Proyecto de acto legislativo 01 de 2008 senado - 28 de Julio de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451462722

Proyecto de acto legislativo 01 de 2008 senado

PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO 01 DE 2008 SENADO. por el cual se modifica el artículo 34 de la Constitución Política

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° El artículo 34 de la Constitución Política quedará así:

Artículo 34. Se prohíben las penas de destierro y confiscación.

No obstante, por sentencia judicial, se declarará extinguido el dominio sobre los bienes adquiridos mediante enriquecimiento ilícito, en perjuicio del Tesoro Público o con grave deterioro de la moral social.

Solo podrá imponer el legislador la pena de prisión perpetua para castigar, en los casos que se definan como graves, la comisión de hechos punibles relacionados con violación sexual de niños seguida de muerte o lesión grave.

La pena de prisión perpetua será revisada de oficio o a petición de parte cuando el condenado haya cumplido 35 años de privación de la libertad por el órgano jurisdiccional que impuso la condena.

El proyecto tendrá mensaje de urgencia y podrá ser objeto de mensaje de insistencia si fuere necesario.

Parágrafo. En ningún caso se podrá aplicar la pena de prisión perpetua a personas que al momento de la comisión del delito, tuvieren menos de dieciocho años de edad o más de setenta, ni se aplicará a las mujeres en estado de gravidez.

Parágrafo Transitorio.El Gobierno Nacional dentro de los treinta (30) días siguientes a la expedición de este acto legislativo, deberá presentar el proyecto de ley que desarrolle lo dispuesto en el presente acto legislativo, incluyendo entre otros los siguientes temas: creación de un Registro Nacional de Violadores (RNV), en donde se incluyan los datos filiatorios y genéticos de las personas que hayan reincidido en este tipo de delitos, sus apodos, seudónimos, sobrenombres y fotografías; mecanismos de identificación de sus automotores con una matrícula de un color especial de fácil identificación; publicación de las fotografías de los violadores en lugares públicos y en redes de Internet.

Artículo 2º El presente acto legislativo rige a partir de la fecha de su promulgación.

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  1. Objeto

El presente proyecto de acto legislativo tiene como objeto la modificación del artículo 34 de la Constitución Política, para hacer posible la inserción en el ordenamiento jurídico colombiano la figura de la Prisión Perpetua por vía constitucional.

Esta iniciativa busca disminuir la problemática de la violación sexual cometida en los niños colombianos, situación que se presenta en el día a día de nuestro país. De forma innegable, son casos de una trascendencia mundial y social, que ha conmovido profundamente el sentir de la población nacional. Es de tal envergadura esta situación por la alta población infantil, el alto índice de impunidad, la flexibilidad de las leyes penales y la falta de denuncia de este ilícito.

II. Justificación.

El proyecto de acto legislativo que sometemos a consideración de la Corporación en estudio, contiene como antecedentes los innumerables casos de violación y violencia cometidos contra los niños y niñas colombianos y de acuerdo a las estadísticas presentadas encontramos lo siguiente:

Denuncias de Violencia Intrafamiliar en las 29 direcciones de Fiscalías

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Fuente: ICBF Nación febrero de 2006.

Violencia intrafamiliar reportada en Centros Zonales ICBF

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Fuente: ICBF febrero de 2006.

Niños y niñas víctimas de delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales

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Fuente: Medicina Legal 2006

Como puede observarse, del total de los dictámenes sexológicos practicados en el año 2005 que fueron 16.267, el 73.6% se hicieron en niñas y niños menores de 14 años; y de esos el 17% corresponde a niños entre cero y cuatro años; el 36.5% a los niños y niñas entre 5 y 9 años y, el 46.3% corresponde a los niños y niñas entre los 10 y 14 años.

Además, según estimaciones realizadas por la Policía Nacional y la Interpol, 35.000 niños-as son explotados-as sexualmente en el país y en el año 2003 la Fundación Renacer estimó una cifra de 5.000 niños y niñas víctimas de explotación sexual en el Distrito Capital.

Dentro de las violaciones al régimen penal se observa que un alto porcentaje de ellas, corresponde a delitos cometidos en menores de edad. En la ciudad de Bogotá por ejemplo, la base de datos de la Fiscalía General de la Nación reporta que en el año 2005 el 21% de los delitos fueron cometidos contra niños y adolescentes.

Delitos contra menores

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En otras ciudades del país, la situación no es menos preocupante, toda vez que se demuestra los altos niveles de violación de los derechos de los niños en todas las modalidades de...

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