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Si en una misma escritura pública de adquisición de un predio figuran el esposo y la esposa, o dos o más hermanos?. Quien debe pagar el impuesto?, o se puede presentar tantos pagos como sujetos pasivos tenga el impuesto por un solo predio?

AutorHarold Ferney Parra Ortiz
Cargo del AutorAbogado, especializado en derecho tributario y financiero
Páginas142-142
Cartilla Impuesto Predial Unificado142
JURISPRUDENCIA, La estructura Férrea no debe pagar impuesto predial
Ahora bien, como resultado de la fusión entre el Fondo Aeronáutico Nacional1 y el Departamento
Administrativo de Aeronáutica Civil, ordenada en el artículo 67 del Decreto 2171 de 1992, se cr
la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil AEROCIVIL, cuyo régimen se encuentra
previsto en el Decreto 2724 de 1993. Así, el artículo 1 del Decreto 2724 dispuso que la AEROCIVIL
es una entidad especializada, de carácter técnico, adscrita al Ministerio de Transporte, con personería
jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.
Las Unidades Administrativas Especiales con personería jurídica, como AEROCIVIL, hacen parte
del sector descentralizado por servicios de la rama ejecutiva, junto con los establecimientos públicos,
empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta del orden nacional,
entre otras entidades (artículo 38 de la Ley 489 de 1998). Su régimen es el consagrado en la ley que
la crea y en lo no previsto por ésta, se aplican las normas de los establecimientos públicos (artículo
82 ibídem).
Aunque, de manera subsidiaria, la ley permite aplicar las normas de los establecimientos públicos a
las Unidades Administrativas Especiales con personería jurídica, tal remisión no significa que estas
entidades y los establecimientos públicos sean los mismo, pues, se aplican a las unidades
administrativas especiales las leyes que las crean y sólo en caso de que no haya previsión especial se
aplican los preceptos que rigen los establecimientos públicos.
Dado que AEROCIVIL es una entidad administrativa especial con personería jurídica, no es sujeto
pasivo del impuesto predial, por cuanto las entidades públicas sólo son sujetos obligados a la
declaración y pago del impuesto en mención si son establecimientos públicos, empresas industriales
y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta del orden nacional. (Consejo de Estado,
Sentencia del 19 de abril de 2007, Exp. 14226, C.P. Hector J. Romero Diaz).
(013) Si en una misma escritura pública de adquisición de un predio figuran el esposo
y la esposa, o dos o más hermanos?. Quien debe pagar el impuesto?, o se puede
presentar tantos pagos como sujetos pasivos tenga el impuesto por un solo predio?.
Cuando el esposo y la esposa o dos o más personas figuran en la escritura de adquisición de
un predio, es decir se consideran “propietarios del predio” en comunidad, cualquiera de los
inscritos en el folio de matrícula como titulares del inmueble puede pagar el impuesto
predial, pues todos los allí inscritos, ostentan la calidad de sujetos pasivos del impuesto.
(014) ¿Solamente los denominados sujetos pasivos deben cumplir con la obligación
de pagar el impuesto predial?.
No, En los términos del artículo 264 del Estatuto Tributario Municipal en concordancia
con lo preceptuado en el Artículo 572 del Estatuto Tributario Nacional, determina que los
contribuyentes o responsables del pago del tributo, deberán cumplir los deberes formales
1 El Decreto 3140 de 1968 creó el Fondo Aeronáutico Nacional como establecimiento público y, por ende, sujeto pasivo del
impuesto predial. Sin embargo, el artículo 13 de la Ley 3 de 1977 dispuso que los inmuebles de propiedad del Fondo serían
cedidos a título gratuito a la Nación y que los que se adquieran a partir de la vigencia de esa ley ingresarían también al
patrimonio de aquélla. En consecuencia, el Fondo dejó de ser sujeto pasivo del impuesto predial, puesto que, por mandato
legal, dejó de ser propietario de bienes inmuebles.

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