Patentes de invención - Nuevas creaciones - De la propiedad industrial - De los bienes mercantiles - Decreto 410 de 1975, por el cual se expide el Código de Comercio - Código de Comercio. Comentarios - Concordancias - Doctrina - Jurisprudencia - Libros y Revistas - VLEX 396732214

Patentes de invención

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas461-468

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ARTICULO 534. INVENCIONES PATENTABLES. (Se aplica la Decisión 486 de 14 de septiembre de 2000 del Acuerdo de Cartagena).

ARTICULO 535. DE CUANDO UNA INVENCIÓN NO ES CONSIDERADA COMO NUEVA. (Se aplica la Decisión 486 de 14 de septiembre de 2000 del Acuerdo de Cartagena).

ARTICULO 536. CONCEPTO DE INVENCIÓN. (Se aplica la Decisión 486 de 14 de septiembre de 2000 del Acuerdo de Cartagena).

ARTICULO 537. INVENCIÓN SUSCEPTIBLE DE APLICACIÓN INDUSTRIAL. (Se aplica la Decisión 486 de 14 de septiembre de 2000 del Acuerdo de Cartagena).

ARTICULO 538. CASOS EN QUE NO SE PUEDE CONCEDER PATENTE DE INVENCIÓN. (Se aplica la Decisión 486 de 14 de septiembre de 2000 del Acuerdo de Cartagena).

(*)ARTICULO 539. CREACIONES DE TRABAJADORES O MANDATARIOS. Salvo estipulación en contrario, la invención realizada por el trabajador o mandatario contratado para investigar pertenece al patrono o mandante.

La misma regla se aplica cuando el trabajador no haya sido contratado para investigar, si la invención la realiza mediante datos o medios conocidos o utilizados en razón de la labor desempeñada. En este caso el trabajador tendrá derecho a una compensación que se fijará de acuerdo al monto del salario, la importancia de la invención, el beneficio que reporte al patrono u otros factores similares.

A falta de acuerdo entre las partes, el juez fijará el monto de la compensación.

(*)NOTA DE VIGENCIA: Las creaciones de trabajadores o mandatarios, no se encontraron reguladas por la Decisión 486 de 2000 del Acuerdo de Cartagena.

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CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· Código de Comercio: Art. 613.

· *Decisión 486 de 2000: Art. 23.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· CONCEPTO 08042270 DE 7 DE JULIO DE 2008. SUPERINDUSTRIA Y COMERCIO. Nuevas Creaciones.

· CONCEPTO 02116505 DE 16 DE JUNIO DE 2003. SUPERINDUSTRIA Y COMERCIO. Aspectos relativos a los diseños industriales.

ARTICULO 540. CASOS EN QUE EL DERECHO A LA INVENCIÓN CORRESPONDE AL PRIMER SOLICITANTE O A SUS CAUSAHABIENTES. (Se aplica la Decisión 486 de 14 de septiembre de 2000 del Acuerdo de Cartagena).

ARTICULO 541. REIVINDICACIÓN DE INVENCIONES SUSTRAÍDAS. (Se aplica la Decisión 486 de 14 de septiembre de 2000 del Acuerdo de Cartagena).

ARTICULO 542. DERECHO A LA MENCIÓN DEL NOMBRE DEL INVENTOR. (Se aplica la Decisión 486 de 14 de septiembre de 2000 del Acuerdo de Cartagena).

ARTICULO 543. CONTENIDO DE LA SOLICITUD DE PATENTE. La solicitud de patente deberá presentarse a la Oficina de Propiedad Industrial y contendrá:

1) (Se aplica la Decisión 486 de 14 de septiembre de 2000 del Acuerdo de Cartagena).

2) (Se aplica la Decisión 486 de 14 de septiembre de 2000 del Acuerdo de Cartagena).

3) (Se aplica la Decisión 486 de 14 de septiembre de 2000 del Acuerdo de Cartagena).

4) (Se aplica la Decisión 486 de 14 de septiembre de 2000 del Acuerdo de Cartagena).

PARÁGRAFO 1. En caso de que el solicitante resida fuera del país designará un representante en Bogotá con facultades de recibir notificaciones y nombrar

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apoderados judiciales o extrajudiciales. Asimismo indicará la dirección de dicho representante.

PARÁGRAFO 2. El solo hecho de solicitar y obtener patentes en Colombia no implica que los solicitantes extranjeros tengan negocios de carácter permanente en el país.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

· Código de Comercio: Art. 474.

· *Decisión 486 de 2000: Arts. 6 al 9.

ARTICULO 544. DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD DE PATENTE. (Se aplica la Decisión 486 de 14 de septiembre de 2000 del Acuerdo de Cartagena).

ARTICULO 545. DESCRIPCIÓN DE LA INVENCIÓN. (Se aplica la Decisión 486 de 14 de septiembre de 2000 del Acuerdo de Cartagena).

ARTICULO 546. CASOS EN QUE PUEDE CONCEDERSE PATENTE - INVENCIÓN ÚNICA. (Se aplica la Decisión 486 de 14 de septiembre de 2000 del Acuerdo de Cartagena).

ARTICULO 547. COMPETENCIA DE LA OFICINA DE PROPIEDAD INDUSTRIAL. (Se aplica la Decisión 486 de 14 de...

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