Pasivos - Catálogo único de información financiera para el sector solidario - Libros y Revistas - VLEX 631756605

Pasivos

AutorHernán Cardozo Cuenca
Cargo del AutorContador Público de la Universidad La Gran Colombia con especialización en Revisoría Fiscal y Control de Gestión y Diplomado en Gerencia Financiera, líder de investigación de estándares internacionales (IFRS for SMEs)
Páginas209-269
Capítulo 4
Pasivos
Esta clase correspondiente a Pasivos está conformada por los pasivos nancie-
ros y no nancieros como las cuentas que representan los recursos controla-
dos por la organización solidaria como resultado de sucesos pasados, del que la
organización espera obtener, en el futuro, benecios económicos.
Los rubros que integran esta clase tendrán siempre saldo crédito. Para efectos
de ajustes, se aplicará el procedimiento de ajuste mensual de la contabilidad, de
acuerdo con los índices o factores, como es el caso para las operaciones en mone-
da extranjera, la UVR o la UVT, según sea el caso.
Los pasivos tienen diferentes formas de medición dependiendo de la sección y la
política jada por la administración.
Un instrumento nanciero del pasivo es cualquier contrato que dé lugar a un
pasivo nanciero en una organización.
Los pasivos nancieros se reconocerán si son:
Una obligación contractual.
Un contrato que será o podrá ser liquidado utilizando instrumentos de patri-
monio propios de la organización.
Esta clase de cuentas exige que el emisor de un instrumento nanciero lo clasi-
que, en el momento de su reconocimiento inicial, como un pasivo nanciero o
como patrimonio, de conformidad con la esencia económica del acuerdo contrac-
tual y con las deniciones del pasivo nanciero.
CATÁLOGO ÚNICO DE INFORMACIÓN FINANCIERA PARA EL SECTOR SOLIDARIO
210
Esta clase se aplicará cuando se clasiquen todos los tipos de instrumentos nan-
cieros, excepto a:
a) Las participaciones en subsidiarias, asociadas y negocios conjuntos que se
contabilicen de acuerdo con la sección 9 Estados nancieros consolidados y
separados, la sección 14 Inversiones en asociadas o la sección 15 Inversiones
en negocios conjuntos.
b) Los derechos y las obligaciones de los empleadores derivados de planes de
benecios a los empleados, a los que se aplique la sección 28 Benecios a los
empleados.
c) Los contratos por contraprestaciones contingentes en una combinación de
negocios [véase la sección 19 Combinaciones de negocios y plusvalía]. Esta
exención se aplicará solo a la adquirente.
d) Los instrumentos nancieros, contratos y obligaciones derivados de transac-
ciones con pagos basados en acciones a los que se aplica la sección 26, excep-
to por lo dispuesto en los párrafos 22.3 a 22.6, que serán de aplicación a las
acciones propias en cartera adquiridas, vendidas, emitidas o liquidadas que
tengan relación con planes de opciones sobre acciones para los empleados,
planes de compra de acciones para los empleados y todos los demás acuerdos
con pagos basados en acciones.
Los siguientes son ejemplos de instrumentos que se clasican como pasivos:
a) Un instrumento se clasica como pasivo si la distribución de activos netos
en el momento de la liquidación está sujeta a un valor máximo (techo). Por
ejemplo, en la liquidación, si los tenedores del instrumento reciben una par-
ticipación proporcional de los activos netos, pero este valor está limitado a un
techo y los activos netos en exceso se distribuyen a una institución benéca
o al Gobierno, el instrumento no se clasica como patrimonio.
b) Un instrumento con opción de venta se clasica como patrimonio si, al ejer-
cer la opción de venta, el tenedor recibe una participación proporcional de
los activos netos de la organización que se mide de acuerdo con esta NIIF.
Sin embargo, si el tenedor tiene derecho a un valor medido sobre alguna otra
base (como PCGA locales), el instrumento se clasica como pasivo.
c) Un instrumento se clasicará como un pasivo si obliga a la organización a
realizar pagos al tenedor antes de la liquidación, como un rendimiento obli-
gatorio (depósitos).
d) Un instrumento con opción de venta clasicado como patrimonio en los esta-
dos nancieros de la subsidiaria se clasicará como un pasivo en los estados
nancieros consolidados del grupo.
e) Una acción preferente que estipula un rescate obligatorio por el emisor por
un valor jo o determinable en una fecha futura ja o determinable, o que
da al tenedor el derecho de requerir al emisor el rescate de instrumento en
o después de una fecha en particular por un valor jo o determinable es un
pasivo nanciero.
CAPÍTULO 4: PASIVOS 211
Una característica esencial de un pasivo es que la organización tiene una obliga-
ción presente de actuar de una forma determinada. La obligación puede ser una
obligación legal o una obligación implícita. Una obligación legal es exigible le-
galmente como consecuencia de la ejecución de un contrato vinculante o de una
norma legal. Una obligación implícita es aquella que se deriva de las actuaciones
de la organización, cuando:
a) Debido a un patrón establecido de comportamiento en el pasado, a políticas
de la organización que son de dominio público o a una declaración actual
sucientemente especíca, la organización haya puesto de maniesto ante
terceros que está dispuesta a aceptar cierto tipo de responsabilidades; y
b) Como consecuencia de lo anterior, la organización haya creado una expecta-
tiva válida, ante aquellos terceros con los que debe cumplir sus compromisos
o responsabilidades.
La condición de (obligación en la fecha sobre la que se informa que surge de un
suceso pasado) implica que la organización solidaria no tiene otra alternativa más
realista que liquidar la obligación. Esto puede ocurrir cuando la organización
tiene una obligación legal que puede ser exigida por ley, o cuando la organi-
zación tiene una obligación implícita porque el suceso pasado (que puede ser
una acción de la entidad) ha creado una expectativa válida ante terceros de que
cumplirá con sus compromisos o responsabilidades. Las obligaciones que surgi-
rán como consecuencia de las acciones futuras de la organización (es decir, de
la gestión futura) no satisfacen la condición del párrafo 21.4(a), arriba descrita,
con independencia de lo probable que sea su ocurrencia y aunque surjan de un
contrato. Por ejemplo, por causas de tipo comercial o requerimientos legales, una
organización puede pretender o necesitar realizar desembolsos para operar de
una manera determinada en el futuro. Puesto que la organización puede evitar el
desembolso futuro mediante actuaciones futuras. En este caso, no existiría una
obligación presente de realizar esos desembolsos y, por tanto, no reconocerá pro-
visión alguna para ellos.
Con respecto a la dinámica de este grupo de cuentas del pasivo, no se trata de
crear esquemas rígidos, al n al cabo, cada organización realizará bajo su criterio
el registro correspondiente tal como actualmente se viene realizando; lo que se
está presentando a continuación es una guía de referencia con el propósito de
brindar a los usuarios una herramienta de apoyo para el registro transaccional,
toda vez que las NIIF expresan lo que se debe hacer y lo que hay que hacer, de tal
manera que la dinámica es una orientación.
CLASE GRUPO CÓDIGO CUENTA
2 Pasivos 21. Depósitos

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