La propiedad intelectual también juega - Núm. 33, Enero 2022 - Revista La Propiedad Inmaterial - Libros y Revistas - VLEX 907448658

La propiedad intelectual también juega

AutorJuan Carlos Salazar Camargo
CargoAbogado y especialista en Derecho Administrativo de la Universidad Libre de Colombia y maestrante en Derecho de la Propiedad Intelectual y las Nuevas Tecnologías de la Universidad Internacional de la Rioja (España). Bogotá, D. C. (Colombia). Contacto: juan.salazarcamargo@gmail.com. Fecha de recepción: 28 de septiembre de 2021. Fecha de...
Páginas65-84
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juan carlos salazar camargo
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resumen
Este artículo aborda la relación existente entre la propiedad intelectual y el deporte
en el ámbito del manejo publicitario desde dos dimensiones: una individual (ejem-
plificada mediante el manejo de la imagen de Lionel Messi) y una colectiva (o,
más bien, organizativa), ilustrada mediante el manejo de la propiedad intelectual
de dos eventos deportivos: la Copa América y los Juegos Olímpicos. A modo de
conclusión, se manifiesta que la propiedad intelectual es de suma importancia a
la hora de generar ingresos adicionales tanto para los deportistas como para las
organizaciones. Esto también contribuye, por supuesto, al desarrollo deportivo
individual y colectivo.
Palabras clave: propiedad intelectual; derechos de marca; fútbol; derechos de autor;
deporte.
intellectual property also plays
Abstract
This paper tackles the relationship between intellectual property and sports in the
field of the advertisement. It is presented based on two dimensions: on one hand,
the individual dimension (showing the example of the management of Lionel
* Abogado y especialista en Derecho Administrativo de la Universidad Libre de Co-
lombia y maestrante en Derecho de la Propiedad Intelectual y las Nuevas Tecnologías de
la Universidad Internacional de la Rioja (España). Bogotá, D. C. (Colombia). Contacto:
juan.salazarcamargo@gmail.com. Fecha de recepción: 28 de septiembre de 2021. Fecha de
aceptación: 13 de octubre de 2021. Para citar el artículo: Salazar Camargo, Juan Carlos.
“La propiedad intelectual también juega”, en Revista La Propiedad Inmaterial n.° 33,
Universidad Externado de Colombia, enero-junio 2022, pp. 65-84. DOI: https://doi.
org/10.18601/16571959.n33.03
la propiedad intelectual
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Juan Carlos Salazar Camargo
Messi’s image) and on the other hand, the collective dimension (rather organi-
zational dimension), illustrated by the management of intellectual property of
Copa América and Olympic Games. In conclusion, the intellectual property is
meaningful to generate additional incomes for athletes and organizations, from
there it follows the importance of it. Naturally, it contributes too to the individual
and collective development.
Keywords: Intellectual Property; Trademark Rights; Soccer; Copyrights; Sport.
introducción
En este artículo se abordará la relación entre la propiedad intelectual y la indus-
tria del deporte con un enfoque en el derecho de marcas, el derecho de autor y
conexos encaminados al espectáculo deportivo. Se hará énfasis en experiencias,
prácticas legales en Latinoamérica, Europa y Estados Unidos. Se examinará la
relevancia de estos conceptos a partir de la perspectiva de uno de los deportistas
más relevantes de la historia, el argentino Lionel Andrés Messi y a partir de dos
de las competiciones más grandes del mundo del deporte, los Juegos Olímpicos y
la Copa América de Fútbol.
i. definición de la propiedad intelectual y conceptos clave
Las creaciones del intelecto humano son un bien muy particular y distinto a los
bienes o servicios “convencionales”. Primero: el intelecto humano nunca está com-
pletamente especificado, pues hay componentes tácitos que se deben ir reuniendo
con base en el aprendizaje y la acumulación de experiencias en la puesta en práctica
de este1. Segundo, retomando las palabras de Paul Romer, es un bien respecto al cual
media la imperfecta excludibilidad2, pues es difícil definir derechos de propiedad
que delimiten taxativamente qué es de quién. Tercero, las creaciones del intelecto
son un bien que permite que el uso que haga un agente económico particular del
mismo, no excluye el uso que puede hacer un tercero, lo que lo convierte en un
bien “no rival”3. Cuarto, la incertidumbre durante su “producción” y las economías
de escala e indivisibilidades juegan un papel importante4.
Sin embargo, no todo conocimiento es creación intelectual protegible. Y es
que se debe recordar que toda creación intelectual original, entendiendo esta como
aquel resultado del desarrollo del intelecto de su autor, es susceptible de ser pro-
tegida. Lo anterior excluye a aquellas que no sean originales, o que no provengan
1 Abarza, Jacqueline y Katz, Jorge. Los derechos de propiedad intelectual en el mundo
de la OMC. Santiago de Chile: CEPAL, 2002. Disponible en: https://bit.ly/2ZsyRhy
2 Romer, Paul. “Endogenous Technological Change”. The Journal of Political Economy,
vol. 98, n.° 5, 1990, pp. 71-102.
3 Abarza y Katz, op. cit., p. 8.
4 Ibid., p. 8.

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