Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 141 de 1999 senado 221 de 1999 cámara - 16 de Noviembre de 2000 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451243338

Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 141 de 1999 senado 221 de 1999 cámara

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY 141 DE 1999 SENADO, 221 DE 1999 CÁMARApor medio de la cual se aprueba la \"Cuarta Enmienda del Convenio Constitutivo del Fondo Monetario Internacional\", adoptado por la Junta de Gobernadores del Fondo Monetario Internacional, el 23 de septiembre de 1997.

Honorables Representantes:

Cumplo con el deber de rendir ponencia para segundo debate del proyecto en referencia, por designación de la Mesa Directiva de la Comisión Segunda Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes.

Trámite del proyecto

El proyecto fue presentado al Congreso de conformidad con la Constitución Política de Colombia en:

¿ El numeral 16 del artículo 150, que establece como función del Congreso la de aprobar o improbar los Tratados que el Gobierno celebre con otros Estados.

¿ El numeral 2º del artículo 189, según el cual corresponde al Presidente de la República celebrar con otros Estados Convenios que se someterán a la aprobación del Congreso, y

¿ El artículo 224, que determina como condición para dar validez a los Tratados Internacionales, suscritos por el Gobierno, la aprobación del Congreso.

El 19 de julio de 1999, el Gobierno del Presidente Andrés Pastrana, representado por la Viceministra de Relaciones Exteriores, María Fernanda Campo Saavedra y el Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo, sometió la Enmienda a este Convenio a la consideración del Congreso Nacional para los respectivos efectos constitucionales.

Con el objeto de continuar el curso legal del proyecto, he asumido el encargo de presentar el informe de ponencia para segundo debate. En términos generales, el informe recoge la exposición de motivos del proyecto, con algunas explicaciones de los artículos de la Enmienda del Convenio.

Entorno del Tratado

Marco del Convenio

¿ Principios:

La República de Colombia, facultada por la Ley 96 de 1945, se adhirió al Fondo Monetario Internacional (FMI) y, como miembro, reconoció prácticamente desde su creación, su conveniencia económica y la necesidad de participar en su propósito de cooperación internacional. En efecto, el país optó por los móviles del Fondo, que pueden resumirse en:

  1. La cooperación monetaria internacional, según la cual se puede acceder a la consulta y colaboración de los problemas monetarios internacionales.

  2. El crecimiento balanceado del comercio internacional, que busca contribuir al desarrollo productivo de los países y así al incremento de sus niveles de empleo e ingresos reales.

  3. Estabilidad cambiaria, mediante acuerdos de cambio ordenados entre los países miembros que eviten depreciaciones competitivas en el mercado.

  4. Sistema multilateral de pagos. Se aplica un código de conducta en relación con las políticas de tipos de cambio y de finanzas internacionales que incentiven la creación de un sistema multilateral de pagos respecto de las transacciones corrientes entre los países miembros y a su vez contribuya a la eliminación de restricciones cambiarias que frenen el comercio mundial.

  5. Facilidad de recursos financieros a los países miembros. Los recursos del Fondo se ponen a disposición de los países miembros para corregir o evitar los desajustes en su balanza de pagos, sin ocasionar medidas destructivas al...

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