Procedimientos en materia de solicitudes de prestación y de suspensión de común acuerdo de los servicios de acueducto y alcantarillado - Otras disposiciones - Regulación integral del sector de agua potable y saneamiento basico en Colombia - Libros y Revistas - VLEX 585839030

Procedimientos en materia de solicitudes de prestación y de suspensión de común acuerdo de los servicios de acueducto y alcantarillado

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Parágrafo. Podrá solicitar la realización de la audiencia pública a que hace referencia el presente
capítulo cualquiera de las personas que se constituyeron en parte dentro del procedimiento de
modificación de fórmulas y/o del costo económico de referencia.
§0438. Artículo 5.2.1.10. Vigencia de las modificaciones de las fórmulas tarifarias. La vigencia de
las modificaciones de las fórmulas tarifarias a que se refiere el presente capítulo será de cinco (5)
años de conformidad con lo establecido para el efecto en el artículo 126 de la Ley 142 de 1994.
§0439. Artículo 5.2.1.11. Vigencia de las modificaciones de los costos económicos de referencia.
La vigencia de las modificaciones de los costos económicos de referencia corresponderá en cada
caso particular al período definido por la Comisión, y en general seguirá las reglas de vigencia de
los actos administrativos.
§0440. Artículo 5.2.1.12. Notificación y publicación de la decisión. La resolución mediante la cual
se resuelve la solicitud de modificación de la fórmula tarifaria y/o del costo económico de
referencia del servicio se notificará a quienes se hayan constituido como parte y se publicará en el
Diario Oficial.
§0441. Artículo 5.2.1.13. Recursos. Contra el acto que decide la modificación de fórmulas
tarifarias y/o del costo económico de referencia del servicio procede el recurso de reposición
dentro de los cinco días siguientes a la fecha de notificación.
§0442. Artículo 5.2.1.14. Transitorio. Régimen aplicable a solicitudes en curso. A las solicitudes de
modificación de fórmulas y/o costos económicos de referencia presentadas durante la vigencia del
Capítulo V de la Resolución CRA 151 de 2001, se les exigirán los requisitos contenidos en la misma,
según sea el caso. Para su trámite se aplicará lo dispuesto en esta resolución.
CAPÍTULO 3
Procedimientos en materia de solicitudes de prestación y de suspensión de común acuerdo de
los servicios de acueducto y alcantarillado
Sección 5.3.1

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