Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 308 de 2000 cámara 209 de 1999 senado - 12 de Diciembre de 2000 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451244358

Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 308 de 2000 cámara 209 de 1999 senado

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY 308 DE 2000 CÁMARA, 209 DE 1999 SENADOpor medio de la cual se adopta una política nacional de exportaciones de gas natural y se dictan otras disposiciones

EXPOSICION DE MOTIVOS

Con respecto al articulado aprobado en primer debate en la Comisión Quinta de la Cámara de Representantes, se propone efectuar algunos cambios para tener en cuenta principalmente

la argumentación presentada por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) y por numerosos agentes del sector del gas natural, que han expresado sus inquietudes con relación

al posible impacto negativo para los consumidores, que resultaría de una liberación temprana del precio del gas en los puntos de entrada al sistema nacional de transporte sin que

simultáneamente se adopten acciones concretas para crear una mayor competencia en la comercialización de gas natural.

En términos generales, los cambios más destacados que se ponen a consideración, se sintetizan a continuación:

¿ Por equidad económica se establece que, en situaciones de restricción, se dará prioridad de suministro a los consumos amparados por contratos. No resultaría justo que usuarios con

contratos suscritos que hayan venido pagando continuamente un derecho al suministro, se vean afectados en épocas de déficit, porque el gas disponible tenga que destinarse por ley a

otros usuarios aún sin contratos. Para preservar la seguridad de suministro al sector residencial, se exige que los distribuidores que atienden este tipo de consumo, mantengan vigentes

en todo momento sus respectivos contratos de suministro. En casos de déficit en el balance de oferta y demanda, la definición de prioridades de suministro entre clientes con contrato,

incluyendo los de exportación, será reglamentada por el Ministerio de Minas y Energía.

¿ Se insiste en preservar el respeto a los compromisos contractuales de exportación previamente adquiridos, lo cual asegura que las inversiones asociadas con los proyectos de

exportación estén respaldadas por contratos firmes a largo plazo. Por ello, se mantiene el texto referente a suspender la celebración de nuevos contratos y no, contratos en ejecución,

cuando se alcance una relación reservas / producción R / P, de 6.

¿ En cuanto a los artículos referentes a la liberación de precios, que son los que tal vez han originado mayor controversia, se le ha dado al asunto un nuevo enfoque que da mayor

tranquilidad a los usuarios finales y que consiste en lo siguiente:

-Se mantiene el año 2005 previsto en la regulación vigente de la CREG, para alcanzar la completa liberación de los precios de gas de todos los campos del país, pero acompañado de

señales claras para la regulación de los precios del gas en el periodo de transición, de manera que la liberación de precios se realice sin mayores traumatismos. Para ello, se propone liberar

el precio del gas de los campos del interior del país y dejar regulado por la CREG el del gas de los campos de Guajira, durante un período de transición hacia la liberación en 2005.

- Este esquema permite que el precio controlado de Guajira actúe como regulador natural de Cusiana, por competencia, al menos para volúmenes hasta la capacidad de transporte del

gasoducto Ballena ¿ Barranca. A la vez, concede un tiempo prudencial para generar las condiciones de competencia que todos los sectores reclaman como necesarios...

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