Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 200 de 2007 senado 100 de 2006 cámara - 22 de Mayo de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451339446

Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 200 de 2007 senado 100 de 2006 cámara

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY 200 DE 2007 SENADO, 100 DE 2006 CÁMARApor medio de la cual se mejora la calidad de vida a través de la calidad del diésel y se dictan otras disposiciones

Doctora

DELCY HOYOS ABAD

Secretaria General

Comisión Quinta Constitucional Permanente

SENADO DE LA REPUBLICA

E. S. D.

Respetada señora Secretaria:

De conformidad con el honroso encargo que nos fue encomendado por la Mesa Directiva de la Comisión Quinta del Senado de la República, nos permitimos rendir informe de ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 200 de 2007 Senado, 100 de 2006 Cámara, por medio de la cual se mejora la calidad de vida a través de la calidad del diésel y se dictan otras disposiciones, en los siguientes términos:

I. OBJETO DEL PROYECTO

El presente proyecto tiene por objeto reducir los contenidos de azufre en el diésel, de manera progresiva, hasta llegar a 50 ppm a nivel nacional en el 2012.

Busca igualmente que a través de esta reducción, se declare como de interés público colectivo, social y de conveniencia nacional, la utilización de diésel con bajos contenidos de azufre, para así cumplir los parámetros de calidad internacional y aumentar el mercado de un diésel de alta calidad, siempre velando por preservar los derechos de nuestros ciudadanos.

Debido a que las entidades competentes son el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y el Ministerio de Minas y Energía, serán estas entidades las encargadas de implementar la ley y asegurar su cumplimiento eficaz.

II. IMPORTANCIA DEL PROYECTO

Consideramos relevante y necesario este proyecto, ya que su central objetivo está encaminado a prevenir y controlar la contaminación del aire, por ser este factor uno de los mayores generadores de costos sociales.

El sentido de reducir progresivamente el contenido de azufre es disminuir las emisiones de material particulado que emite el mismo, regulación ambiental más vulnerada y uno de los contaminantes más peligrosos por ser sensibles a nuestras vías respiratorias.

III. ALCANCES CONSTITUCIONALES Y LEGALES

Este proyecto soporta y atiende a la garantía constitucional, establecida en los derechos de tercera generación, denominados como ¿colectivos y del ambiente¿, y dentro de los cuales se consagró por la constituyente el derecho de los colombianos a gozar de un ambiente sano[1][14].

Los derechos colectivos[2][15] tienen como características especiales que no se puede individualizar a sus titulares, y que igualmente se conocen como ¿derechos difusos¿. Los derechos colectivos fueron reglamentados a través de la Ley 472 de 1998, norma en la cual se materializaron las acciones de grupo y populares para defender esta clase de derechos cuando se vean vulnerados.

Es tan importante la preservación de los derechos colectivos, que la Corte Constitucional ha reconocido que en ciertos eventos es posible protegerlos por medio de la acción de tutela cuando se demuestra su inminente conexidad con un derecho fundamental.

Sobre este tema se ha pronunciado la Corte en la Sentencia T-092/93, en la cual fue ponente el ex Magistrado Simón Rodríguez Rodríguez, de la siguiente forma: ¿La Constitución Nacional precisa el derecho al ambiente sano dentro de los derechos colectivos. Este derecho hace relación no a una persona en particular por lo que no se puede sectorizar o parcelar, sino que la situación ambiental es comunicante y extensiva, es decir que se va extendiendo a través del aire, sin que encuentre barreras o diques que pongan término a su propagación. Su límite está señalado por la misma fuerza que la contaminación produce. Además de ser un derecho el goce del ambiente sano, es una obligación del Estado procurar mantener la diversidad del ambiente y fomentar la integridad del mismo¿

¿ El derecho al ambiente no se puede desligar del derecho a la vida y a la salud de las personas. De hecho, los factores perturbados del medio ambiente causan daños irreparables en los seres humanos y si ello es así habrá que decidirse que el medio ambiente es un derecho fundamental para la existencia de la humanidad. A esta conclusión se ha llegado cuando esta Corte ha evaluado la incidencia del medio ambiente en la vida de los hombres y por ello en sentencias anteriores de tutela, se ha afirmado que el derecho al medio ambiente es un derecho fundamental¿.

IV. INFORMACION GENERAL DE LA CONTAMINACION ATMOSFERICA

La atmósfera terrestre:

La atmósfera es la capa gaseosa que envuelve la tierra y la acompaña en todos sus movimientos. Está formada por una mezcla de gases: 78% de nitrógeno, 21% de oxígeno, y 1% de otros gases (argón, xeón, neón y dióxido de carbono). También está compuesta por partículas muy pequeñas llamadas polvo atmosférico; este está formado por hollín, polvo volcánico y residuos industriales, siendo mayor su proporción en ciudades y centros fabriles que en el campo.

