El principio de equidad tributaria en el tratamiento diferencial en el impuesto de renta entre sindicatos y sociedades - Núm. 19, Julio 2021 - Revista de Derecho Fiscal - Libros y Revistas - VLEX 869956901

El principio de equidad tributaria en el tratamiento diferencial en el impuesto de renta entre sindicatos y sociedades

AutorJuan David Segura Medina
CargoMagíster en Derecho del Estado con énfasis en Tributario, Universidad Externado de Colombia; abogado, Universidad Externado de Colombia. Bogotá (Colombia). jdseguramedina@gmail.com / https://orcid.org/0000-0001-6840-8203.
Páginas7-43
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Revista de Derecho Fiscal n.º 19 julio-diciembre de 2021 pp. 7-43
JUAN DAVID SEGURA MEDINA
Resumen
El presente artículo realiza un análisis de constitucionalidad conforme al principio de
equidad tributaria aplicado al tratamiento tributario entre las sociedades comerciales y
los sindicatos. Para dicho análisis se parte de la descripción legal de cada persona ju-
rídica, se analiza el principio de equidad para, finalmente, realizar un estudio de caso,
el cual hace una comparación efectiva, con juicios de valor conformes a los resultados
obtenidos en la investigación.
Palabras clave: sindicatos; sociedades; principio; equidad; impuesto; renta; contrato;
gremio; análisis.
Abstract
This article carries out an analysis of constitutionality in accordance with the principle
of tax equity applied to tax treatment between commercial companies and unions. For
this analysis, the legal description of each legal person is started; the principle of equity
is analyzed to finally carry out a case study, which carries an effective comparison with
value judgments in accordance with the results obtained in the investigation.
Key words: Unions; s ocieties; principle ; equity; t ax; income ; contract ; union; a nalysis.
Resumo
Este artigo realiza uma análise da constitucionalidade de acordo com o princípio da
equidade tributária aplicada ao tratamento tributário entre empresas comerciais e sindi-
catos. Para esta análise, é iniciada a descrição jurídica de cada pessoa coletiva, analisado
o princípio da equidade para finalmente realizar um estudo de caso, que realiza uma
comparação efetiva com os julgamentos de valor de acordo com os resultados obtidos
na investigação.
Palavras-chave: Sin di cat os; soc ied ade s; p rin cíp io; equ ida de ; im pos tos ; re nda ; co ntr ato ;
união; análise.
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El principio de equidad tributaria en el tratamiento diferencial en el impuesto de renta entre sindicatos y sociedades
Introducción
Hacia el siglo XX nace la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y, con ella, la bús-
queda de mejores garantías para los trabajadores. En 1948 se suscribe el Convenio 87,
donde los Estados miembros proclaman la existencia de la libertad sindical y la protección
del derecho de sindicación; a partir de este momento empieza a surgir un amplio desarro-
llo legal de los sindicatos en el mundo.
De acuerdo con lo anterior, los sindicatos surgen como una medida de protección y
lucha de los trabajadores frente a los múltiples atropellos cometidos por su empleador. A
pesar de esta premisa, esta organización no se limitó a la agrupación frente a un patrón en
concreto, por el contrario, posibilitó la asociación sindical entre trabajadores de diversas
empresas, o incluso entre trabajadores independientes de una misma rama u oficio.
Por tal razón, la asociación sindical no se restringe a la simple búsqueda de mejores ga-
rantías de unos trabajadores frente a su empleador, sino que permite una asociación amplia
y fuerte donde es posible desarrollar actividades de diversa índole, las cuales compiten
de manera directa con asociaciones de otra naturaleza como las sociedades comerciales.
La Carta colombiana no fue ajena a este fenómeno, dichas disposiciones de la OIT fue-
ron consagradas en la Constitución de 1991 a través del principio de autonomía sindical.
En esta medida, la actividad sindical en nuestro país ha crecido de una manera significa-
tiva en los últimos años, con la adopción de formas sindicales que desarrollan actividades
de prestación de servicios, actos de comercio e incluso desarrollo de actividades industria-
les, dicha posibilidad ha posicionado a los sindicatos como una buena opción a la hora de
