Propuesta de armonización de la Norma Internacional de Contabilidad del Sector Público 32 'NICSP 32' Concesiones de Servicios: otorgador en el sector público colombiano - Núm. 17, Enero 2014 - Revista Apuntes Contables - Libros y Revistas - VLEX 847027506

Propuesta de armonización de la Norma Internacional de Contabilidad del Sector Público 32 'NICSP 32' Concesiones de Servicios: otorgador en el sector público colombiano

AutorLaura Rojas
CargoContadora Pública, de la Universidad Externado de Colombia
Páginas9-35
REsumEN
El objetivo general de este trabajo es
presentar una propuesta para incorporar
en la contabilidad pública la Norma
Internacional de Contabilidad del Sec-
tor Público 32, nicsp 32. El problema
se centró en cómo deben revelar en su
situación financiera los Servicios de
Concesión conforme a las Normas In-
ternacionales de Contabilidad Pública.
La armonización en Colombia de la
Norma Internacional de Contabilidad
del Sector Público 32 Concesiones de
Servicios: Otorgador generaría varios
impactos. Los principales efectos se-
rían: en primera instancia, la ampliación
del alcance del Capítulo xx del Manual
de Procedimientos del Régimen de
Contabilidad Pública, tratando no solo
el procedimiento para la infraestructura
PROPuEsTa DE aRmONIzaCIóN DE la NORma
INTERNaCIONal DE CONTabIlIDaD DEl sECTOR
PúblICO 32 –NICsP 32– CONCEsIONEs
DE sERvICIOs: OTORgaDOR EN El sECTOR
PúblICO COlOmbIaNO*
Laura Rojas, cp**
* Trabajo de grado de la autora, editado para el presente artículo.
Presentado en octubre de 2013, aprobado para publicación el 15 de
noviembre de 2013.
** Contadora Pública, de la Universidad Externado de Colombia.
Correo-e: [laurap.rojas@est.uexternado.edu.co].
de transporte, sino para otras concesio-
nes de servicios; en segundo lugar, la
implementación de la nicsp 32 implica
extender el reconocimiento, lo cual
permite aclarar cuándo y cómo se reco-
noce un activo de concesión, un pasivo
financiero y los diferentes eventos que
provengan de un contrato de concesión;
tercero, se generarían cambios en la me-
dición, en el tratamiento contable de las
garantías de los contratos de concesión,
abolición de las cuentas de orden y en
la información a revelar en las notas a
los estados financieros.
INTRODuCCIóN
La armonización de estándares inter-
nacionales de contabilidad es necesaria
para asumir los retos que la globaliza-
ción exige. Así mismo, es vital para
que la información financiera pueda
@puntes cont@bles n.º 17 – 2014 – pp. 9-35
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ser comparable, comprensible y fiable
para todos los usuarios en los ámbitos
nacional e internacional.
Los estándares internacionales son una
necesidad, así como una obligación para
el país, debido a que la calidad de la
información contable debe mejorar para
que el gobierno pueda tomar decisiones
acertadas y estar preparado para futuros
acuerdos económicos; esto podrá ser
posible si Colombia aplica las Normas
de Contabilidad del Sector Público, que
permitan preparar información financie-
ra consolidada de la nación entendible
para todos los países.
Las normas contables en el ambiente
mundial están presentando diversos
cambios con el paso del tiempo, cam-
bios que representan diferentes benefi-
cios tanto para empresas privadas como
para las entidades del sector público del
país. Estas normas evolucionarán no
solo en lo legal, contable y aplicativo
para las empresas y entidades públicas,
sino que también permitirán que la in-
formación financiera sea comprensible
para todos los países, puesto que las
transacciones y los reportes estarían
bajo un mismo parámetro.
En Colombia, las concesiones se ha-
cen mediante un contrato que consta
de dos partes: un concedente, que es
el propietario del bien o servicio, y un
concesionario, quien explota ese bien
o servicio del concedente. El contrato
se realiza “con el objeto de otorgar al
concesionario, la prestación, operación,
explotación, organización y/o gestión,
total o parcial, de un producto, marca o
servicio, o la construcción, explotación o
conservación de una obra o bien destina-
dos al servicio o uso público como en el
caso de las concesión que hace el Estado
para la construcción y administración
de una autopista, puerto, aeropuerto,
etc., así como aquellas actividades ne-
cesarias para la adecuada prestación o
funcionamiento de la obra o servicio por
cuenta y riesgo del concesionario y bajo
la vigilancia y control de la entidad con-
tratante, a cambio de una remuneración
que puede consistir en derechos, tarifas,
tasas, valoración, o en la participación
que se le otorgue en la explotación del
bien, o en una suma periódica, única o
porcentual y en general, en cualquier otra
modalidad de contraprestación que las
partes acuerden”1.
Sin embargo, la normatividad interna-
cional acerca de las concesiones mues-
tra ciertas diferencias que es necesario
identificar para la correcta adopción en
nuestro país.
Respecto al tema, se encuentran varios
documentos para el sector privado, pero
para el sector público la Contaduría
General de la Nación ha abarcado 21
Normas Internacionales de Contabili-
dad, haciendo falta 13 normas.
Por lo anterior, este trabajo se realizó
referente a la Norma de Contabilidad
del Sector Público 32 Concesiones de
Servicios: Otorgador, de la que no se
encontraba una versión en español. Para
tal fin, se propuso en primera instancia
la traducción, luego el análisis, seguido
de la comparación con la normatividad
del país y posteriormente se elaboró
1 [www.gerencie.com/contrato-de-concesion.html].

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