Prestaciones sociales
Autor | Jorge Enrique Chavarro Cadena - Guillermo Cortes Guzman |
Páginas | 67-125 |
PRESTACIONES SOCIALES
Las prestaciones sociales hacen referencia a algunos dineros, servicios o auxilios que
vida.
Son de carácter legal
extralegal son las que sobrepasan las prestaciones
colectivo.
cubiertas por el mencionado Sistema.
los meses como treinta (30) días.
Las prestaciones sociales no pueden cederse, así que las transacciones o negociaciones
empleador la responsabilidad por las obligaciones adquiridas en virtud del contrato de
trabajo.
Son inembargables en su totalidad excepto los valores que adeuda el trabajador a favor
50%. (Código Sustantivo del Trabajo, Artículo 344)
No son susceptibles de retención o negativa al reconocimiento
del trabajador que motivan la pérdida de las mismas. (Código Sustantivo del Trabajo,
Artículo 250)
CAPÍTULO 4
Prestaciones Sociales 67
4. 1 PRIMA DE SERVICIOS
El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social
denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se
los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre
trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.
los trabajadores contemplados en el Título III del Código Sustantivo del Trabajo o quienes
cumplan con las condiciones de empleado dependiente. (Código Sustantivo del Trabajo,
Articulo 306)
4. 1. 1 Fórmula para la liquidación de la prima de servicios
a) Si va a liquidar prima de servicios completa basta con tomar el salario base, dividirlo
b) Si va a liquidar prima de servicios proporcional
entre 2 para obtener el valor de la quincena, luego multiplique esa quincena por el
Valor de la quincena x Días trabajados en el respectivo semestre
180
El salario base de liquidación de prima de servicios, es el promedio de lo devengado en
el semestre o lapo laborado, teniendo en cuenta, también, el auxilio de transporte.
EJEMPLO 3
LIQUIDACIÓN DE PRIMA DE SERVICIOS:
A. Ejemplo con un salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV)
En enero de 2019 es contratado JUSTO TRABAJADOR, en cada mes de Enero a
Junio, devengo la suma de $1.702.652 mensualmente de acuerdo a liquidación.
PAGOS
SUELDO 828.116
AUXILIO DE TRANSPORTE 97.032
HORAS EXTRAS 277.504
COMISIONES 200.000
BONIFICACIÓN PERMANENTE 300.000
TOTAL 1.702.652
Cartilla Laboral y Seguridad Social 201968
DEDUCCIONES
BASE APORTES 1.702.652
APORTES SALUD 4,00% 64.225
APORTES PENSION 4,00% 64.225
APORTES FSP 1,00% 0
TOTAL 128.450
NETO 1.574.202
incorporar como base para la determinación.
Para el caso planteado tendríamos que el valor a pagar en el mes de Junio de 2019
será:
Cálculo de la Prima para Junio 2019 1.702.652 * 180
360
Valor Prima a Junio de 2019 $ 851.326
B. Ejemplo con más de dos SMMLV
En enero de 2019 es contratado JUSTO TRABAJADOR, en cada mes de Enero a
Junio, devengo la suma de $3.325.391 mensualmente de acuerdo a liquidación.
PAGOS
SUELDO 2.250.000
AUXILIO DE TRANSPORTE 0
HORAS EXTRAS 275.391
COMISIONES 500.000
BONIFICACIÓN PERMANENTE 300.000
TOTAL 3.325.391
DEDUCCIONES
BASE APORTES 3.325.391
APORTES SALUD 4,00% 133.016
APORTES PENSION 4,00% 133.016
APORTES FSP 1,00% 33.254
TOTAL 299.285
NETO 3.026.106
Prestaciones Sociales 69
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba