Patentes - Núm. 3, Abril 2021 - Industria Legal - Libros y Revistas - VLEX 866296287

Patentes

AutorNorberto Rodríguez
Páginas58-59
Industria Legal
NRodriguez@clarkemodet.com.co
Norberto Rodríguez
Carrera 11, Número 86-53, Piso 3, Bogotá
www.clarkemodet.com
Los diseños industriales son otra forma de
protección de propiedad intelectual
encargada de proteger el aspecto
ornamental o estético de un artículo y son
importantes para proteger modificaciones
estructurales en equipos y dispositivos que
participan en producción de bienes a nivel
industrial.
Antes de la Resolución No. 1692 de 20
de enero/2021 emitida por la
Superintendencia de Industria y Comercio
(SIC), existían algunos lineamientos en la
presentación de diseños que no se
aceptaban más por la práctica de la SIC que
por su consideración dentro de una norma.
Esto se observaba principalmente en el caso
de diseños tridimensionales que requieren
de líneas punteadas, del número de figuras y
de su posible representación por medio de
fotografías.
Usualmente, en un diseño industrial
representado en una figura bajo las reglas
del dibujo técnico, las líneas punteadas
corresponden a una parte con configuración
diferente dentro de un objeto cuya forma ya
era conocida o para la cual no se busca
protección completa. Antes de la Resolución
1692, si las líneas punteadas se incluían en
las figuras, la SIC solicitaba que fueran
borradas, lo cual hacía que el diseño
perdiese claridad ya que el dibujo sin líneas
punteadas se prestaba para cualquier
interpretación fuera del contexto para el cual
se pretendía su protección. Ahora, con la
Resolución 1692, se aclara que las líneas
punteadas se harán solo a título ilustrativo
para indicar la parte o el objeto para el cual
no se solicita protección y para aclarar si el
diseño solicitado es parte de un objeto y se
requiera aclarar e indicar su ubicación y
disposición dentro del mismo, que es útil en
estructuras de equipos industriales.
En el caso del número de figuras, la SIC requería
mínimo seis proyecciones: una vista superior,
inferior, lateral derecho, lateral izquierdo, frontal y
posterior y una vista isométrica que permitiese
contemplar el objeto en tres dimensiones. Esto,
independientemente que el diseño fuera simétrico
y que, por ejemplo, su parte posterior y frontal, o
sus partes laterales derecha e izquierda fuesen
las mismas. Con la nueva Resolución, se acepta
un número mínimo de cuatro vistas. Además,
ahora se pueden presentar fotografías nítidas de
dichas vistas.
Con estas aclaraciones de la SIC en la
Resolución No. 1692 junto con otras
disposiciones como presentar las figuras sin
cotas, nombres o marcas, figuras con buena
resolución y que sean cargadas individualmente,
se proporciona mayor claridad en el proceso de
registro del diseño industrial.
PATENTES
Diseños industriales: Figura
importante de protección
Intelectual para Industrias
Nacionales

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