho libre alemán, cuyos principales representantes fueron E. Ehrlich y H. Kantorowicz, y c) El realismo jurídico, que contó con una rama norteamericana ( Frank, Llewelyn ) y otra en el norte de Europa (Olivecrona y Ross).5 Page 73

En segundo lugar, es importante aclarar, que la sociología del derecho tiene varias líneas de investigación, uno de ellos es el análisis de la relación entre normas y valores, por un lado, y entre normas y grupos sociales destinatarios de aquéllas por otro, es decir, se trata del tema de las relaciones valores jurídicos-derecho-sociedad, que es quizás el tema de investigación más clásico de la sociología jurídica, a pesar de ser una disciplina relativamente nueva.6

De acuerdo a lo anterior, el orden de los temas del presente trabajo es el siguiente: inicialmente se hará un análisis de los valores inmersos en la constitución de 1991, sobre todo en materia de participación política, posteriormente se contrasta el texto de la constitución de 1991 con la derogada por está, es decir la constitución de 1886-análisis histórico-, y luego se analizara el concepto de democracia participativa acorde a la constitución de 1991, para terminar con un contraste de la realidad Colombiana con el texto actual, incluyendo las reformas hechas hasta el momento.

La vida del derecho no ha sido lógica sino experiencia. Las necesidades sentidas de la época, la moral y teorías políticas prevalentes, las intenciones de la política pública confesadas o inconscientes, incluso los prejuicios que los jueces comparten con sus conciudadanos han tenido mucho más que hacer que el silogismo al determinar las reglas por las que los hombres deben ser gobernados. O. W HOLMES 7

2 Valores que inspiraron la constitución política de Colombia

Una constitución es ante todo, la ley fundamental de un estado, es el punto de convergencia entre el derecho, la política y la realidad social. La constitución debe expresar los principios y valores sobre los cuales se inspira el estado, incluyendo el ordenamiento jurídico como sistema regulador de la conducta humana en una sociedad.

En esos términos, La Constitución política de Colombia, que fue promulgada el 4 de julio de 1991, encuentra su fuente de inspiración entre otros, en dos valores fundamentales, la Libertad y la igualdad. En el desarrollo del texto constitucional, desde el mismo preámbulo, y a pesar de que esté no tiene aplicación directa, estos valores. Al igual que la paz, la vida, del trabajo, el conocimiento, y la justicia, se convierten en valores que se pretenden asegurar a todos los nacionales colombianos.

La libertad y la igualdad son ante todo, valores que han marcado el desarrollo del pensamiento del hombre como ser político y social a través de la historia, desde los griegos, ya se tiene evidencia de la importancia y el debate que generaron en las discusiones de los asuntos públicos.

Aristóteles uno de los pensadores clásicos de la Grecia antigua, en su libro la Ética Nicomaquea, expresa el concepto de justicia política que al decir del maestro argentino José Enrique Miguens, al tratar la obra de este pensador clásico, "es un concepto olvidado por los tratadistas de las ciencia sociales"8 . Sin duda la política para Aristóteles es la ciencia suprema, la ciencia soberana9 , por tanto, el concepto de justicia política es el más importante dentro de su construcción de la teoría de la justicia, en la cual la libertad y sobre todo la igualdad son componentes esenciales.

Según Aristóteles, citado por Miguens, el concepto de justicia política solo se puede aplicar entre ciudadanos libres e iguales, pues distingue una justicia legal pre política representada por la diosa Themis, de la Page 74 justicia política, encarnada en la polis democrática, es la justicia de los tiempos nuevos, representada por la diosa Diké, bajo cuyo patrocinio surgen los nomoi10 mediante la interacción entre ciudadanos libres e iguales.11

Pero además, el proceso político moderno ha sido un camino progresivo hacia la consecución de una mayor libertad y una mayor igualdad para los seres humanos, muestra de ello es la revolución francesa. En el libro Razón y Revolución Hebert Marcuse manifiesta que "En la perspectiva de Hegel, el giro decisivo que dio la historia con la revolución francesa consiste en que el hombre empezó a contar con su espíritu y se atrevió a someter la realidad dada a la normas de la razón. El hombre se ha propuesto organizar la realidad de acuerdo con las exigencias de su libre pensamiento racional, en lugar de acomodar su pensamiento al orden existente a los valores predominantes". Y más adelante afirma que "el hombre puede llegar a descubrir que la historia es una constante lucha por la libertad, que la individualidad de éste exige que éste posea la propiedad como medio para realizarse plenamente, y que todos los hombres tienen igual derecho a desarrollar sus facultades humanas"12.

Como se puede apreciar, La revolución francesa es nuevamente una prueba histórica de la lucha política por la libertad y la igualdad, como derechos y facultades del ser humano como ser individual, esto se refleja en la célebre frase de Kant "el hombre es un fin en sí mismo", lo que deja claro, la importancia que tiene la posibilidad del hombre de autodeterminarse y trazar su destino.

Pero si bien la revolución francesa planteó unos objetivos hipotéticos en la letra de la declaración de los derechos del hombre y el ciudadano y en las constituciones que le siguieron, la realidad de la de la época contrasta con un proceso de industrialización liderado por la burguesía, uno de los grupos sociales que lideró esta revolución, en la cual, los burgueses terminaron siendo "los verdugos" de sus aliados de revolución, la clase obrera, pues ellos eran los dueños de los factores materiales de la producción y terminaron explotando a estos últimos.

Aquí se genera una nueva disputa social, en la cual, libertad e igualdad como valores sociales y jurídicos al parecer chocan, pues la excesiva libertad económica había terminado por generar unas condiciones de desigualdad material entre obreros e industriales. Así y en adelante libertad e igualdad aunque han sido los valores que inspiran las más nobles causas, en la realidad social no se han podido contrastar de manera armónica y han sido presupuestos ideológicos de tesis encontradas.

En este sentido, a mi juicio, la igualdad como valor jurídico tiene dos desarrollos conceptuales, de un lado en los...

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