Ponencia para segundo debate 024 de 2000 cámara - 7 de Junio de 2001 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451247886

Ponencia para segundo debate 024 de 2000 cámara

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE 024 DE 2000 CÁMARA. por la cual la Nación cede al Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, provincia de Vélez, un área de terreno de propiedad del Instituto de Mercadeo Agropecuario, Idema.

En cumplimiento de la honrosa designación, hecha por la Presidencia de la Comisión Cuarta de la Cámara de Representantes, me permito presentar informe de ponencia para segundo debate del Proyecto de ley 024 de 2000 Cámara, por la cual la Nación cede al Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, provincia de Vélez, un área de terreno de propiedad del Instituto de Mercadeo Agropecuario, Idema.

Presentado por el honorable Representante Iván Díaz Mateus, después de un detallado análisis presentó algunas consideraciones técnicas sobre el mismo.

Fundamento constitucional

El presente proyecto es constitucionalmente viable por cuanto conforme a lo estipulado en los artículos 64, 65, 67 y 70 de la Carta Política es deber de el Estado otorgar prioridad al acceso de la educación y al desarrollo de Las actividades agrícolas, cumpliéndose así este mandato en el proyecto al consolidar el Centro Multisectorial del Sena, programa de gran envergadura clave para el desarrollo del Municipio de Vélez, Santander, y zona de influencia, el cual pretende lograr la formación del trabajador vinculado a los tres sectores económicos, igualmente capacitando a los empresarios para que mejoren los sistemas productivos y desarrollos tecnológicos y así obtener una producción eficiente y competitiva,

Análisis del articulado del proyecto

Los artículos 333, 334 de la Constitución Política cumplen la función de aclarar que las facultades legislativas se utilizan en cualquier forma útil para dirigir la economía mientras no haya una oposición clara de un derecho o garantía constitucional, el proyecto en cuestión no va en contra de la constitución Nacional ya que conforme a los artículos 150, 154 de la misma, las Cámaras no incurren en inhabilidad para este tipo de leyes, igualmente de acuerdo con el numeral 9 del artículo 150, corresponde al congreso hacer las leyes y por medio de ellas ejerce la función de conceder autorización al Gobierno...

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