Protección, limitación y vulneración del ejercicio de derechos fundamentales en la persecución penal - Núm. 27, Julio 2018 - Ratio Juris - Libros y Revistas - VLEX 777693645

Protección, limitación y vulneración del ejercicio de derechos fundamentales en la persecución penal

AutorSaúl Uribe García
CargoDocente e investigador Universidad Autónoma Latinoamericana de Medellín, (Colombia). Abogado litigante
Páginas173-208
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PROTECCIÓN, LIMITACIÓN Y VULNERACIÓN
DEL EJERCICIO DE DERECHOS FUNDAMENTALES
EN LA PERSECUCIÓN PENAL
PROTECTION, LIMITATION AND VIOLATION OF THE EXERCISE
OF FUNDAMENTAL RIGHTS IN CRIMINAL PROSECUTION
ARTÍCULOS DE INVESTIGACIÓN
Saúl Uribe García*
Recibido: 20 de septiembre de 2017 - Aceptado: 20 de enero de 2018 –
Publicado el 31 de diciembre de 2018
DOI: 10.24142/raju.v13n27a7
* Docente e investigador Universidad Autónoma Latinoamericana de Medellín, (Colombia). Abo-
gado litigante. Correo electrónico: saul.uribe@unaula.edu.co
Resumen
La presente investigación es de carácter hermenéutico y doctrinal,
partiendo de la norma y cruzando por los principios y valores que dan
sentido a los derechos fundamentales como teleología de los fines, y
el ethos de la norma y la doctrina como el deber ser de la norma. Para
ello, se plantea que el Estado conserva el monopolio de administrar
justicia en lo penal, y el proceso penal se convierte en escenario ade-
cuado para lograr este cometido, independientemente de la decisión
mediante la cual se finiquite. El ejercicio del ius puniendi estatal gira
en torno al ejercicio de los derechos fundamentales, principalmente
del indiciado, imputado, acusado o condenado, desde tres alternati-
vas. La primera, la protección del ejercicio de los derechos fundamen-
Revista
Ratio Juris
Vol. 13 N.º 27, 2018, pp. 173-208 © UNAULA
Saúl Uribe García
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tales como obligación del Estado, frente a la limitación o vulneración.
La segunda, la limitación del ejercicio de los derechos fundamentales,
siempre que se observen las condiciones y requisitos constitucionales
y legales. La tercera, la vulneración del ejercicio de los derechos fun-
damentales cuando existe intromisión arbitraria e ilegal, que neutra-
lice su ejercicio. Frente a la vulneración del ejercicio de los derechos
fundamentales, en la actuación penal, se activan varios mecanismos,
dependiendo de cada caso y tipo de vulneración, cuya consecuencia
es la sanción procesal desde diferentes puntos de vista y, por consi-
guiente, el restablecimiento y goce del ejercicio del derecho funda-
mental vulnerado. Teniendo en cuenta lo anterior, el artículo muestra
que en la investigación, juzgamiento y ejecución penal, y en la inter-
vención de la Fiscalía, defensa y víctima tienen límites: el respeto del
ejercicio de los derechos fundamentales.
Palabras clave: proceso penal, derechos fundamentales, limitación
derechos fundamentales, vulneración derechos fundamentales.
Abstract
The present investigation is of hermeneutic and doctrinal character,
starting from the norm and crossing the principles and values that
give sense to the fundamental rights as teleology’s purpose, and the
distintive character of the norm and the doctrine as the must be of the
norm. To this end, it is argued that the State retains the monopoly of
administering criminal justice, and the criminal process becomes an
appropriate scenario to achieve this task, regardless of the decision
by which finiquite. The exercise of the state’s “ius puniendi” revol-
ves around the exercise of fundamental rights, mainly of the indicted,
accused, accused or convicted, from three alternatives. The first, the
protection of the exercise of fundamental rights as an obligation of
the State, against limitation or violation. The second, the limitation
of the exercise of fundamental rights, provided that the conditions
and constitutional and legal requirements are observed. The third, the
violation of the exercise of fundamental rights when there is arbitrary
and illegal interference, which neutralizes its exercise. Faced with the
violation of the exercise of fundamental rights, in criminal procee-
dings, several mechanisms are activated, depending on each case and
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type of violation, whose consequence is the procedural sanction from
different points of view and, consequently, the restoration and enjoy-
ment of of the exercise of the fundamental right violated. Taking into
account the above, the article shows that in the investigation, trial and
criminal execution, and in the intervention of the Prosecutor, defense
and victim have limits: respect for the exercise of fundamental rights.
Keywords: Criminal Process, Fundamental Rights, Limitation of
Fundamental Rights, Violation of Fundamental Rights.
Introducción
¿Es válido que el Estado colombiano, en el ejercicio de la persecución
penal, vulnere el ejercicio de los derechos fundamentales? La respuesta es
que el Estado debe proteger y puede limitar dicho ejercicio, más no vulne-
rarlos, porque los tratados internacionales que se refieren a los Derechos
Humanos, la Constitución Política de 1991 y la ley 906de 2004 prescriben
los requisitos para que se pueda limitar este ejercicio, de no ser así, se in-
curre en su vulneración. En conclusión: el Estado no puede transgredir los
derechos fundamentales.
A través del ius puniendi estatal, el Estado tiene el monopolio de ad-
ministrar justicia en lo penal, que comprende la fase de investigación, juzga-
miento y ejecución de conductas al margen del derecho penal. Pero si bien el
Estado tiene el monopolio de administrar justicia, también debe garantizar
la justicia, garantía que se constituye en el fundamento jurídico constitucio-
nal del derecho procesal (Schmidt, 2006).
El proceso penal, en palabras de la Corte Suprema de Justicia:
Es, en esencia, escenario de controversia, a través del cual el Estado
ejercita la potestad de investigar, juzgar y sancionar la realización de
conductas prohibidas por el ordenamiento jurídico. Esa actividad, sin
embargo, en virtud del principio de legalidad, no puede desarrollarse
de modo arbitrario, pues la ley establece las reglas de su adelanta-
miento y a ellas deben sujetarse las actuaciones del Fiscal, del Juez

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