El proceso monitorio. Tendencia del derecho procesal iberoamericano - Núm. 40, Enero 2014 - Revista del Instituto Colombiano de Derecho Procesal - Libros y Revistas - VLEX 631564557

El proceso monitorio. Tendencia del derecho procesal iberoamericano

AutorMagda Isabel Quintero Pérez, Samir Alberto Bonett Ortiz
Páginas345-363
Magda Isabel QuIntero Pérez y saMIr alberto bonett ortIz
Issn 2346 - 3473 • pp. 345-363 • Edición año 2014 • Bogotá, D.C. - Colombia 
E  .
T   
*
Magda Isabel Quintero Pérez**
Samir Alberto Bonett Ortiz***
Asesor: Carlos Alberto Colmenares Uribe****
R
El proceso monitorio es una tendencia del derecho procesal
iberoamericano, así lo demuestran el Código Procesal Civil Modelo
para Iberoamérica y sus Propuestas para las Bases del Nuevo Código,
y los casos de Uruguay, Venezuela, Brasil, Argentina (Provincia de
La Pampa), España, Perú, Chile, Honduras, Costa Rica, El Salvador y
* La bas e de este artículo fue presentada como ponencia en el Concurso para Abogados en
el marco de la s XXIV Jornadas Iberoameric anas de Derecho Procesal, organizadas por el
Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal y el Instituto Colombo Panameño de Derecho
Procesal, en Ciudad de Panamá, el 26, 27 y 28 de marzo de 2014
** Abogada. Egresada y Especialista en Dere cho Público de la Universidad Libre Seccional
Cúcuta. Candidata a Magister en Derecho con Énfasis en Responsabilidad Contractual
y Extracontractual Civil y del Estado. Direc tora Ejecutiva del Instituto Colombiano de
Derecho Procesal. Docente de la Universidad Libre de Colombia. Miembro de los Institutos
Colombiano e Iberoamericano de Derecho Procesal. Mail: magdaisabelqp@hotmail.com
*** Abogado. Egresado y Especialista en Derecho Laboral de la Universidad Libre Seccional
Cúcuta. Secretario del Instituto Colombiano de Derecho Procesal, Capítulo Norte de
Santander. Docente Investigador y Codirector de los Semilleros de Derecho Procesal y
Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de l a Universidad Libre Seccional Cúcuta .
Miembro de los Institutos Colombiano e Iberoamericano de Derecho Procesal. Abogado
asesor y litigante. Mail: samir.bonett@unilibrecucuta.edu.co
**** Profesor de la Universidad Libre Seccional Cúcuta, Colombia. Miembro de los Institutos
Colombiano e Iberoamericano de Derecho Procesal.
Fecha Recibido: abril 11 de 2014 • Fecha Aceptado: julio 31 de 2014
  .     
Revista del Instituto Colombiano de Derecho Procesal • No. 

Colombia, pero como toda idea nueva puede ser objeto de resistencia
y crítica porque nuestra tradición procesal nos ha enseñado que el
título ejecutivo judicial se obtiene con la sentencia y que a ella se
llega después de una serie sucesiva de actos (litis contestatio, pruebas,
alegatos y sentencia) y precisamente el proceso monitorio altera ese
orden casi prescindiendo formalmente de las etapas probatoria y de
alegatos para iniciar casi con la sentencia. Como con toda idea nueva,
antes de la resistencia y crítica, es necesario conocer sus fundamentos,
como su n, naturaleza y la experiencia de otros países, para tener una
idea más aproximada y luego juzgar su conveniencia o no. Y ese es
el objetivo de este estudio: tratar de exponer los principales funda-
mentos del proceso monitorio y hacer un repaso por los países de
Iberoamérica que lo han implementado, y así saber si conviene o no.
Palabras clave: proceso monitorio, procedimiento ordinario, inver-
sión del contradictorio, tutela judicial efectiva, derecho procesal
iberoamericano.
A:
e payment procedure is a trend of Latin American procedural
law, as demonstrated by the Civil Procedure Code Model for Latin
America and the Tender Proposals for New Code, and cases of
Uruguay, Venezuela, Brazil, Argentina (Province of La Pampa), Spain,
Peru, Chile, Honduras, Costa Rica, El Salvador and Colombia, but
like any new idea can be resistance and criticism because our judicial
tradition has taught us that the judicial enforcement is obtained
with the sentence and that she will get after a succession of acts (litis
contestatio, evidence, arguments and judgment) and the payment
procedure alters, precisely, that order formally almost regardless of
the evidence and pleadings stage to start almost to the decision. As
with any new idea, before the resistance and criticism, it is necessary
to know its foundations, as its purpose, nature and the experience
of other countries, to have a better idea and then, judge their conve-
nience or not. And that is the goal of this study: to try to outline the
main foundations of the payment procedure and do a review of the
Latin American countries that have implemented it, and thus know
whether or not to.
Key words:: Payment procedure, standard procedure, contradictory
investment, eective remedy, Latin American procedural law.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR