Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 81 de 2009 senado - 1 de Diciembre de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451469854

Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 81 de 2009 senado

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY 81 DE 2009 SENADO. por medio de la cual se regula la inclusión de la economía del cuidado en el Sistema de Cuentas Nacionales con el objeto de medir la contribución de la mujer al desarrollo económico y social del país y como herramienta fundamental para la definición e implementación de políticas públicas

Bogotá, D. C., noviembre de 2009

Doctor

JAVIER CACERES LEAL

Presidente

Senado de la República

Ciudad

Referencia: Texto definitivo de la ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 81 de 2009 Senado, por medio de la cual se regula la inclusión de la economía del cuidado en el Sistema de Cuentas Nacionales con el objeto de medir la contribución de la mujer al desarrollo económico y social del país y como herramienta fundamental para la definición e implementación de políticas públicas.

Respetado Presidente,

Atendiendo el nombramiento que nos hiciera por el Senado de la República, con toda atención nos permitimos presentar ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 81 de 2009 Senado, por medio del cual se regula la inclusión de la economía del cuidado en el Sistema de Cuentas Nacionales con el objeto de medir la contribución de la mujer al desarrollo económico y social del país y como herramienta fundamental para la definición e implementación de políticas públicas.

Con nuestro acostumbrado respeto y consideración.

Cordialmente,

Daira de Jesús Galvis Méndez, Yolanda Pinto Afanador,

Senadoras de la República, Ponentes Segundo Debate.

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE

AL PROYECTO DE LEY NUMERO 81 DE 2009 SENADO

por medio del cual se regula la inclusión de la economía del cuidado en el Sistema de Cuentas Nacionales con el objeto de medir la contribución de la mujer al desarrollo económico y social del país y como herramienta fundamental para la definición e implementación de políticas públicas.

INTRODUCCION

Tal y como lo muestran las estadísticas del Departamento Nacional de Estadísticas DANE, la población colombiana está conformada por 51.2 % de mujeres, lo que equivale a decir que de 41.468.384 colombianos (censo de 2005), 21.231.813 somos mujeres.

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FUENTE: DANE BOLETÍN CENSO 2005 DATOS DESAGREGADOS POR SEXOS

Así mismo, nuestra contribución a la economía es notoria, dado que prácticamente en las tres últimas décadas, la participación de la mujer en la fuerza laboral se ha duplicado[1][1] y participamos activamente de las cadenas productivas.

De igual forma, el país ha avanzado hacía una feminización de la educación superior; sin embargo, a pesar de la misma, ¿la mujer no ha podido acceder en igualdad de condiciones al mercado laboral y a los centros de decisión política. En relación con esta última idea hay dos tesis que se pueden desglosar para demostrar los postulados anteriores. La primera se refiere al hecho de que Aunque la mujer ha accedido a la educación superior, esto no implica que haya entrado al mercado laboral en igualdad de condiciones¿... La segunda tesis se formula en los siguientes términos: Aunque la mujer accedió a la política no lo ha hecho en igualdad de condiciones que el hombre¿[2][2].

Así pues, las mujeres padecemos un mayor nivel de desempleo y una brecha salarial injustificada. ¿La participación de la mujer en los cargos directivos ha sido baja. Para mitigar estas diferencias se puso en marcha el Decreto 581 o Ley de Cuotas, en donde se estableció que la mujer debería ocupar como mínimo el 30% de los cargos de dirección decisoria en el Sector Oficial del Estado colombiano. Lamentablemente y según los datos de Función Pública, este decreto ha servido para que la mujer se inserte especialmente en los niveles de asesora o profesional, mas no en los niveles importantes de la dirección del Estado. Las estadísticas encontradas a nivel cuantitativo y cualitativo, corroboran estos datos, demostrando que la mujer educada se ha insertado de manera decisiva en el mercado laboral, pero aún continua sufriendo las dificultades para encontrar empleo, 48.6 semanas frente a las 46 de los hombres; han comenzado a reemplazar a los hombres en los cargos directivos en un 51%, pero tienen que demostrar en un 16% mayor preparación académica; el 12% considera su salario desfavorable con relación al de los hombres; han comenzado a participar en los concursos de méritos en un 47%¿[3][3].

Sumado a esta situación de desigualdad e inequidad y a pesar de la necesidad que hemos enfrentado de acceder a los mercados laborales, las mujeres seguimos encargadas de las tareas del hogar, viéndonos retadas a mantener carreras profesionales a la par que nos desenvolvemos como madres, esposas y amas de casas, esquema que refuerza la discriminación laboral y social que en pleno siglo XXI seguimos padeciendo.

Para reforzar nuestra tesis nos permitimos presentar algunos datos extraídos del censo de 2005, que permiten observar como la responsabilidad del hogar recae sobre los hombros femeninos.

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FUENTE: DANE BOLETÍN CENSO 2005 DATOS DESAGREGADOS POR SEXOS.

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FUENTE: DANE BOLETÍN CENSO 2005 DATOS DESAGREGADOS POR SEXOS.

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FUENTE: DANE BOLETÍN CENSO 2005 DATOS DESAGREGADOS POR SEXOS.

Sin embargo y a pesar del gran esfuerzo realizado para mantener hogares viables y ser productivas laboralmente, la participación de la mujer en la denominada Economía del Cuidado no se cuantifica ni se tiene en cuenta en Colombia, ocultando así gran parte del trabajo que las mujeres dedicamos diariamente a la reproducción y mantenimiento de los hogares colombianos.

La Economía del cuidado se refiere al espacio donde la fuerza de trabajo es reproducida y mantenida, incluyendo todas aquellas actividades que involucran la crianza de los niños, las tareas de cocina y limpieza, el mantenimiento general del hogar y el cuidado de los enfermos o discapacitados.

El trabajo de cuidado o trabajo de hogar se refiere al conjunto de actividades realizadas en y para la esfera doméstica con la finalidad de asegurar la reproducción cotidiana de sus miembros. ¿Engloba tareas tales como: servicios de apoyo (pagos diversos, trámites administrativos, compras del hogar, transporte); producción de bienes y servicios en el hogar (limpiar la casa, lavar los platos, lavar y planchar la ropa, cocinar, tirar la basura, confeccionar prendas para los miembros del hogar; abastecimiento de agua y combustible; construcción y reparación de la vivienda; y servicios específicos de cuidado de niños, ancianos, enfermos)¿[4][4].

La valoración del trabajo no remunerado de la mujer es fundamental para modificar la percepción social del trabajo de la mujer y su aporte al desarrollo económico y social.

I. OBJETO Y PROPOSITOS DEL PROYECTO DE LEY

El objetivo fundamental de este proyecto de Ley, es medir la contribución que las mujeres hacemos al desarrollo económico y social del país, a través de la inclusión de la economía del cuidado en el Sistema de Cuentas Nacionales y generar así, herramientas eficientes y adecuadas para el diseño e implementación de políticas públicas y priorización del gasto social.

Conocer la dimensión y tendencia del Trabajo de hogar no Remunerado, permitirá tener un panorama completo de cómo se resuelven en el hogar y en la sociedad las necesidades a partir de los cambios en las instituciones, particularmente, en la familia (composición de la familia; cambios en el estado civil; nueva jefatura del hogar; impulso a nuevas redes de Trabajo de hogar y cuidado personal) y el impacto de los cambios en las políticas públicas sobre el uso y distribución del tiempo en los miembros del hogar.

Dimensionar el valor del Trabajo del hogar no remunerado bajo las líneas metodológicas del Sistema de Cuentas Nacionales (SCN), es el camino para hacer visible su magnitud y relevancia y con ellos incorporar el tema al análisis macroeconómico y a la toma de decisiones del gobierno y la sociedad[5][5]. ¿Añadir el Trabajo de hogar a los agregados nacionales no significa aumentar la producción. Supone revelar la cantidad de trabajo oculto incorporado en la producción que permanece encubierto¿[6][6].

II. FUNDAMENTOS DE PROTECCION,

CONSTITUCIONAL Y LEGAL PARA EL PROYECTO

Este Proyecto

¿Artículo 334. La dirección general de la economía estará a cargo del estado. Este intervendrá, por mandato de ley, en la explotación de los recursos naturales, en el uso del suelo, en la producción, distribución, utilización y consumo de los bienes, y en los servicios públicos y privados, para racionalizar la economía con el fin de conseguir el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa, de las oportunidades y beneficios del desarrollo y la preservación de un ambiente sano.

El Estado, de manera especial, intervendrá para dar pleno empleo a los recursos humanos y asegurar que todas las personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo a los bienes y servicios básicos.

También para promover la productividad y competitividad y el...

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