Ponencia para primer debate al proyecto de ley 289 de 2003 cámara 021 de 2002 senado - 1 de Octubre de 2003 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451268638

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 289 de 2003 cámara 021 de 2002 senado

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 289 DE 2003 CÁMARA, 021 DE 2002 SENADOpor medio de la cual se reforma integralmente la Ley 84 de 1989,y parcialmente la Ley 599 de 2000 y se dictan otras disposiciones.

Honorables Congresistas de la Comisión Primera, respondiendo al honroso encargo que nos hiciera la presidencia de esta célula congresual, nos permitimos rendir ponencia favorable para primer debate al Proyecto de ley 289 de 2003 Cámara, 021 de 2002 Senado.

Una vez estudiado el proyecto encomendado hemos encontrado que el tema de los animales es motivo de preocupación en un sector amplio de la población colombiana y que ello hace que el legislativo le preste especial atención, toda vez que el maltrato a los animales hace parte de conductas sociales violentas a las cuales parece que nos hemos acostumbrado y que deben irse modificando en estas y en las próximas generaciones de ciudadanos. Estas agresiones contra los animales son claramente agresiones contra la vida. Ello obliga al legislativo a avanzar en una normatividad que permita gradualizar desde la reeducación hasta la penalización, si fuere necesario, las conductas de quienes en su actuar se convierten en verdugos e iniciar un proceso en el cual se eduque para que se restablezca el respeto por la naturaleza y el valor por la vida.

El proyecto, reformatorio de la Ley 84 de 1989, se estructura de tal formaque comprende múltiples aspectos de la relación del hombre frente a los animales, para que el Estado asuma, de acuerdo con el grado de maltrato inferido a un animal, la educación preventiva y la reeducación de las personas que atenten o violen los derechos de los animales consagrados en esta ley; en caso de reincidencia imponga multas y si aún persiste la violación penalice aquellas conductas de maltrato o crueldad en su contra y reglamente situaciones que hacen referencia al sacrificio, transporte, tenencia, experimentación y actividades tales como tráfico de fauna, caza y pesca.

El reconocimiento de la ilicitud de los actos de tortura, abuso y crueldad contra los animales implica una toma de conciencia semejante a la que se dio en la historia de la humanidad cuando se proscribió la esclavitud, pese a la oposición de sectores que sin fundamentos morales sino solo por motivos económicos pretendían mantener ese estado de cosas injusto. De la misma forma, que cuando se reconoció a la mujer como ser humano capaz de participar, en igualdad de condiciones frente a los hombres de las decisiones más importantes del desarrollo de los pueblos, lo cual representó un cambio de pensamiento y un avance ético y político que tomó mucho tiempo darse; igual, el tardío reconocimiento al maltrato infantil de padres a hijos sucedido, apenas a principios del siglo XX cuando se registrara el primer caso que involucró a una menor y a su padre abusador.

Albert Schewitzer, Premio Nobel de la Paz, señaló: \"Un hombre sólo será ético cuando la vida, como tal sea sagrada para él, tanto en las plantas y animales como la de sus hermanos, los hombres y cuando se desvele por ayudar toda vida que necesite ayuda\"1. Tales consideraciones guían esta iniciativa, con la finalidad de lograr ese ideal ético de respeto a toda forma de vida que comparte nuestro mundo y que se une indisolublemente al hombre, de forma tal que como en la famosa Carta del Jefe indio al Presidente de los Estados Unidos: \"¿Qué es el ser humano sin las bestias? Si todas las bestias desaparecieran, el ser humano moriría de una gran soledad en el espíritu, porque cualquier cosa que le pase a las bestias también le pasa al hombre. Todas las cosas están relacionadas\".

El hombre convive con la naturaleza, como parte integral de ella, no para arrasarla, sino para administrarla con equidad y sabiduría. Por ello, no se entiende su actitud destructora, aniquiladora y contraria a su propia condición. Dañar su mundo, lesionar su entorno y acabar con los recursos naturales renovables y no renovables es comportamiento que debe preocupar a todas las naciones. Impedirlo es deber que no podemos postergar quienes tenemos la responsabilidad de legislar en el momento actual.

Ghandi, pacifista que transformó la forma de lucha política, señaló: \"La grandeza de una nación y su desarrollo ético y moral se puede medir por la forma en que son tratados sus animales\". Si nosotros miramos nuestro país donde el valor de vida y el respeto por los derechos humanos es mínimo, a la par que el maltrato animal alcanza niveles insospechados y se reportan conductas aberrantes que no parecen salir del ser humano por el grado de crueldad e insensibilidad que evidencian, podemos constatar la veracidad de esta sentencia y la necesidad de crear una conciencia ética que arranca de los valores mínimos como punto de partida hacia una concepción de respeto a los derechos humanos y la protección del medio ambiente.