La función de la atmósfera terrestre es fundamental; actúa como una capa protectora de las radiaciones solares, amortiguando las variaciones de temperatura y protegiendo a la tierra de las radiaciones nocivas del sol. Sin ella las temperaturas serían altísimas durante el día y muy bajas en la noche.

La atmósfera en las grandes ciudades está expuesta a contaminantes múltiples; esta está expuesta a los gases de escape de los automotores y a las emanaciones industriales. Cuando estas emisiones contaminantes se combinan con factores metodológicos, tales como ausencia de viento, humedad y altas temperaturas, se originan nieblas que pueden llegar a ser directamente agresivas.

Fuentes de contaminación:

El aire siempre ha tenido un grado de contaminación por las actividades de la naturaleza, tales como erupción de volcanes, tormentas de viento, descomposición de organismos, incluso los aerosoles emitidos por los océanos, contaminan el aire. Sin embargo, cuando aquí se habla de contaminación atmosférica nos referimos a aquellos componentes generados por la actividad del hombre, es decir, antropogénicos.

Se considera contaminante cualquier sustancia que produce un efecto perjudicial para el ambiente. Los encontramos en la atmósfera terrestre en forma de partículas y gases. El material particulado se compone por partículas tanto líquidas como sólidas, polvo, humo, niebla, ceniza volante, entre otros. Los gases incluyen sustancias tales como el monóxido de carbono, dióxido de azufre y compuestos orgánicos volátiles.

Desde su origen, los contaminantes se pueden clasificar en naturales o antropogénicos.

a) Los naturales son aquellos que provienen de la litosfera, de la hidrosfera o de las plantas y animales. Podríamos mencionar las erosiones, las actividades volcánicas y los incendios forestales;

b) Los antropogénicos son aquellos producidos por el hombre como elementos químicos que dañan el ecosistema. Estas fuentes se pueden subdividir en:

i) Móviles, cuando su desplazamiento frecuente. (Camiones, buses, busetas, automóviles, camperos y camionetas entre otros);

ii) Puntuales o Fijas, cuando permanecen en un sitio específico (sector industrial, generadores de energía, procesamiento de metales, basuras, chimeneas etc.).

Partículas Suspendidas:

Las partículas suspendidas totales se producen generalmente en las industrias, por los vehículos o por la erosión del suelo. Su origen y composición son diversos, ya que pueden resultar de procesos de combustión, de transformación de contaminantes o de mecanismos naturales, ya sea que provengan de los suelos o que tengan un origen biológico, tal como las materias fecales, el polen, bacterias, esporas o quistes.

Efectos en la salud: Al respirar altas concentraciones por un tiempo prolongado se puede asociar con enfermedades respiratorias y cardiovasculares, a su vez va acompañado por el debilitamiento del sistema inmune, daño del tejido pulmonar y hasta cáncer. Los restos de las heces fecales, polen, esporas y desechos biológicos que hacen parte de las partículas suspendidas que respiramos, causan diversas enfermedades gastrointestinales.

Los grupos más sensibles de la población son: Personas que padecen de enfermedades pulmonares; niños y ancianos.

Partículas de diámetro menor a 10 micras (PM10):

Estas hacen parte de las partículas suspendidas en el aire que se expusieron anteriormente, y las cuales respiramos. Son aún más peligrosas que las anteriores, ya que por su menor tamaño, al ser respiradas por nuestro organismo, no salen del cuerpo sino que se acumulan en el. Ellas representan el 60% de las partículas que se emiten diariamente.

Efectos en la salud: No alcanzan a filtrarse en el tracto nasal-oral, sino que llegan hasta las regiones traqueobronquiales y alveolares de los pulmones. Se asocian al incremento de la mortalidad crónica por causas respiratorias y cardiovasculares y con los ataques de asma.

Conclusiones sobre fuentes de contaminación:

La señora ex Ministra de Ambiente afirmó en febrero del 2006 que en nuestro país, la contaminación del aire se genera de manera concentrada en Bucaramanga, Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena, Pereira y el Valle de Sogamoso, y que de este porcentaje las fuentes móviles (vehículos) generan el 86% de la contaminación atmosférica.

El azufre fomenta la generación de material particulado al momento de quemar el combustible al interior del motor, por lo cual este proyecto de ley pretende disminuir la cantidad de azufre. El diésel que consumimos tiene 45 cetanos y el estándar internacional es de 55, el bajo número de cetanos del diésel nacional implica que solamente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR