Precusación de la inasistencia alimentaria
Actualizado a | Enero 2014 |
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Sumario : _____________________________________ Sindicado: ____________________________________ Delito : INASISTENCIA ALIMENTARIA Tema: La tipicidad de la conducta exige que se demuestre plenamente que la sustracción a la prestación de alimentos fue sin justa causa, la duda sobre este ingrediente debe resolverse a favor del sindicado, especialmente si es ausente y solo obra en el proceso la denuncia en su contra. Decisión: REVOCA RESOLUCIÓN ACUSATORIA Y PRECLUYE
República de Colombia Rama Judicial
FISCALIA GENERAL DE LA NACION UNIDAD DELEGADA ANTE LOS TRIBUNALES SUPERIORES DE LOS DISTRITOS JUDICIALES DE _____________
Resuelve la Delegada el recurso de apelación impetrado por el Doctor__________________, defensor del sindicado ausente ______________, contra la providencia del pasado ____ de ________, mediante la cual la Fiscal _______ Local de la Unidad __________ de Delitos Querellables, le dictó resolución de acusación, como presunto AUTOR del delito de INASISTENCIA ALIMENTARlA.
I. HECHOS
Los narró _______________, quien expresó en su denuncia que mediante acta de conciliación celebrada por su compañero permanente _________________, el pasado ______ de ___________ éste aceptó pagarle para alimentos de sus dos hijos menores, la suma de _______________ quincenales, sin embargo, solo le dio una cuota de ____________el día ______ de ____________ y una muda de ropa para el niño, sin que le hubiera vuelto a consignar la cuota.
II. LA APELACION
El Defensor argumenta que debe revocarse la resolución acusatoria porque es imposible determinar la tipicidad de la conducta con la sola denuncia, sin que exista prueba que demuestre la solvencia económica del procesado para cumplir con el deber legal demostrado en el proceso.
III. CONSIDERACIONES DE LA DELEGADA
A. La importancia de la Familia. Obligaciones Económicas y Morales de Los Padres Conforme el Título XII, arts. 250 y ss., del Código Civil, cuando una persona decide formar una familia, adquiere una serie de deberes para con su cónyuge o compañera y su descendencia, entre otros: Respeto y obediencia (art. 250), cuidado y auxilio (art. 251), crianza y educación (art. 253), formación moral e intelectual (art. 264).
La familia, rezan los artículos 5 y 42 de la Constitución Nacional, es la institución básica de la sociedad...
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