Desde nuestra propia óptica el animal se mira como un ser inferior e indefenso que depende, en algunos casos, del hombre para sobrevivir. Y en nuestra loca carrera devastadora pretendemos abarcar la totalidad del universo. No nos saciamos con el dolor, el abandono y la tristeza que nos ha traído la guerra sangrienta y despiadada que vivimos. Hacemos extensivo el deseo de aniquilar, aún a estas especies inferiores olvidando que los animales son, al igual que el hombre, seres sensibles y que el dolor los afecta a tal punto que sus reacciones frente a estímulos dañinos pueden alterar su respuesta biológica normal2.

Desde los tiempos de Tomás de Aquino y Kant resultaba claro que la tortura contra los animales puede fomentar en el ser humano actitudes, sentimientos y acciones de crueldad contra sus congéneres; de tal suerte, la protección al animal es una forma de crear una conciencia que evite luego mayores males al hombre. El conocido antropólogo Oscar Kiss Maerth lo expresaba de otra forma: \"la matanza de animales conduce a la matanza del hombre\"3.

De tal forma, es necesario educar a la sociedad en el respeto al animal, no sólo para la propia protección de las generaciones venideras, sino por razones tales como el respeto al ambiente del cual hacen parte las especies animales; la protección a aquellas personas que sufren el dolor que los animales injustamente padecen y que conforme a nuestra Carta Política no tienen por qué soportar. Pero cuando la educación no basta, se hace necesario implantar mecanismos de control que disuadan y sancionen a los abusadores. Quizá nuestro país no tiene el mismo nivel cultural de la nación alemana que incluyó en su Carta Política la obligación expresa para sus autoridades de velar por el respeto de los derechos de los animales, lo mismo que en Suiza, ni nos hemos adherido a convenios como los efectuados por la Unión Europea (por ej. Bruselas, 1986) para proteger a estos seres, del dolor que el humano le inflinge, o como la legislación estadounidense que penaliza hasta con diez años de trabajos forzados y multas hasta de 25.000 dólares a los maltratadores, estos como algunos ejemplos de países (la gran mayoría), que cuentan con una legislación proteccionista.

\"Llegará el día en que el hombre considere el crimen de un animal lo mismo que el de uno de sus semejantes\" expresaba Leonardo da Vinci, sin embargo, en la actualidad encontramos ausencia de medidas preventivas, educativas y coercitivas y los crímenes que se cometen contra los animales gozan de una total impunidad en la medida en que las penas contempladas en la Ley 84 de 1989 perdieron vigencia por los cambios de competencia surgidos a instancia de la nueva Carta Política que privó a los inspectores de policía de facultades sancionatorias, cuando era en estos servidores en quienes se había soportado la tarea de la penalización del maltrato animal. Esta falta de cultura y respeto por la vida e impunidad riñe abiertamente con nuestra Constitución, de claro tinte ecológico que se ha preocupado de las especies que comparten con el hombre su medio.

El desarrollo económico, social, cultural y político de las sociedades contemporáneas está, entonces, enmarcado dentro de una conciencia social de respeto al medio ambiente. Es así como la Carta Constitucional de 1991, matriculada en esa concepción, contempla los derechos colectivos y del ambiente, denominados de tercera generación y establece como deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, la prevención de la salubridad pública, manteniendo un equilibrio ajustado a los intereses generales.

Dentro de estos aspectos debe enmarcarse la garantía del respeto, defensa y protección de los animales. Para ello resulta imperativo actualizar la norma que regula la materia y estructurarla conforme con los actuales requerimientos constitucionales, legales y técnicos.

Es por ello que se requiere una norma que fije su objetivo y conecte el tema con la sanidad ambiental y la tranquilidad, salud, y seguridad de personas, animales y bienes y que regule en forma ordenada la posesión, convivencia, utilización, exhibición, comercialización, regular las atenciones mínimas que han de recibir los animales desde el punto de vista del trato, higiene, cuidado, protección y transporte, establecer las normas que deben cumplir los establecimientos dedicados a mantenerlo, los requisitos y características de consultorios, clínicas, la recogida, sacrificio y esterilización de los animales. Finalmente fijar las medidas de inspección y control y las sanciones y procedimientos aplicables.

Una regulación integral es el único camino para lograr la efectividad y materialidad de la norma, que bien puede plantearse acogiendo las experiencias propias y de otras legislaciones que han abordado el tema de esa manera.

Por ello, la reforma contempla todos los aspectos que a criterio de los ponentes deben considerarse, establece penas...

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