Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 229 de 2005 senado - 2 de Junio de 2005 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451444526

Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 229 de 2005 senado

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY 229 DE 2005 SENADO. por medio de la cual se modifica y adiciona el artículo 131 de la Ley 769 de 2002.

Comedidamente me permito presentar la ponencia correspondiente para segundo debate al proyecto de ley de la referencia.

Es necesario dividir el presente informe en varios capítulos, para facilitar los alcances del Código Nacional de Tránsito y las obligaciones de quienes están sometidos a cumplir las normas en él establecidas, sin menoscabo de las responsabilidades penales y civiles que contraen los conductores de vehículos automotores.

El autor, el Senador Ricardo Español Suárez, justifica el contenido del proyecto en la escasa cultura ciudadana y la marcada irresponsabilidad de muchos conductores colombianos, que especialmente en los fines de semana, puentes y demás vísperas de festivos, aprovechan para la ingestión de bebidas alcohólicas y en el estado en que salen de los establecimientos públicos, optan por manejar especialmente por las calles de las ciudades capitales.

Asimismo, expresa que la denominada \"Ley Zanahoria\", fue implementada sin resultados positivos en la disminución de los casos de este tipo de infractores, aunque ha sido adoptada en algunas ciudades con altos costos para el sector comercial.

Expresa el autor del proyecto que no se debe seguir atacando a un sector de la población, que genera empleo y desarrollo económico, por lo cual se justifican medidas con mayor poder coercitivo que desestimule directamente en los conductores el consumo de alcohol o de sustancias alucinógenas.

Como Ponente del proyecto, estoy de acuerdo con que se fortalezcan las sanciones y se endurezca la multa para la conducta descrita en el proyecto, aunque mantengo dudas en cuanto a que simples sanciones de tipo policivo o de carácter administrativo, cambie de la noche a la mañana una conducta social que ha estado tan arraigada en la idiosincrasia de los colombianos.

Motiva mi apoyo a la iniciativa la circunstancia de que en un alto porcentaje, el alcohol esté asociado a las cifras de lesiones y muertes en accidentes de tránsito.

En sólo el año 2003, se registraron en el país más de cinco mil accidentes de tránsito todos ellos con plena comprobación de que los conductores de los vehículos habían consumido alcohol o se hallaban bajo el influjo de sustancias sicotrópicas. De este total, 1.405 accidentes ocurrieron en la capital del país; 458 en Medellín, 357 en Cali; 250 en Barranquilla y 172 en Bucaramanga.

El año pasado, sólo en Bogotá hubo 15.030 accidentes en donde los conductores comprometidos fueron evaluados con la prueba de alcoholemia, encontrándose 1.584 casos positivos, que dejaron 37 muertos y 879 personas heridas.

Concentración de alcohol en la sangre

Las bebidas alcohólicas son disfrutadas ampliamente en todo el mundo, en diferentes lugares y por muchas y variadas personas. Son bien conocidos los patrones irresponsables de consumo, que unidos a ciertas acciones como manejar, pueden tener como resultado un gran número de daños. Por esto, muchos países han estado de acuerdo en la necesidad de establecer reglamentos que prohíban manejar a conductores ebrios, especialmente si se aplica a manejar automóviles en vías públicas. La regulación del máximo permitido de niveles de concentración de alcohol en la sangre, denominado internacionalmente como CAS, es un instrumento para reforzar y para prevenir.

CAS representa la cantidad de etanol en una cierta cantidad de sangre, y se conoce como \"peso por volumen\". Las medidas más utilizadas generalmente son gramos de etanol por mililitro de sangre (g/ml), utilizado en Estados Unidos y algunos países latinoamericanos, y miligramos de etanol por mililitro de sangre (mg/ml), utilizado en la mayor parte de Europa.

El delito de manejar con un CAS por arriba del límite legal, se conoce de varias formas, como: \"Manejar ebrio\" (MI); \"manejar bajo influencia alcohólica\" (MBIA); \"beber y conducir\", o \"manejar ebrio\", entre otras expresiones similares. Sin embargo, es importante hacer notar que pueden ser utilizados indistintamente. De hecho, ciertas jurisdicciones aplican estos términos u otros, selectivamente basados en una conducta específica por manejar ebrio o un delito cometido por ebriedad.

Por ejemplo, en Japón un cargo por sakeyoi unten (literalmente \"manejar ebrio\"), puede ser solamente una llamada de atención de un oficial de la policía, mientras syukiobi unten (\"manejando bajo influencia alcohólica\") se aplica a una persona cuyo CAS ha cruzado el umbral del límite de 0.5 mg.

En Suecia, un cargo por manejar ebrio se aplica a un conductor al que se ha encontrado un nivel de alcohol en sangre que ha cruzado el umbral de 0.2 mg, mientras que un conductor borracho \"grave\" se reserva para aquellos cuyo CAS ha superado el límite máximo de 1.0 mg. Además, algunas jurisdicciones han establecido diferentes cargos para describir esas situaciones como un CAS excesivamente elevado o un accidente por manejar ebrio, que causa heridas a las personas o la muerte, y reservan cargos separados y más serios para castigar estos delitos.

Antecedentes

En principio el tema de beber y conducir empezó a llamar la atención conforme las poblaciones y los dueños de vehículos se incrementaban en la última parte del siglo XIX y en los primeros años del siglo XX.

Las primeras leyes dirigidas contra conducir ebrio reflejan el estado primario de los vehículos de transporte utilizados, caballos y ganado y máquinas a vapor. Después...

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