Principios básicos para su ejercicio - Revisoría fiscal. Una garantía para la empresa, la sociedad y el estado - 1ra edición - Libros y Revistas - VLEX 42671309

Principios básicos para su ejercicio

AutorJesús María Peña Bermúdez
Páginas243-279

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El principio como fundamento, fuente u origen significa una norma o regla específica que debe aplicarse en cada caso. Filosóficamente principio es "el punto de partida y el fundamento de un proceso cualquiera. Los dos significados de punto de partida y de fundamento o causa están estrechamente relacionados con la noción de este término. . . . Lo que todos los significados tienen en común es que, en todos, principio es lo que es punto de partida del ser, del devenir o del conocer."139 Refiriéndose a los principios de contabilidad, algunos autores los han definido como: "Ley o regla general emitida por autoridad competente para orientar sus procedimientos."140

La Ley no creó taxativamente principios determinados para el ejercicio de la Revisoría Fiscal pero sí regló sus funciones, su forma de elección, su dependencia y rendición de informes de donde se derivan principios regulados para su ejecución, dando por sentado que la calidad de quien estaba señalado para ejercerla reunía los atributos formativos, de experiencia, conocimiento y que bastaba con indicarle cuáles eran las funciones que debía cumplir; complementó éstas con determinados Page 246 requisitos muy peculiares y exigibles obligatoriamente para poder cumplir con dichas funciones. Mientras exista la Revisoría Fiscal, tales atributos le son aplicables, pues la esencia radica en la existencia de dicha institución y el fin que con ella se persigue.

La disciplina contable en el campo empresarial sea con ánimo de lucro o sin ánimo de lucro y dentro de la cual se enmarca la Revisoría Fiscal, genera confianza para quien de ella se beneficia. Es connatural a esta ciencia la credibilidad y por tanto la exigencia para sus seguidores.

Mas la observancia de dichas funciones está por desarrollo de las mismas, ligadas íntimamente a unas normas de conducta que deben ser reconocidas en el actuar del profesional de la ciencia contable por la comunidad en general. El estudio de estas obligaciones, cualidades, forma de vinculación, dependencia, responsabilidad y experiencia, llevan a formular nueve (9) principios básicos para el ejercicio debido de la Revisoría Fiscal, los cuales se soportan ante todo en los principios básicos del Código de Ética para los Contadores recogidos por la Ley 43 de 1990, algunos de los cuales identificaron conjuntamente como características las Superintendencias de Sociedades, Bancaria y la Comisión Nacional de Valores (Hoy Superintendencia de Valores) en 1989, al referirse a la independencia, cobertura total, permanencia y función preventiva como propias y peculiares al Revisor Fiscal. Sin embargo, señalarlas como cualidades es identificarlas con la persona en sí denominada Revisor Fiscal, con lo cual se asignaría en función de la persona y no del verdadero sentir de que independiente de quien sea, debe cumplir con unos preceptos que son inherentes al cargo sobre los cuales se basa el desarrollo de la fiscalización, a los cuales debe someterse quien aspire a satisfacer dicha labor. Es tanto como referirnos a los principios sobre los cuales descansa el desarrollo de la ingeniería mecánica, o la ginecología, o el derecho penal; se parte de un tronco común, pero su aplicación debe obedecer específicamente a exigencias disciplinales y filosóficas específicas.

Analógicamente podemos apoyarnos en la en la alusión que Jorge Túa Pereda en referencia a los principios contables hace: "La evolución comentada permite, a modo de conclusión, ofrecer tres definiciones del término principio contable:

La primera, basada en la aceptación; La segunda, propia del subprograma lógico, que concibe el principio contable como fundamento filosófico de nuestra disciplina, y La tercera que, combinando los predicamentos de los subprogramas lógico y teleológico, define los principios contables como macrorreglas básicas. . . . Esta tercera acepción permite, además acuñar una definición bastante Page 247precisa del término contable: macrorregla general, vinculada a un propósito u objetivo concreto, deducida la aplicación de la Teoría General a un supuesto específico, de la que se derivan las reglas del sistema contable."141

Eric L. Kohler nos brinda un gran soporte para entender porqué los propuestos son principios para ejercer la Revisoría Fiscal. Éste define el principio como: "Proposición de la cual se afirma que controla un sistema o actividad determinados y que goza de aceptación entre los miembros de un grupo profesional considerado competente en una sociedad. . . . Algunos principios son descriptivos o clasificadores. . . . Otros principios son normativos y no se relacionan con la existencia de cosa alguna, sino más bien expresan lo que se refiere o se prescribe. Entre los principios normativos hay definiciones -los significados que se asignan a las palabras- y normas o estándares profesionales, legales y morales. Los principios no son evidentes por sí mismos en igual grado para todas las personas. . ."142

Es bueno traer a colación para ayudar a comprender la razón de ser de los principios a los cuales me refiero más adelante, lo que enseña el jurisconsulto Mexicano Eduardo García en referente a los juicios normativos, que pueden ser aplicables y tenidos en cuenta interpretativamente por los Contadores Públicos que ejercen la Revisoría Fiscal: "Lo primero que conviene subrayar, a propósito de la tesis husserliana, es el aserto de que los juicios normativos no han de ser interpretados como expresión de un mandato. Su sentido no consiste en trasmitir a un sujeto la voluntad de otro, ni tampoco en la notificación de un deseo. Lo que significan es más bien que en determinadas circunstancias algo debe ser, no porque alguien quiera que sea, o pretenda orientar en tal o cual forma el querer ajeno, sino porque la exigencia en ellos implícita se funda en una valoración que justifica lo exigido.

Pues aun cuando en ciertos casos, como el de las normas jurídicas, la regla sea producto de la actividad de determinados órganos creadores de derecho, su sentido no estriba en expresar lo que éstos quieren, sino lo que, en la situación que el precepto define, jurídicamente debe ser."143

La información contable, la fe pública y la fiscalización, a las cuales se hizo referencia en capítulo anterior constituyen los principios que dan origen a la Revisoría

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Fiscal como el medio más idóneo de la vigilancia privada societaria tanto por parte del Estado como por parte de los inversionistas, la cual a su vez genera para su realización nuevos fundamentos sobre los cuales se sustenta su actuar. Esta vigilancia es el principio o causa de donde emanan los tres anteriores que resumen como se explicó el por qué de la confianza en la Revisoría Fiscal. Por ello al responder para qué fue creada la Revisoría Fiscal, el Consejo Técnico de la Contaduría en su pronunciamiento 7 expuso: "Para que unos profesionales idóneos, de aquilatada honradez, integridad y responsabilidad, investidos de la representación permanente de los inversionistas, la comunidad y el Gobierno, les informaran regularmente cómo había sido manejada la entidad, cómo han funcionado los controles, si los administradores cumplen con sus deberes legales y estatutarios y si los estados financieros reflejan fielmente la situación financiera de la entidad y sus resultados económicos. Todo lo anterior, expresado en breves palabras, aparentemente parece simple, pero qué tarea tan inmensa representa y sobre todo; ¡qué responsabilidad!"

Lo anterior es consecuencia del principio primario o valor fundamental sobre el que se erige y garantiza la Revisoría Fiscal: Confianza pública, lo cual equivale a decir: Credibilidad.

1. La confianza pública esencia del ejercicio de la Revisoría Fiscal

Confianza pública = Credibilidad

Interesante iniciar este capítulo reproduciendo un reflexivo aporte sobre la credibilidad, escrito por el tratadista David Freemantle en su libro El SUPER JEFE:

"En un minuto y por una decisión, puede perder credibilidad un gerente. Se necesitarán años y un millar de decisiones para que ese gerente la recupere.

El oportunismo no es compatible con la credibilidad y, sin embargo, muchos de los gerentes que he conocido eran oportunistas. Buscan la salida fácil de una dificultad; una salida fácil que no es compatible ni con las metas a largo plazo de la organización, ni con lo que el gerente ha estado diciendo durante todos estos meses.

El oportunismo se origina en la falta de carácter, en la carencia de un criterio definido, en la falta de una filosofía administrativa eficaz, en la falta de sinceridad. El oportunismo conduce a que los gerentes pierdan credibilidad. Llegan a ser "todo para todo el mundo". Su personal empieza a actuar con mayor rapidez que ellos, y los sindicatos sacan todavía mayor provecho de la situación. Sus jefes y colegas los ven como una opción fácil y se aprovechan de ellos todas las veces que pueden.

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Para ser un gerente eficiente es necesario tener credibilidad frente al jefe, a los colegas y a los subalternos. El Superjefe logra credibilidad cuando es totalmente consecuente, imparcial y decidido. El Superjefe logra credibilidad porque cuando dice algo, su gente sabe que lo dice en serio y cumplirá lo que promete.

El Superjefe logra credibilidad porque los demás saben exactamente a qué atenerse, puesto que es enteramente predecible y confiable. Usted nunca verá a un Superjefe cambiando sus argumentos cuando le conviene, ni inventando razones para justificar una decisión que ya se tomó. El Superjefe es sincero.

La credibilidad del Superjefe le produce a su gente una sensación de seguridad, de bienestar. Sabe que hará por ella todo cuanto esté a su alcance. Sabe que tomará...

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