Pensión de sobrevivientes originada por accidentes de trabajo y enfermedad profesional - Libro III. Sistema general de riesgos laborales - Sistema de Seguridad Social Integral - Libros y Revistas - VLEX 905343662

Pensión de sobrevivientes originada por accidentes de trabajo y enfermedad profesional

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas463-463
463
Libro III - Sistema general de riesgos laborales
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com)
SENTENCIA T-555 DE 18 DE JULIO DE 2006. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DR. HUMBERTO ANTONIO SIERRA
PORTO. Obligaciones de las Administradoras de Riesgos Profesionales.
SENTENCIA T-204 DE 28 DE FEBRERO DE 2000. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DR. FABIO MORÓN DÍAZ.
Prestación de servicio de cirugía por accidente de trabajo y reembolso de costos por ARP.
CAPÍTULO II
PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES ORIGINADA POR ACCIDENTES DE TRABAJO Y
ENFERMEDAD PROFESIONAL
ARTÍCULO 255. ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDAD . (Aparte en
Ley 1562 de 11 de julio de 2012). La
pensión de sobrevivientes originada en accidente de trabajo o enfermedad laboral continuará
rigiéndose por las disposiciones vigentes, salvo que se opte por el manejo integrado de estas
pensiones de conformidad con lo previsto en el artículo 157 de esta Ley.
CONCORDANCIAS:
ARTÍCULO 256. DEVOLUCIÓN DE SALDOS POR MUERTE CAUSADA POR ACCIDENTE
DE TRABAJO O . 
por el artículo 4 de la Ley 1562 de 11 de julio de 2012). 
sistema de ahorro individual con solidaridad, derivada de accidente de trabajo o enfermedad
laboral, no habrá lugar a bono pensional y el saldo de la cuenta individual de ahorro pensional
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En caso contrario hará parte la masa sucesoral del causante. Si no hubiere causahabientes
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CONCORDANCIAS:
Art. 256

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