¿Por qué el poseedor pierde la buena fe en la contestación de la demanda y no en la notificación en el caso de las prestaciones mutuas? El problema en Colombia - Núm. 58, Diciembre 2022 - Revista de Derecho de la División de Ciencias Jurídicas - Libros y Revistas - VLEX 916751580

¿Por qué el poseedor pierde la buena fe en la contestación de la demanda y no en la notificación en el caso de las prestaciones mutuas? El problema en Colombia

AutorRuperto Andrés Pinochet Olave
CargoDirector del Departamento de Derecho Privado y Ciencias del Derecho y Profesor de Derecho Civil de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Talca
Páginas39-52
Fecha de recepción: 22 de julio de 2020
Fecha de aceptación: 7 de febrero de 2022
Resumen
En la regulación de la acción reivindicatoria, el derecho civil colombiano, argentino y
chileno utilizan distintos momentos procesales para la determinación de la pérdida de
la buena fe y del derecho a percibir los frutos de la cosa reivindicada. Así, mientras el
derecho civil argentino utiliza la noticación legal de la demanda, el Código Civil colom-
biano y el chileno optan por la contestación de la demanda. No obstante, la doctrina y
jurisprudencia colombiana, contrar io al tenor literal de los artículos 964 y 966 del Código
civil, interpretan que la buena fe se pierde con la noticación legal de la demanda. Este
trabajo —efectuando líneas comparativas entre las legislaciones de los países singulari-
zados— pretende esbozar cuáles son las razones que se tienen a la vista para optar por
uno u otro momento procesal y, con ello, intentar dilucidar por qué la academia chilena y
colombiana, partiendo de igual norma, terminan arr ibando a interpretaciones distintas
y contrapuestas entre sí.
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Derecho civil, acción reivindicatoria, buena fe, Código Civil, derecho romano.
Abstract
In the regulation of the vindicating action, the Colombian, Argentine, and Chilean civil
law use different procedural moments to determine when the loss of good f aith and the
duty to restore the fruits of the claimed assets occur. The Argentine Civil Law uses the
legal notication of the demand, while the Colombian and Chilean Civil Code use the sta-
tement of defense. However, in Colombia, doctrine and jurisprudence, opposed to the
text of articles 964 and 966 of the Civil Code, interpret that good faith is lost with the
legal notication of the demand. The present work —making comparative lines between
the legislations of the referred countries— tries to outline what are the reasons behind
choosing one or another procedural moment and, with this, elucidate why, if the Chilean
and Colombian academy both start from an equal norm, t hey end up arriving at different
interpretations, opposed to each other.
K
Civil Law, Vindicating Action, Good Faith, Civil Code, Roman Law.

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