El problema del quantum de la condena en el contexto de las disputas entre sabinianos y proculeyanos (siglos I-II D. C.) - vLex Colombia

El problema del quantum de la condena en el contexto de las disputas entre sabinianos y proculeyanos (siglos I-II D. C.)

Páginas255-328
AutorManuel Grasso
5.1. evicción y vicios materiales
de la cosa vendida: el problema
de su concurrencia
En el Digesto de Justiniano se conservan algunos fragmentos que dan cuenta
de una controversia entre juristas sobre esta cuestión: ¿puede el comprador
acumular la pretensión que deriva de la evicción de la cosa comprada con
la que deriva de la responsabilidad por vicios ocultos? En esos pasajes, se
examinan casos en que concurren vicios materiales y jurídicos que afec-
tan la cosa vendida. Al respecto, hay opiniones de Próculo (D. 21,2,16,2) y
Casio (D. 19,1,11,14); pero la discusión tiene su secuela en la jurisprudencia
tardo-clásica, ya que las posiciones antagónicas de aquellos dos juristas son
mencionadas por Pomponio y Ulpiano (respectivamente). Por último, tam-
bién Paulo (D. 21,1,44,2) fija su posición sobre este punto. Seguidamente
se examinarán todas estas soluciones.
5.1.1. la solución de próculo.
exígesis de pomp. 9
ad sab
. d. 21,2,16,2
Pomponio se apoya en la autoridad de Próculo para resolver un supuesto
fáctico en el que se entrelazan una serie de instituciones jurídicas: defectos
materiales de la cosa vendida, defectos jurídicos, evicción y estipulación
penal, entre otros.
Pomp. 9 ad Sab. D. 21,2,16,2: Si servus, cuius nomine duplam stipulati sumus,
evictus fuerit a nobis: ob id quod fugitivus vel sanus non fuerit an agere nihilo mi-
nus possimus, quaeritur. Proculus videndum ait, ne hoc quoque intersit, utrum tum
evictus sit, cum meus factus non esset, an tum cum meus factus esset: in eo enim casu
quo meus factus est statim mea interest, quanto ob id deterior est, et quam actionem
semel ex stipulatu habere coepi, eam nec evictione nec morte nec manumissione
nec fuga servi nec ulla simili causa amitti: at si in bonis meis factus non sit, nihil
ob ea quod fugitivus sit pauperior sim, utpote cum in bonis meis non sit. quod si
sanum esse, erronem non esse stipulatus essem, tantum mea interesse, quantum ad
praesentem usum pertineret, tametsi in obscuro esset (utpote ignorantibus nobis,
quamdiu eum habiturus essem et an futurum esset, ut eum quisquam aut a me aut ab
eo cui vendidissem cuive similiter promisissem evinceret). summam autem opinio-
nis suae hanc esse, ut tantum ex ea stipulatione consequar, quanti mea intersit aut
post stipulationem interfuerit eum servum fugitivum non esse (Si el esclavo por el
255
Daño e interés. El problema de la cuantificación de la condena en el derecho romano
256
que nos hicimos prestar la estipulación del duplo [del precio para el supuesto
de evicción] nos hubiese sido reivindicado, se plantea si –no obstante ello–
podríamos ejercitar la acción en virtud de que haya sido fugitivo o no haya sido
sano. Próculo afirma que se ha de ver, pues no vaya a ser que importe distinguir
entre el caso en que haya sido reivindicado cuando todavía no se había hecho
mío y el caso en que se hubiese hecho mío: porque en este caso, en que se hizo
mío, automáticamente me interesa cuanto sea su menor valor a causa de tal
[vicio] y una vez que adquirí la acción de estipulación ella no se pierde ni por
la evicción, ni por la muerte, ni por la manumisión, ni por la fuga del esclavo,
ni por ninguna causa semejante; pero si él no entró en mi patrimonio en nada
me haría más pobre el hecho de que sea fugitivo, pues no forma parte de mis
bienes. Pero si yo hubiese estipulado que [el esclavo] estuviera sano, o que no
fuera vagabundo, me interesa tanto cuanto correspondiese al uso presente, así
como si ignoráramos [lo que sucederá], como quiera que ignorásemos noso-
tros hasta cuando yo lo habría de tener, y si sucediese que alguno lo reivin-
dicara, a mí o aquel a quien yo se lo hubiera revendido o al que yo le hubiese
hecho una promesa análoga. En suma: su opinión es que yo consiga de esta
estipulación [por los vicios] tanto cuanto corresponda a mi interés, o me hubiere
importado después de la estipulación, que aquel esclavo no fuera fugitivo).
Pomponio plantea una situación compleja y luego se apoya en la autoridad
