Presunción legal de paternidad en la unión marital de hecho: Un estudio desde el principio de igualdad - Núm. 63, Julio 2012 - Revista Temas Socio-Jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 690652425

Presunción legal de paternidad en la unión marital de hecho: Un estudio desde el principio de igualdad

AutorGuillermo Rodríguez Garrido
CargoEstudiante de la Maestría en Derecho de Familia de la Universidad Autónoma de Bucaramanga
Páginas125-161
PRESUNCIÓN LEGAL DE PATERNIDAD EN LA UNIÓN
MARITAL DE HECHO: UN ESTUDIO DESDE EL PRINCIPIO DE
IGUALDAD
AUTOR: Guillermo Rodríguez Garrido
FECHA DE RECEPCIÓN: Agosto 9 de 2012
DIRECCIÓN: guillorg@yahoo.es
RESUMEN: Trabajo de grado presentado en la Maestría de
Derecho de Familia en el cual se explica que, el derecho a la
igualdad que se persigue proteger en los artículos 1 y 2 de la ley
Civil, respectivamente, en los cuales se hizo extensiva la
presunción de paternidad a favor de los hijos de la familia
extramatrimonial conformada en la unión marital de hecho,
vulnera el principio de igualdad de los hijos extramatrimoniales
provenientes de familias diferentes a la referida unión que se
encuentren en situaciones fácticas similares y de los que aun
perteneciendo a ella también fueron excluidos.
PALABRAS CLAVES: Principios, ley, igualdad, presunción y
filiación.
ABSTRACT: The right to equal protection is protect in the Articles
1 and 2 of the law 1060 of 2006, which reformed the Articles 213
and 214 of the Civil Code, respectively, which are made extensive
the presumption of paternity for the children of the extramarital
family formed in the marriage, violates the principle of equality of
children born out of marriage different families from the union who
are refered to factual similar situations and even those belonging
to it were also excluded.
KEY WORDS: Principles, Law, equality, presumption and filiation.
Presunción legal de paternidad en la unión
marital de hecho: Un estudio desde el
principio de igualdad
*
Guillermo Rodríguez Garrido
Introducción
a igualdad de los hijos ante la ley es un tema que ha sido objeto de
abundante reflexión jurisprudencial y doctrinal en Colombia, hasta el punto
de que todo pareciera indicar que se trata de una materia pacífica lo
suficientemente estudiada, en especial respecto al trato que la norma legal le ha
ofrecido a los otrora llamados hijos legítimos e ilegítimos; empero, respecto de estos
últimos, hoy llamados extramatrimoniales, aún perviven preceptos normativos
basados en una estructura filosófica formalista que quizá, por el afán del legislador
de igualarlos, lo que ha logrado en algunas ocasiones es agrietar el tratamiento justo
que merecen estos sujetos. (Atienza 2004; Ramírez Gómez, 2002).
Ese trato igualitario avanza paralelo a otro tema no menos importante, pero más
específico, relativo al ejercicio y garantía de los derechos fundamentales de los hijos
extramatrimoniales no reconocidos por el padre.
Mucho antes de establecer el proceso de filiación que hiciera posible la obtención de
los derechos fundamentales derivados de la misma, el legislador previó, desde los
albores del Código Civil de 1887, art.328, la figura de la presunción de paternidad en
la filiación extramatrimonial, la cual prescribía que los hijos habidos dentro de una
relación concubinaria serían tenidos como hijos del hombre que los engendró. Así lo
reseña la sentencia de casación del 10 de septiembre de 2003, Corte Suprema de
Justicia, m. p. Manuel Isidro Ardila Velásquez; reiterada por la sentencia 591 de
2005, m. p. Carlos Ignacio Jaramillo Jaramillo, que indica:
En la base de todo se encuentra el concubinato, que así era uso y costumbre
denominarlo, esto es, la convivencia de hombre y mujer, como si de matrimonio se
* Estudiante de la Maestría en Derecho de Familia de la Universidad Autónoma de Bucaramanga.
L
tratara. Hecho social estigmatizado a través de los tiempos, pues consideróse que
socavaba en lo más profundo los cimientos de la institución matrimonial. Es así que,
con tal parecer, reprobada fue esa forma natural de vida, por el hecho de no
observar la forma que el matrimonio apareja. El Código Civil, sin embargo, muy
atento del desenvolvimiento social, trató de mitigar en parte tan deshonroso
señalamiento, y no ignoró del todo su realidad ontológica, como que a más de dar
una idea de lo que por tal debía entenderse, quiso reconocerle algunos efectos en
bien de la prole, llegando incluso a consagrar, con criterio de semejanza de lo que
acontece en el matrimonio, la presunción de paternidad de los hijos de la mujer que
de tal modo vivía, vale decir, públicamente, con un hombre "como si fueran
casados" (artículos 328 y 329), amén de regular lo relativo al cuidado y la crianza de
los hijos, permitía, aunque en casos muy reducidos, investigar la filiación natural
(Corte Suprema de Justicia, Sentencia 591, 2005)
No obstante que la norma referenciada fue derogada por el artículo 65 de la ley 153 de
1887, la ley 1060 de 2006 revivió el tema al modificar los artículos 213 y 214 del Código
Civil, normativa que será el objeto principal de estudio en este ensayo, en el sentido de
hacer extensiva la presunción de paternidad que protege al hijo matrimonial al
concebido durante la unión marital de hecho o que nace después de expirados los
ciento ochenta días siguientes a dicha declaración (Parra Benítez, 2008).
Si se comprende que el objetivo de la legislación mencionada es obtener la igualdad
entre estos dos grupos de hijos, los matrimoniales y los provenientes de la unión
marital, el problema consiste en establecer si los nacidos antes de la declaración de
esta última quedan excluidos de la presunción, o si los que nacieron durante la
misma pero que no ha sido declarada pueden presumirse o no como hijos de los
compañeros permanentes. Así mismo, si se viola el principio de igualdad de los
hijos provenientes de familias extramatrimoniales diferentes a la unión marital de
hecho que se encuentren en situaciones similares a esta.
Al hacer un parangón se puede evidenciar que la situación de los hijos reconocidos
por el padre y los que no lo han sido es notoriamente disímil en el ejercicio de los
derechos derivados de la filiación, tales como el estado civil y los alimentos, ambos
considera dos fundament ales en el o rdenamien to j urídico colom biano,
circunstancia que cobra relevancia con la implementación legal de la presunción
que será objeto de examen.
Plan de Trabajo
Para iniciar el estudio se hará un análisis comparativo de la situación jurídica de los
hijos matrimoniales frente a la de los hijos extramatrimoniales reconocidos por el
padre, con el fin de determinar la forma de aplicación del principio de igualdad en el
ámbito legislativo y jurisprudencial.
Esclarecida esa situación, se analizarán los artículos 1 y 2 de la ley 1060 de 2006,
modificadores de los artículos 213 y 214 del Código Civil, respectivamente, en
orden a dilucidar si la presunción de paternidad de los hijos matrimoniales que se

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