Ponencia para primer debate al proyecto de ley 113 de 2006 cámara - 29 de Marzo de 2007 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451322934

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 113 de 2006 cámara

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 113 DE 2006 CÁMARA. PLIEGO DE MODIFICACIONES, por la cual se expiden normas sobre biocombustibles renovables y se crean estímulos para su producción, comercialización y consumo, y se dictan otras disposiciones.

TEXTO PROPUESTO

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Declárese de interés público, social y de conveniencia nacional la investigación, producción y uso de combustibles renovables de origen biológico nacional en todo el territorio colombiano.
Artículo 2°

Para los fines de la presente ley y sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 693 de 2001, se entiende por biocombustibles aquellos combustibles líquidos o gaseosos que han sido obtenidos de biomasa y que se pueden emplear en procesos de combustión y que cumplan con las definiciones y normas de calidad establecidas por la autoridad competente, destinados a ser sustitutos de manera total o complementaria de los combustibles de origen fósil.

Artículo 3°

Los Ministerios de Minas y Energía, Agricultura y Desarrollo Rural, Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Comercio Industria y Turismo, Transporte y de la Protección Social, de acuerdo con sus competencias, serán las Entidades encargadas de promover, organizar, reglamentar, implementar y asegurar el desarrollo y seguimiento de los programas en la utilización de los combustibles de origen biológico, de acuerdo con lo dispuesto en la presente ley.

Parágrafo. El Ministerio de Minas y Energía ejercerá la coordinación general del Programa Nacional de biocombustibles en Colombia, con el objeto de orientar eficientemente todas las actividades que se realicen para su desarrollo e implementación.

Artículo 4° Todos los proyectos agroindustriales que gocen de los beneficios que se prevén en la presente ley deberán cumplir con los siguientes parámetros:
  1. Que su instalación y operación sean en el territorio colombiano y sus materias primas sean, preferiblemente, de origen nacional;

  2. Que se integren preferentemente los diversos procesos agrícolas o pecuarios e industriales para la producción de biocombustibles;

  3. Que promueva la generación de nuevos empleos y el respeto a las normas laborales y a los convenios internacionales sobre la materia;

  4. Que la producción de materias primas y sus procesos de transformación a biocombustibles sean sostenibles ambiental y socialmente.

Artículo 5° Con el objeto de apoyar el desarrollo económico, social y ambiental en todo el territorio nacional, el país preferiblemente utilizará biocombustibles.

Así mismo se autoriza la distribución y venta de biocombustibles puros, sin mezcla con combustible fósil.

Artículo 6° A partir de la vigencia de la presente ley, el combustible diésel que se utilice en el territorio nacional deberá contener biocombustibles en la cantidad y calidad que establezca el Ministerio de Minas y Energía, y de conformidad con las políticas de saneamiento y preservación ambiental que determine el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
Artículo 7° El Gobierno Nacional establecerá y mantendrá un sistema de información de productores de biocombustibles que asegure la trazabilidad del producto y la procedencia lícita de los capitales vinculados a dicha actividad.
Artículo 8° Sin perjuicio de los programas de producción y distribución de alcohol carburante existentes en desarrollo de la Ley 693 de 2001, se establece a partir de la vigencia de la presente ley, los siguientes plazos para la implementación del uso de biocombustibles en todo el territorio nacional:
  1. Doce (12) meses, a partir de la vigencia de la presente ley, para que el Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial establezca la regulación ambiental respectiva;

  2. Doce (12) meses, a partir de la vigencia de la presente ley, para que el Ministerio de Minas y Energía establezca la regulación técnica correspondiente, especialmente en lo relacionado con las normas técnicas para la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR