Decreto número 3450 de 2009, por el cual se reglamenta el Programa de Subsidio Familiar de Vivienda vinculado a Macroproyectos de Interés Social Nacional. - 11 de Septiembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 66889405

Decreto número 3450 de 2009, por el cual se reglamenta el Programa de Subsidio Familiar de Vivienda vinculado a Macroproyectos de Interés Social Nacional.

EmisorMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
Número de Boletín47469

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del articulo 189 de la Constitucion Politica y en desarrollo de los articulos 79 y 82 de la Ley 1151 de 2007, DECRETA:

CAPITULO I Disposiciones generales Artículos 1 y 2
Articulo 1° Subsidio Familiar de Vivienda vinculado a Macroproyectos de Interes Social Nacional

El Subsidio Familiar de Vivienda que reglamenta el presente decreto se otorga unicamente para la adquisicion de vivienda nueva en los Macroproyectos de Interes Social Nacional que sean adoptados por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

Articulo 2° Recursos aportados a los Macroproyectos de Interes Social Nacional

El FonNacional de Vivienda "Fonvivienda" y las entidades publicas legalmente habilitadas para efecto, podran destinar recursos para la ejecucion de los Macroproyectos de Interes Social Nacional, transfiriendolos a los patrimonios autonomos que se constituyan para el manejo de estos, mediante la celebracion de contratos de fiducia mercantil, la firma de convenios o a traves de resolucion de asignacion. Los recursos asi otorgados seran posteriormente individualizados 4 Viernes 11 de septiembre de 2009 a favor de los hogares que cumplan con las condiciones establecidas en la ley y en el presente decreto, a titulo de Subsidio Familiar de Vivienda, mediante acto administrativo que no generara ejecucion presupuestal.

CAPITULO II Aplicacion de subsidios familiares de vivienda en macroproyectos de interes social nacional Artículos 3 y 4
Articulo 3° Aplicacion de Subsidios Familiares de Vivienda en Macroproyectos de Interes Social Nacional

Los hogares beneficiarios de Subsidios Familiares de Vivienda, a traves de convocatorias diferentes a las que se realicen en el marco de los Macroproyectos, podran aplicarlos para adquirir una solucion habitacional en los Macroproyectos de Interes Social Nacional adoptados por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, siempre que demuestren los recursos complementarios para el cierre financiero.

Para la aplicacion del Subsidio Familiar de Vivienda antes señalado, el hogar beneficiario debera autorizar el giro de la totalidad del mismo, por parte de la entidad donde se encuentre depositado, al patrimonio autonomo mediante el cual se desarrolle el respectivo Macroproyecto y suscribir la correspondiente promesa de compraventa con la entidad fiduciaria representante de dicho patrimonio autonomo o el gestor del mismo. Los recursos asi girados se destinaran a la ejecucion integral del Macroproyecto, a partir de su ingreso al patrimonio autonomo.

La legalizacion de dicho Subsidio Familiar de Vivienda se hara una vez se culmine y transfiera la solucion habitacional, mediante la correspondiente escritura publica, la cual debera ser debidamente registrada y en ella se hara constar que parte del precio de la adquisicion es el Subsidio Familiar de Vivienda. En consecuencia, tendra las restricciones de que trata la Ley 3ª de 1991.

Paragrafo. Si el Subsidio Familiar de Vivienda asignado se encuentra vinculado a un proyecto de vivienda, el beneficiario solo podra adquirir una solucion habitacional en un Macroproyecto, previa desvinculacion del proyecto, mediante la resciliacion del contrato de promesa de compraventa, o con autorizacion expresa del oferente del proyecto.

En todo caso, si los recursos ya fueron girados al encargo fiduciario constituido por el oferente, este y el...

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