Decreto número 1930 de 2013, por el cual se adopta la Política Pública Nacional de Equidad de Género y se crea una Comisión Intersectorial para su implementación - 11 de Septiembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 459746042

Decreto número 1930 de 2013, por el cual se adopta la Política Pública Nacional de Equidad de Género y se crea una Comisión Intersectorial para su implementación

EmisorPresidencia de la República
Número de Boletín48910

El Presidente de la República de Colombia, en ej ercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 45 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 177 de la Ley 1450 de 2011, por la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo "ProsperidadPara Todos 2010-2014" dispuso que el Gobierno Nacional debe adoptar "una Política Pública Nacional de Equidad de Género para garantizar los derechos humanos integrales e interdependientes de las mujeres y la igualdad de género, teniendo en cuenta las particularidades que afectan a los grupos de población urbana y rural, afro-colombiana, indígena, campesina y Rom. La política desarrollará planes específicos que garanticen los derechos de las mujeres en situación de desplazamiento y el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia".

Que el 12 de marzo de 2013 el Consejo Nacional de Política Económica y Social (Con-pes) dictó los lineamientos de Política Pública Nacional de Equidad de Género para las Mujeres, mediante documento Conpes Social 161 y precisa el Plan de Acción Indicativo para el período 2013-2016, el cual incluye el Plan Integral para Garantizar una Vida Libre de Violencias.

Que las problemáticas abordadas y priorizadas en el documento Conpes Social 161 reflejan aspectos centrales de las desigualdades que afectan a las mujeres en nuestro país, evidenciando la pertinencia de un tratamiento transversal intersectorial articulado por parte de las instituciones del Estado, a través de la puesta en marcha de un Plan de Acción Indicativo que define objetivos, alcances y acciones de las entidades involucradas, para avanzar en la superación de las brechas de inequidad.

Que se hace necesario, en cumplimiento del artículo 177 de la Ley 1450 de 2011, adoptar los lineamientos de Política Pública Nacional de Equidad de Género, dictados por el Conpes y generar espacios institucionales para la coordinación y articulación de acciones tendientes a su implementación, que incluya la participación de diferentes entidades, instituciones y sectores del país.

Que mediante documento Conpes Social 161, se recomienda la creación de una Comisión Intersectorial, con el fin de coordinar y orientar la Política Nacional de Equidad de Género, la cual determinará los mecanismos y responsables del seguimientos a la implementación del citado Conpes.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º De la Política Pública Nacional de Equidad de Género.

Adóptese la Política Pública Nacional de Equidad de Género, la cual estará compuesta por el conjunto de políticas, lineamientos, procesos, planes indicativos, instituciones, instancias y el Plan integral para garantizar una vida libre de violencias contenidas en el documento Conpes Social 161 de 2013 y las normas que los modifiquen o adicionen.

La Política Pública Nacional de Equidad de Género adoptada mediante el presente decreto, es de...

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