Procedimiento ante el Órgano de Solución de Diferencias de la Organización Mundial del Comercio (omc) - Procedimiento ante instancias internacionales de derecho económico internacional - Procedimiento, litigio y representación ante tribunales internacionales - Libros y Revistas - VLEX 697782641

Procedimiento ante el Órgano de Solución de Diferencias de la Organización Mundial del Comercio (omc)

AutorLaura Victoria García-Matamoros - Ana Cecilia Restrepo Escobar - Walter Arévalo-Ramírez
Páginas537-586
537
Capítulo Noveno
Procedimiento ante el Órgano de Solución de
Diferencias de la Organización Mundial del
Comercio ()*
Laura Victoria García-Matamoros**
Ana Cecilia Restrepo Escobar***
Walter Arévalo-Ramírez****
1. Introducción
La Organización Mundial del Comercio () es una organización internacional
que cumple una doble función. Como lo sugiere su nombre, busca la apertura en
materia comercial sirviendo como foro a los Estados para que estos puedan nego-
ciar la eliminación de barreras técnicas y económicas para el comercio. Cuenta
también con un Órgano de Solución de Diferencias (), fruto de un proceso
de casi cinco décadas de ensayos, errores y reformas que es de vital importancia
para que los Estados, sin importar su tamaño o la asimetría en temas de desarro-
llo, puedan participar del comercio mundial en condiciones de igualdad relativa
1
.
* Agradecimientos a Camila Ortegón, miembro del Semillero de Investigación en Litigio
Internacional.
** Abogada de la Universidad del Rosario, posgrado en Derecho Internacional Privado de la Uni-
versidad de París II Pantheón-Assas, doctora en Derecho de la Universidad Externado de Colombia.
Profesora titular y directora del Grupo de Investigación en Derecho Internacional de la Facultad de
Jurisprudencia. Universidad del Rosario.
*** Abogada de la Universidad del Rosario. Especialista en Derecho Tributario de la misma uni-
versidad. Actualmente es candidata a magíster en Derecho Tributario Internacional de la Universidad
de Florida, . .
**** Profesor investigador de Derecho Internacional, Universidad del Rosario. Abogado y politólogo,
con especialización en Derecho Constitucional. LL.M. en International Law and Legal Studies, Stetson
University College of Law. Miembro del Grupo de Investigación de Derecho Internacional, Universidad
del Rosario y Doctorante en Derecho. Profesor asociado de la Universidad El Bosque y catedrático de
la Ponticia Universidad Javeriana.
1 Organización Mundial del Comercio, Informe Anual 2013. Organización Mundial del Comercio,
consultado junio 6, 2014, http://www.wto.org/spanish/res_s/booksp_s/anrep_s/anrep13_s.pdf
538
Procedimiento, litigio y representación ante tribunales internacionales
Se habla de igualdad relativa y no absoluta porque la  comprende que
los países en vías de desarrollo necesitan tiempo y asesoría, y recibir inicialmente
un trato diferenciado en razón de sus particularidades, para poder entrar a hacer
parte de la cadena de comercio internacional. La  se basa en la creencia
rme de que el comercio internacional abierto conlleva al desarrollo, dado que
incentiva la inversión extranjera directa y la expansión de las oportunidades
comerciales de los productores y empresarios locales2.
1.1. Naturaleza de los obstáculos al comercio
La lucha contra los obstáculos al comercio es una de las funciones esenciales
de los acuerdos de la  y de su Sistema de Solución de Diferencias. Doc-
trinalmente se han identicado dos clases de barreras al comercio que la 
busca combatir: las arancelarias y las técnicas o no arancelarias que se explican
a continuación.
Arancelarias Técnicas o no arancelarias
Se trata de tasas muy altas, cuotas o restricciones
de índole económica que se le imponen a los
productos que entren a un determinado Estado.
Restricciones que se basan, al menos en aparien-
cia, en la salud, la seguridad y el medio ambiente.
Estas restricciones pueden adoptarse efectiva-
mente por preocupaciones legítimas o pueden
utilizarse como medida para generar asimetrías
en el comercio.
2. Antecedentes del acuerdo mundial por una organización para
la liberalización del comercio
2.1. Justicación histórica
Con la caída del muro de Berlín, cae también el paradigma de que el socia-
lismo podría ser la ruta hacia el bienestar, que fue reemplazado paulatinamente
por el paradigma del libre mercado. En este sentido, buena parte del mundo
en desarrollo apostó por la apertura de las fronteras estatales al comercio y la
abolición del proteccionismo, lo cual representó un aumento signicativo de
los actores dentro del comercio internacional y del volumen de este último.
2 Como se evidencia en el Entendimiento sobre Solución de Diferencias (), en los artículos 3
par. 12, artículo 4 par. 10, artículo 8 par. 10, y el artículo 24.
539
Procedimiento ante el Órgano de Solución de Diferencias de la Organización Mundial del Comercio ()
Sin duda, entonces, el principio de la década de los noventa fue un momento
fértil para la creación de una organización de esta naturaleza3.
2.2. Justicación desde las ventajas comparativas
Desde el punto de vista de la teoría económica sobre las ventajas comparati-
vas, se predica que cada Estado según su historia, ubicación geográca, clima
y otros factores puede producir algún producto o productos especícos de
la manera más eciente posible. Si cada Estado se dedica a producir aquel o
aquellos productos especícos, la apertura del comercio sería lo más deseable
desde el punto de vista de la eciencia y el bienestar generalizado4.
Aunque la teoría de las ventajas comparativas nació a mediados del siglo 5,
los Estados han reaccionado a las crisis económicas cerrando sus fronteras
o aumentando los aranceles, desincentivando de esta manera la entrada de
productos extranjeros. La idea detrás de esto es dar tiempo a los producto-
res locales para que se recuperen, al reducir signicativamente la entrada de
productos desde el exterior.
No obstante, estas políticas terminan siendo bastante problemáticas, en la
medida en que acaban con los benecios que propone la teoría de las ventajas com-
parativas. Si el Estado A sube sus aranceles a todos los productos que entran desde
el exterior, los demás Estados a su vez le subirán los aranceles a dicho Estado; de
esta manera se diculta o incluso se bloquea el comercio exterior del Estado A. El
ejemplo clásico que explica este fenómeno se dio en 1930 después de la caída de la
bolsa de los Estados Unidos cuando el congreso norteamericano expidió lo que se
conoce como el Smoot-Hawly Tarri Act que aumentó los aranceles en un 60 %.
Los socios comerciales de Estados Unidos hicieron lo propio, y adicionalmente
devaluaron sus monedas para obtener la ventaja competitiva en las exportaciones.
3 J. H. Jackson, “e Case for the World Trade Organization”, International Aairs (mayo 2008), 438.
4 A. Narlikar, e World Trade Organization: A Ver y Short Introduction. (Oxford: Oxford University
Press, 2005), 3-5.
5 La teoría de las ventajas comparativas ha sido objeto de fuertes críticas. Para ver un recorrido sobre
la historia de esta teoría y sus críticas: Laura Victoria García-Matamoros, El Derecho al Desarrollo y sus
Perspectivas de Aplicación den la omc: Hacia un sistema multilateral de comercio en función de los derechos,
(Leipzig: Editorial Académica Española), 208-239, y J. R. Paul, ¿Es realmente libre el libre Comercio?
Trad. H. Alviar García, (Bogotá: Facultad de Derecho de los Andes, Ponticia Universidad Javeriana,
Instituto Pensar, Siglo del Hombre Editores).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR