Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 172 de 2007 senado - 24 de Julio de 2007 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451456858

Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 172 de 2007 senado

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY 172 DE 2007 SENADO. por medio de la cual se promueven, fomentan y difunden las habilidades, talentos y las manifestaciones artísticas y culturales de la población con algún tipo de limitación física, síquica o sensorial

Bogotá, D. C., junio 19 de 2007

Doctor

JESUS MARIA ESPAÑA VERGARA

Secretario General

Comisión Séptima Constitucional Permanente

Senado de la República

E. S. D.

Referencia: Ponencia para Segundo Debate al Proyecto de ley número 172 de 2007 Senado, p or medio de la cual se promueven, fomentan y difunden las habilidades, talentos y las manifestaciones artísticas y culturales de la población con algún tipo de limitación física, síquica o sensorial.

Respetado señor Secretario:

En los términos de los artículos 174 y 175 de la Ley 5ª de 1992 y en cumplimiento del encargo impartido por el señor Presidente de la Comisión Séptima Constitucional, honorable Senador Miguel Pinedo Vidal, me permito rendir ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 172 de 2007 Senado,por medio de la cual se promueven, fomentan y difunden las habilidades, talentos y las manifestaciones artísticas y culturales de la población con algún tipo de limitación física, síquica o sensorial.

Con toda atención,

Gloria Inés Ramírez Ríos,

Senadora de la República.

INFORME DE PONENCIA

Con la debida atención, rindo ponencia favorable al Proyecto de ley número 172 de 2007 Senado, por medio de la cual se promueven, fomentan y difunden las habilidades, talentos y las manifestaciones artísticas y culturales de la población con algún tipo de limitación física, síquica o sensorial, en los siguientes términos:

I. Contenido del proyecto

El proyecto de ley tal como fue radicado por sus autores, consta de cinco (5) artículos, en los cuales se aborda el objeto de la ley; se ordena el establecimiento de ferias locales, municipales, distritales y departamentales, en las que se den a conocer las expresiones artísticas de la población con algún tipo de discapacidad, de conformidad con los artículos 17 y 18 de la Ley 397 de 1997, así como su inclusión en la parte de inversión social de los Planes de Desarrollo de los Entes Territoriales, que expedirán la respectiva reglamentación para efectos de la participación en estos eventos de las personas en situación de discapacidad.

II. Justificación del proyecto

Según la Organización Mundial de la Salud se estima que 500 millones de personas en el mundo, es decir, el 10% de la población tiene algún tipo de discapacidad. Además en la mayoría de países en conflicto como el nuestro, se calcula que esta cifra podría alcanzar el 18% de la población total.

De acuerdo con los datos arrojados por el Censo General de Población del 2005, realizado por el DANE, aproximadamente 2.640.000 personas presentan alguna limitación permanente, lo cual equivale al 6.4% del total de la población colombiana. %, la cual es mayor en hombres (6,6%) que en mujeres (6,2). Por número de limitaciones, se señala que de las personas con discapacidad, el 71,2% presenta una limitación, el 14,5% dos limitaciones, el 5,7% tres limitaciones y el 8,7% tres o más limitaciones permanentes.

Para mejorar la situación de este grupo de personas, es necesario visibilizarlas, reivindicar sus derechos y darle a la discapacidad un enfoque de acción social, que implica la responsabilidad, tanto del Estado como de todos los miembros de la sociedad, para la prevención y eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas en situación de discapacidad, propiciar su plena integración a la sociedad y llevar a óptimos niveles su calidad de vida (Ley 762 de 2002).

Todos tenemos derecho a gozar de un buen estado físico y mental, es decir, de un entorno que nos procure bienestar e independencia para desarrollar todas nuestras capacidades de manera digna e integral.

En las personas con discapacidad este derecho significa la posibilidad de acceder de manera eficiente y oportuna a los servicios de salud y rehabilitación, sin ningún tipo de discriminación por motivo de la discapacidad.

También deben proveerse servicios óptimos de rehabilitación integral, es decir, aquellos que buscan la recuperación tanto física del individuo, como la rehabilitación laboral, emocional de la persona con discapacidad para su efectiva participación e inserción social.

Es fundamental que la comunidad con discapacidad, a través de sus asociaciones, del Comité Consultivo Nacional de Discapacidad, de los Comités Departamentales de Discapacidad y los Comités Municipales de Discapacidad, y sus representantes en los consejos de política social promuevan permanentemente ante sus autoridades locales - Gobernadores y Alcaldes, Concejos, Asambleas y ante el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, la inclusión de planes y programas de salud y rehabilitación integral que los beneficien, en armonía con las demás necesidades de la población colombiana.

La Asamblea Mundial de la Salud, máxima instancia de la Organización Mundial de la Salud (OMS), adoptó una resolución en la que insta a los estados miembros a que promuevan los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad, que apoyen los programas comunitarios de rehabilitación e incluyan este tema en sus políticas y Programas Nacionales de Salud.

A través de esta iniciativa, acordada durante su última reunión en Ginebra, la Organización Mundial de la Salud (OMS) se compromete por su parte, a apoyar a los estados miembros en esta tarea y en la recopilación de datos más fiables sobre todos los aspectos de la discapacidad, además de respaldar la investigación sobre cuáles son las respuestas más eficaces.

En este sentido, la OMS y sus asociados, entre ellos los representantes de las organizaciones de personas discapacitadas, han iniciado el proceso de elaboración de un informe mundial sobre discapacidad y rehabilitación, basado en las mejores pruebas científicas disponibles, cuyos resultados y recomendaciones orientarán en los años venideros la labor en esta esfera.

¿Con la adopción de esta resolución sobre las discapacidades, el mundo rechaza la opinión de que las personas discapacitadas tienen poco que ofrecer a sus sociedades. Es indispensable integrar a estos ciudadanos y proporcionarles acceso a los servicios de salud y rehabilitación. Debemos trabajar para que este mundo sea un mundo para todos¿, explicó Lee Jong-Wook, director general de la OMS.

Otra prioridad consiste en hacer frente a la estigmatización y a la discriminación, pues son dos de los mayores obstáculos a la integración y a la participación plena de las personas discapacitadas en sus sociedades.

De la discapacidad

La discapacidad como concepto se ha estudiado en detalle durante el siglo XX, y el XXI ofrece la oportunidad de la reflexión crítica para contribuir a la base de conocimientos ya existentes. Una reflexión que dio la palabra a los involucrados, para de esta forma aproximar la dimensión humana de su deficiencia explorada desde el interior y así debe reconocerse que, la discapacidad es una categoría social y política en cuanto implica prácticas y luchas por la posibilidad de elección, la participación y la afirmación de los derechos.

John Rawls desde su teoría de la justicia, sostiene que la plena realización del ser humano deriva de la más completa integración de los individuos en su comunidad y es un sustento base para poder asegurar que es esa misma comunidad, quien se convierte en factor positivo o negativo en la restricción (léase, exclusión) o participación de las actividades de las personas.

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