optar por un vehículo de participación en el mercado.
Entendido lo anterior, cobra vital importancia el estudio de un tema que se ha reducido
a la investigación por parte del derecho laboral, desconociéndose su amplia importancia
en temas tributarios, pues si entendemos que la libertad y autonomía sindical permiten
la agrupación de individuos y la ejecución de diversas actividades que hacen parte de la
oferta en el mercado, podremos señalar que los bienes y servicios no solo provienen de
las tradicionales sociedades comerciales, sino de entes jurídicos sin ánimo de lucro que
reciben ingresos, son partícipes, representan una competencia en el mercado y poseen un
tratamiento diferencial.
Esta situación, más allá de enunciar una diferencia de condiciones legales e históricas,
produce una diferenciación en el tratamiento tributario, porque los sindicatos en nuestro
país son considerados como un no contribuyente del impuesto de renta, incluso en algunas
jurisdicciones locales son exentos de ciertos tributos, mientras las sociedades comerciales
tributan a una tarifa proporcional del 33 %.
Dicho aspecto nos lleva a reflexionar sobre la naturaleza de dicha diferenciación, y pa-
ra ello he decidido traer a estudio el principio de equidad, como una guía para explorar las
distintas consecuencias que otorga la norma tributaria a los sindicatos y a las sociedades
comerciales cuando desarrollan actividades de prestación de servicios similares.
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JUAN DAVID SEGURA MEDINA
En el presente trabajo se realizó la descripción de las personas jurídicas en compara-
ción –sindicatos y sociedades comerciales–, lo que trajo a estudio el tratamiento en renta
que otorga la ley tributaria para así, conforme al principio de equidad, realizar un estudio
de caso donde se pueda hacer una comparación efectiva, estableciendo juicios de valor
conforme a los resultados obtenidos.
Para el desarrollo de la investigación se tuvieron en cuenta múltiples fuentes legales
y jurisprudenciales, doctrina oficial y de índole académica en lo referente al principio de
equidad, los sindicatos, el impuesto de renta y la retención en la fuente.
I. Aspectos dogmáticos
A. Definición conceptual y clasificación de los sindicatos
El origen de la palabra sindicato proviene del latín syndicatus y esta, a su vez, de sindico,
“defensor” (López , 2014, p. 458), y es q uizás dich a signifi cación el p unto de par tida más
adecuado para comprender esta organización social, cuya finalidad inicial fue proteger
los intereses de los trabajadores que sufrían graves atropellos por parte de su empleador.
La Real Academia Española define los sindicatos como la “Asociación de trabajadores
constituida para la defensa y promoción de intereses profesionales, económicos o sociales
de sus miembros” (s. f.), y reduce tal agrupación a empleados, lo que constituye un sentido
amplio de la actividad sindical que no se limita a intereses frente a un empleador.
Existen diversas clases de sindicatos cuya composición trasciende esa pequeña re-
lación trabajador-patrón, los sindicatos pueden ser de empresa, industria, gremio o de
oficios varios. Para conocer de manera más amplia los conceptos abordados se sugiere
consultar la premisa a partir de la cual se elabora el presente artículo (Segura y González,
2018).
B. Contrato sindical y reglamento del contrato sindical
El contrato sindical es la institución jurídica a través de la cual los sindicatos pueden
participar en la promoción del trabajo colectivo, la prestación de servicios y ejecución
de obras por parte de sus afiliados (Cerón y Camacho, 2015, p. 156), es una figura legal
sui generis, que presenta características de contratos civiles, pero se rige por las normas
propias del derecho colectivo del trabajo1. A la luz del artículo 482 del Código Sustanti-
vo de Trabajo: “Se entiende por contrato sindical el que celebren uno o varios sindicatos
de trabajadores con uno o varios empleadores o sindicatos patronales para la prestación de
servicios o la ejecución de una obra por medio de sus afiliados”; por su parte, el artículo
1 del Decreto 1429 de 2010 señala las características de este contrato, calificándolo de
1 Decreto 1429/2010, de 29 de diciembre 2010, artículo 1.

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