¿Cómo proceder ante los estados de emergencia en la copropiedad? - Propiedad horizontal, 100 lecciones básicas que debe conocer - Libros y Revistas - VLEX 741984213

¿Cómo proceder ante los estados de emergencia en la copropiedad?

AutorMartha Elena Ramírez C.
Páginas189-191

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En caso de emergencias tales como: ausencia de energía con problemas de iluminación, inundación, terremoto, incendios o bloqueo del ascensor entre otros sucesos, que representen algún tipo de riesgo para la comunidad, se deberá proceder por parte del cuerpo de vigilancia de turno, los correctivos necesarios de forma inmediata así:

  1. Si se trata de problemas de SUMINISTRO DE LA ENERGÍA, se deberá verificar si el corte de ésta es en toda la zona o solamente en los predios internos de la copropiedad. En todo caso, los encargados de seguridad, darán parte inmediato telefónicamente a la empresa prestadora de servicio. Si solo se trata de un problema interno, el personal de seguridad y vigilancia deberá bajar los breques que correspondan a esta área y comunicar de inmediato a la Administración o a los miembros del Consejo para actuar de forma inmediata en el restablecimiento de ésta.

  2. Si se trata de la FALTA DE GAS O DE ESCAPES de éste, se informará de forma inmediata a la empresa suministradora de este servicio antes de que suceda una explosión procediendo a cerrar la llave de paso. Si ésta se presenta en un apartamen-

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    to, el rondero, si lo hay, deberá cerrar el registro y dar aviso a los ocupantes o responsables del apartamento. En caso de ausencia de estos, informará a la Administración. Los daños ocasionados por el daño, correrán a cargo del propietario del inmueble donde ocurrió el percance.

  3. Cuando se trate de INCENDIO o CONFLAGRACIÓN, el personal de seguridad, suspenderá el servicio de energía de todo el edificio, y activará la alerta mediante alarma sonora o llamando a las unidades privadas comunicando la situación para que la gente pueda salir de forma inmediata. Deberá avisar a los residentes y demandar de ellos su colaboración para efectuar la evacuación. Utilizará los extinguidores, teniendo en cuenta las instrucciones de manejo y evitará el ingreso de personas extrañas a la copropiedad. El rondero, portero o quien haga las veces, comunicará a bomberos la emergencia, mientras avisa a la mayor brevedad posible a la administración y al consejo de lo que está sucediendo para poder controlar la situación.

  4. En caso de atascamiento del ASCENSOR: Cuando el ascensor se quede atascado o bloqueado entre los pisos de una...

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