de Próculo para resolverla. En la parte final del fragmento, da la impresión
de que Pomponio retoma la palabra para explicar sintéticamente la solución
de Próculo.
Muchos autores que ponen en duda la autenticidad del fragmento
imaginan toda suerte de alteraciones1. En particular, la mayoría duda de la
autenticidad de la última parte del pasaje (summan-final): en apariencia se
trata de una paráfrasis que hace Pomponio de la opinión de Próculo; sin
embargo, con mucha probabilidad se trataría de un agregado posterior2.
1 En el extremo de la crítica –fiel a su estilo– se encuentra G. Beseler, Textkritische Studien, en
zss, 53, 1933, 26 s., quien suprime numerosas partes y agrega nuevas, por lo cual desfigura com-
pletamente el fragmento.
2 Muchos autores plantearon sospechas de interpolaciones: R. Monier, La garantie contre les vices
cachés dans la vente romaine, cit., 94 (aunque en realidad sostiene que, no obstante tratarse de
un agregado de un glosador o incluso de los mismos compiladores, el fragmento refleja per-
fectamente el “derecho vigente” a la época de su aparente redacción); G. Beseler, Textkritische
Studien, cit., 27, directamente lo considera inauténtico y –como se ha mencionado– lo vuelve
a escribir (adhiere a esta tesis: M. Kaser, Das Ziel der actio empti nach Eviktion, en zss, 54,
1934, 174 nt. 2, quien considera además “creíble” la totalidad de reconstrucción propuesta). A
El problema del quantum de la condena en el contexto de las disputas entre sabinianos y proculeyanos… 257
Pero, además, habría suficientes indicios para suponer que incluso todo el
resto del texto sufrió numerosas alteraciones postclásicas que desfiguraron
su sentido original3. A salvo de estas hipótesis críticas suele quedar la pri-
mera parte del fragmento (Si-quaeritur), ya que no habría motivos suficien-
tes para no atribuir a Pomponio el planteo del problema. Por el contrario,
muchos son los que han dudado de la autenticidad de la solución. Si bien
es cierto que corresponde atribuirla en su totalidad a Próculo (Proculus vi-
dendum- promisissem evinceret), hay algunos indicios que indican que habría
sido alterada: en principio se denuncia la vaguedad de la expresión quoque,
respecto a la cual es difícil encontrar una referencia4. También suele sospe-
charse de la constante mutación que, en los distintos tramos del discurso,
se verifica en relación con los vicios que en el supuesto fáctico afectan al
esclavo (furtivus, morbus, erro)5.
El fragmento comienza con la descripción de un supuesto fáctico y la con-
siguiente cuestión jurídica que plantea el caso: Si servus, cuius nomine duplam
stipulati sumus, evictus fuerit a nobis: ob id quod fugitivus vel sanus non fuerit
an agere nihilo minus possimus, quaeritur (Si el esclavo por el que nos hicimos
prestar la estipulación del duplo [del precio para el supuesto de evicción]
nos hubiese sido reivindicado, se plantea si –no obstante ello– podríamos
ejercitar la acción en virtud de que haya sido fugitivo o no haya sido sano).
Se produjo la evicción de un esclavo vendido respecto al cual el com-
prador se había hecho estipular por el vendedor el pago del doble del pre-
cio acordado en caso de evicción. Surge el problema de determinar si se
le concederá al comprador (ya privado del esclavo) algo más en virtud de
que el esclavo presentaba algún vicio oculto: concretamente, se dice que
el esclavo era fugitivo o no sano. En otros términos: C le vende a A un es-
clavo defectuoso y, además, le promete que le pagará el doble del precio
en el supuesto de que sufriera la evicción del esclavo. Esta se produce. La
cuestión jurídica –tal como la plantea Pomponio en su comentario a Sabino–
un glosador la atribuyen: G. Impallomeni, L’editto degli edili curuli, Padova, 1955, 50 nt. 14 y D.
Medicus, Id quod interest. Studien zum römischen Recht des Schadensersatzes, cit., 115.
3 D. Medicus, Id quod interest. Studien zum römischen Recht des Schadensersatzes, cit., 114 ss.
4 D. Medicus, Id quod interest. Studien zum römischen Recht des Schadensersatzes, cit., 114 y nt. 19.
5 Remarca este aspecto: D. Medicus, Id quod interest. Studien zum römischen Recht des Schadens-
ersatzes, cit., 115.

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex