Preliminar - Decreto 352 de 15 de agosto de 2002 - Estatuto Tributario de Bogotá Actualizado 2022 - Libros y Revistas - VLEX 905342072

Preliminar

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena/Harold Ferney Parra Ortiz
Páginas1-7
Capítulo Preliminar 1
DECRETO 352 DE 15 DE AGOSTO DE 2002
ALCALDÍA MAYOR DEL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ
Por el cual se compila y actualiza la normativa sustantiva tributaria vigente,

normas nacionales que se deban aplicar a los tributos del Distrito Capital, y
las generadas por acuerdos del orden distrital.
EL ALCALDE MAYOR DEL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ,
en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por
el artículo 12 del Acuerdo 52 de 2001, las cuales fueron ampliadas por el
artículo 28 del Acuerdo 65 de 2002.
DECRETA:
CAPÍTULO PRELIMINAR
ARTICULO 1. DEBER CIUDADANO Y OBLIGACIÓN DE TRIBUTAR. Es deber
de la persona y del ciudadano contribuir a los gastos e inversiones de la Capital,
dentro de los conceptos de justicia y equidad.
Los contribuyentes deben cumplir con la obligación tributaria que surge a favor
del Distrito Capital de Bogotá, cuando en calidad de sujetos pasivos del impuesto,
realizan el hecho generador del mismo.
CONCORDANCIAS:
Estatuto Tributario Nacional: Art. 1.
ARTÍCULO 2. PRINCIPIOS DEL SISTEMA TRIBUTARIO. El sistema tributario
del Distrito Capital de Bogotá, se fundamenta en los principios de equidad horizontal

CONCORDANCIAS: (Para su consulta ingrese a www.nuevalegislacion.com).
• Decreto 807 de 17 de diciembre de 1993: Art. 2.
*Circular DIAN No. 1 de 14 de enero de 2013: Estandarización de la entrada y salida de
información, atendiendo los principios constitucionales y legales.
DOCTRINA: (Para su consulta ingrese a www.nuevalegislacion.com).
CONCEPTO 1111 DE 26 DE SEPTIEMBRE DE 2005. DIRECCIÓN DISTRITAL DE
IMPUESTOS. Validez de declaración y pago de de retenciones practicadas (ICA) en el
formulario de declaración y pago del impuesto de industria y comercio.
Art. 1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR