Ponencia para primer debate al proyecto de ley 92 de 2007 senado - 4 de Octubre de 2007 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451458074

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 92 de 2007 senado

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 92 DE 2007 SENADO. por medio de la cual se modifican los Decretos números 1791 de 2000 y 1428 de 2007 y se dictan otras disposiciones

Doctor

CARLOS EMIRO BARRIGA

Presidente

Comisión Segunda del Senado

Ciudad

Apreciado señor Presidente:

En los términos de los artículos 153, 156 y 171 de la Ley 5ª de 1992 y en cumplimiento del encargo de la Mesa Directiva de la Comisión Segunda del Senado, me permito rendir ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 92 de 2007 Senado,por medio de la cual se modifican los Decretos números 1791 de 2000 y 1428 de 2007 y se dictan otras disposiciones, en los siguientes términos:

Contenido

  1. ANTECEDENTES

    1.1Limitación de ascenso para los oficiales del Cuerpo Administrativo

    1.2Desempeño de la mujer militar en Colombia

    1.3Discriminación contra la mujer militar

    1.4Vinculación de profesionales a la carrera de las armas

  2. CONSTITUCIONALIDAD

  3. CONTENIDO DEL PROYECTO

  4. EXPERIENCIA DE INCORPORACION DE LA MUJER A LAS FUERZAS ARMADAS EN OTROS PAISES.

  5. JUSTIFICACION

  6. ANTECEDENTES

    1.1Limitación de ascenso para los oficiales del Cuerpo Administrativo

    Hasta la fecha en Colombia, de acuerdo con la normativa vigente, los oficiales de las Fuerzas Armadas que pertenecen al Cuerpo Administrativo pueden ascender solamente hasta el grado de Coronel o al equivalente en la Armada Nacional, otras fuerzas diferentes al Ejército o la Policía.

    Ello pese a que los oficiales que pertenecen a dicho cuerpo, varones o mujeres, cumplen con altos estándares profesionales en diversos campos como ingeniería, economía, administración, derecho, medicina, etc., que unidos a la formación militar que han recibido en su carrera dentro de las Fuerzas Armadas, les califican para llegar a desempeñar los cargos de mayor nivel en el escalafón militar y policial, bajo el supuesto de que han tenido el desempeño y la vocación militar y policial que les ha permitido alcanzar el rango de Coroneles.

    No hay argumentos contundentes que justifiquen la normativa actual.

    Si bien los cursos de Estado Mayor que cursan los oficiales de las armas y los de información militar que cursan los oficiales administrativos para sus respectivos ascensos tienen características diversas, esto no es,per se, un impedimento para que unos puedan alcanzar el grado de Brigadieres Generales o Contralmirantes y los otros no. El asunto sería revisar el contenido y exigencias de los cursos, particularmente de información militar, y ampliar los requerimientos para poder competentemente llegar al rango de Brigadier General o Contralmirante.

    La normativa actual trunca a muchos hombres y mujeres militares y policiales la posibilidad de ascender en el escalafón respectivo, a pesar de los méritos, desempeño y compromiso que puedan tener para ello.

    Hay cargos que solo pueden ser desempeñados por generales, como es el caso de gerentes o directores de entes descentralizados del sector Defensa.

    De esta forma oficiales de las armas en el Ejército y de los cuerpos ejecutivo y de vuelo, en la Armada y la Fuerza Aérea respectivamente (en otras palabras, de combate) y logísticos ocupan, muchas veces sin tener en cuenta su perfil profesional, cargos directivos que deberían ser desempeñados por oficiales hombres y mujeres del cuerpo administrativo en razón de su profesión. Estos cargos se pueden ver en la estructura organizativa del Ministerio de Defensa, de las entidades del sector Defensa, Comando General y Fuerzas Militares, como por ejemplo las siguientes áreas en su concepto general: planeación, secciones administrativas, sistemas, control interno, finanzas, sanidad, manejo de personal, comunicaciones, ingenieros, etc.

    Corregir esta situación ayudaría sin duda a mejorar la eficiencia y profesionalismo de los establecimientos descentralizados del sector Defensa.

    1.2Desempeño de la mujer militar en Colombia

    El rol de la mujer colombiana ha trascendido al del trabajo familiar, la crianza de los hijos y las labores domésticas. Desde hace varios años, y sin que ello implique abandono a sus deberes de amas de casa, podemos encontrarlas en la industria, la banca, el comercio, la ciencia, la política y las Fuerzas Armadas, trabajando hombro a hombro con los varones, y creando con su presencia nuevas e innovadoras formas de acción.

    En las Fuerzas Armadas, así como en todos los demás campos, la mujer colombiana ha venido incursionando y ganando espacios con tenacidad y esfuerzo, pese a los obstáculos culturales que atentan contra su derecho a la igualdad y a la no discriminación.

    Hagamos un breve recuento del paso de la mujer por las Fuerzas Militares de Colombia. La mujer ingresó a las Fuerzas Militares para ascender como oficial del cuerpo administrativo así: al Ejército en 1976, a la Fuerza Aérea en 1979 y a la Armada en 1984.

    Las oficiales del cuerpo administrativo han ascendido hasta el grado de Coronel o su equivalente en la Armada, esto es, capitán de navío. Derecho, Medicina, Odontología, Bacteriología, Enfermería, Arquitectura, Ingeniería, Comunicación Social y Economía son las principales especialidades en las cuales se han desempeñado estas mujeres oficiales y han...

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