Ponencia para primer debate del Proyecto de ley número 329 de 2020 Senado, por la cual se faculta la redención de pena privativa de la libertad mediante el fortalecimiento de los derechos humanos para la formación en valores cívicos, sociales, éticos y bioéticos en los establecimientos de reclusión - 5 de Noviembre de 2020 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 900358668

Ponencia para primer debate del Proyecto de ley número 329 de 2020 Senado, por la cual se faculta la redención de pena privativa de la libertad mediante el fortalecimiento de los derechos humanos para la formación en valores cívicos, sociales, éticos y bioéticos en los establecimientos de reclusión

Fecha de publicación05 Noviembre 2020
Número de Gaceta1252
Tipo de documentoColombian History Events
Página 18 Jueves, 5 de noviembre de 2020 Gaceta del conGreso 1252
manipulación, manejo, cuidado y las demás que se consideren para el bienestar de
la fauna silvestre.
Artículo 10º. Vigencia. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga las
disposiciones que le sean contrarias.
Cordialmente,
JORGE EDUARDO LONDOÑO
ULLOA
Coordinador Ponente
Senador de la República
NORA MARÍA GARCÍA BURGOS
Ponente
Senadora de la República
GUILLERMO GARCÍA REALPE
Ponente
Senador de la República
DIDIER LOBO CHINCHILLA
Ponente
Senador de la República
JORGE ENRIQUE ROBLEDO
CASTILLO
Ponente
Senador de la República
[1] El SPOA es el sistema de información del Sistema Penal Oral Acusatorio o Ley 906 y 1098 de
2006.
[2] Fuente: Oficio N° DPE-10200-20/05/2019 firmado por Juanita Durán Vélez, Subdirectora de
Políticas Públicas y Estrategia Institucional de la Fiscalía General de la Nación.
[3] Fuente: Oficio N° DECVDH-20150-10/05/2019 firmado por Stella Leonor Sánchez Gil, Directora
de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos de la Fiscalía General
de la Nación.
[4] Ibíd.
[5] Ibíd.
[6] Ibíd.
[7] Fuente: Respuesta a solicitud de información mediante Oficio N° S-2019 011992/ DIPON-OFPLA
1.10 firmado por el Mayor General Óscar Atehortúa Duque, Director General Policía Nacional de
Colombia.
[8] Fuente: Dirección de Protección y Servicios Especiales- Área Protección Ambiental y Ecológica,
mediante correo electrónico dipro.arpae@policia.gov.co de fecha 20/05/2019.
[9] Fuente: Dirección de Seguridad Ciudadana- Registro Nacional de Medidas Correctivas, mediante
correo disec.cnpc@policia.gov.co de fecha 24/05/2019.
[10] Tomado de la Ponencia para primer debate, Gaceta 1114 de 2019, pág. 8.
COMISION QUINTA CONSTITUCIONAL PERMANENTE
SECRETARIA GENERAL
Bogotá D.C., cinco (05) de noviembre de dos mil veinte (2020)
En la fecha, siendo la nueve y ocho (09:08 a.m.) se recibió el informe de ponencia
para Primer Debate al P
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Por la cual se crea un mecanismo de información, registro y monitoreo
que permita controlar, prevenir y evitar el tráfico ilegal de fauna y flora silvestre
en el territorio nacional y se dictan otras disposiciones, firmado por los senadores
Jorge Eduardo Londoño Ulloa, Nora María García Burgos, Guillermo García Realpe,
Didier Lobo Chinchilla y Jorge Enrique Robledo Castillo.
Se solicita su respectiva publicación en la Gaceta del Congreso a la Oficina de Leyes
de Senado.
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Secretaria General
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE DEL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 329 DE 2020
SENADO
por la cual se faculta la redención de pena
privativa de la libertad mediante el fortalecimiento
de los derechos humanos para la formación en
valores cívicos, sociales, éticos y bioéticos en los
establecimientos de reclusión.
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Contacto: (1)3823000 Ext 392 - 393 - 3387
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PONENCIA PARA PRIMER DEBATE
AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 329 DE 2020 SENADO
POR LA CUAL SE FACULTA LA REDENCIÓN DE PENA PRIVATIVA D E LA
LIBERTAD MEDIANTE EL FORTALECIMIENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS
PARA LA FORMACIÓN EN VALORES CÍVICOS, SOCIALES, ÉTICOS Y BIOÉTICOS
EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE RECLUSIÓN”.
Honorables Senadores: Por designación de la Mesa Direct iva de la Comisión Primera
Constitucional Permanente del Senado de la República, me ha correspondido el estudio del
Proyecto de Ley número 329 de 2020 Senado, en trámite para primer debate: POR LA CUAL
SE FACULTA LA REDENCIÓN DE PENA PRIVATIVA DE LA L IBERTAD MEDIANTE
EL FORTALECIMIENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS P ARA LA FORMACIÓN
EN VALORES CÍVICOS, SOCIALES, ÉTICOS Y BIOÉTICOS EN LOS
ESTABLECIMIENTOS DE RECLUSIÓN”, iniciativa de carácter legislativo, que ha sido
puesta a consideración del Congreso de Colombia por los HH.SS: Eduardo Emilio Pacheco Cuello
y Edgar Enrique Palacio Mizrahi. Proyecto de Ley que ha sido debidamente publicado en la Gaceta
número del 2020.
ALCANCE Y CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY
El proyecto de ley materia de estudio pretende que mediante cursos o talleres se fortalezcan los
valores cívicos, sociales, éticos y bioéticos para contribuir a la resocialización de las personas
privadas de la libertad. Estos espacios deben permitir adquirir conocimientos e interiorizar los
valores que contribuyan al respeto, cultura ciudadana y a prevenir la reincidencia delictiva.
Adicionalmente, permite que por medio de la asistencia a estos cursos o talleres sea posible redimir
un porcentaje de la pena privativa de la libertad.
El proyecto de ley se encuentra enmarcado en el fortalecimiento de los derechos humanos y la
formación en valores cívicos, sociales, éticos y bioéticos, para las personas que se encuentran
privadas de la libertad, en el sentido de contribuir a la toma de decisiones frente a situaciones que
involucran los derechos humanos dentro de las diferentes subjetividades, creencias, sentimientos,
valores y creencias que cada persona construye en su ser. En este sentido, desde los derechos
humanos los valores cívicos, sociales, éticos y bioéticos contribuyen a la determinación que cada
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individuo hace de su voluntad como sujetos para la toma de decisiones morales frente a los
derechos de los demás.
Estos postulados se ubican dentro de lo señalado por Kant en lo referente a que el ser humano debe
partir para la fundamentación de sus actos y la percepción del mundo y del entorno desde una
lógica del conocimiento en el sentido de dilucidar que es bueno o malo, correcto o incorrecto, justo
o injusto, entre otros dilemas que permiten determinar racionalmente el actuar ético que trasciende
al ser humano por medio de la educación. Es así como, la Carta Política colombiana en el acápite
de los derechos fundamentales señala:
ARTICULO 41. En todas las instituciones de educación, oficiales o privadas, serán
obligatorios el estudio de la Constitución y la Instrucción Cívica. Así mismo se fomentarán
prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación
ciudadana. El Estado divulgará la Constitución.
Este derecho fundamental constituye en las bases para que los seres humanos asuman sus
comportamientos de acuerdo con los límites que establecen la Constitución y la Ley para la
determinación de la conducta moral conforme a los comportamientos éticos frente a las razones
que se fundan en el conocimiento de nosotros mismos como sujetos psicosociales. Precisamente,
esta formación coadyuva a fortalecer la condición humana frente a las relaciones con los demás
miembros de la especie humana. En este sentido, la formación en valores cívicos, sociales, éticos
y bioéticos, fortalecen patrones sociales y culturales, en el sentido de interiorizar lo que es debido
y convenga al respeto de la sociedad, mejore la dignidad de los seres humanos que propenda por
el bien común para la proyección social de cada individuo dentro del Estado Social de Derechos.
El fomento de la formación en valores parte de la ética, se cimenta hacia la ética de la vida que
configura la bioética, para la protección de la vida desde el comienzo, desarrollo y final, partiendo
de la valoración y respeto que se debe tener por el ser humano, bajo la premisa del respeto por la
libertad, la igualdad, la intimidad y la honra, valores que se predica de los humanos como
fundamento de las relaciones sociales que permiten la resocialización de quienes se encuentran
privados de la libertad.
Es pertinente señalar que se entiende por ética y bioética. Para el primer concepto, la ética puede
definirse como la ciencia de la conducta moral, puesto que, al realizar un minucioso análisis de la
sociedad, se establece como deberían actuar o comportarse todos los individuos que hacen vida en
ella. Esta disciplina filosófica está unida a las normas que sirven de base para marcar una diferencia
entre el bien y el mal. El objetivo de los valores éticos es mantener las reglas de juego claras en
una sociedad, en lo referente a la ejecución de funciones específicas dentro de la misma. Los más
importantes son: la libertad, justicia, responsabilidad, honestidad y el respeto (Adrián, Yirda, 2020
Definición de Ética).

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