Decreto número 1099 de 2013, por el cual se adopta el Plan de Expansión Portuaria: Política portuaria para un país más moderno - 29 de Mayo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 438968210

Decreto número 1099 de 2013, por el cual se adopta el Plan de Expansión Portuaria: Política portuaria para un país más moderno

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín48805

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 24 de la Ley 1a de 1991, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1a de 1991, "por la cual se expide el Estatuto de Puertos Marítimos y se dictan otras disposiciones", establece en el artículo 2º que el Ministerio de Obras Púbi-cas, hoy Ministerio de Transporte presentará al CONPES para su aprobación los planes de expansión portuaria.

Que el artículo 24 de la citada ley dispone que le corresponde al Gobierno Nacional, por recomendación del Consejo Nacional de Política Económica y Social, CONPES, y previo estudio del Departamento Nacional de Planeación, adoptar por medio de decretos los "Planes de Expansión Portuaria".

Que la señora Ministra de Transporte, doctora Cecilia Álvarez-Correa Glen manifestó impedimento para formar parte del Consejo Nacional de Política Económica y Social CONPES, que recomienda aprobar el Plan de Expansión Portuaria y la firma de su correspondiente decreto, impedimento que fue aceptado en sesión del Consejo de Ministros de acuerdo con lo establecido en el artículo 8º de la Ley 63 de 1923, la cual dispone: "en los casos de impedimento o recusación de un Ministro del Despacho para resolver cualquier asunto de los que por la Constitución, por la ley, o por delegación del Presidente de la República se le haya encomendado, corresponde al Consejo de Ministros -verdad sabida y buena fe guardada- decidir sobre la causal de impedimento o recusación alegada. Pero en el caso de que el Ministro impedido o recusado hubiere de separarse del conocimiento del negocio, será el Presidente de la República y no el Consejo de Ministros, quien adscriba la decisión del asunto a otro cualquiera de los Ministros del Despacho".

Que el día 15 de abril de 2013 el señor Presidente de la República, en la sesión del Consejo de Ministros adscribió la decisión del tema portuario a la señora Ministra de Educación y, en consecuencia, mediante decreto la designó como Ministra...

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