Proyecto de acuerdo por el cual se adiciona un título al acuerdo único del sistema general de regalías y se determinan las reglas y competencias de la asignación para la inversión local en ambiente y desarrollo sostenible - Proyectos de Normativa del Departamento Nacional de Planeación - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 897221524

Proyecto de acuerdo por el cual se adiciona un título al acuerdo único del sistema general de regalías y se determinan las reglas y competencias de la asignación para la inversión local en ambiente y desarrollo sostenible

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos01 Febrero 2022
Fecha de Fin de Comentarios Públicos08 Febrero 2022
COMISIÓN RECTORA DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS
ACUERDO NÚMERO xxx DE 2022
( )
REPUBLICA DE COLOMBIA
I
“Por el cual se adiciona un Título al Acuerdo Único del Sistema General de Regalías y se
determinan las reglas y competencias de la Asignación para la Inversión Local en Ambiente
y Desarrollo Sostenible
LA COMISIÓN RECTORA DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS
En ejercicio de sus facultades legales, en particular de las conferidas por los artículos 4 y 5
de la Ley 2056 de 2020, y
CONSIDERANDO
Que el Acto Legislativo 05 de 2011 constituyó el Sistema General de Regalías (SGR), y
modificó los artículos 360 y 361 de la Constitución Política, dictando disposiciones sobre el
régimen de regalías y compensaciones.
Que el Acto Legislativo 05 de 2019 modificó el artículo 361 de la Constitución Política,
dictando disposiciones sobre el régimen de regalías y compensaciones. En particular,
estableció que dos (2) puntos porcentuales de la distribución del 15% para los municipios
más pobres del país se deberá destinar a proyectos relacionados o con incidencia sobre el
ambiente y el desarrollo sostenible y que serán invertidos de acuerdo con una estrategia
nacional de protección de áreas ambientales estratégicas por los municipios.
Que el 30 de septiembre de 2020 fue expedida la Ley 2056 Por la cual se regula la
organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías y determina la
distribución, objetivos, fines, administración, ejecución, control, el uso eficiente y la
destinación de los ingresos provenientes de la explotación de los recursos naturales no
renovables, precisando las condiciones de participación de sus beneficiarios.
Que el artículo 4° de la Ley 2056 de 2020 establece que la Comisión Rectora del SGR es el
órgano encargado de dictar, mediante acuerdos, las regulaciones y lineamientos de carácter
administrativo orientadas a asegurar el adecuado funcionamiento del Sistema.
Que el numeral 1° del artículo 5° de la Ley 2056 de 2020 señala que es función de la
Comisión Rectora Definir las directrices generales, procesos, lineamientos, metodologías y
criterios para el funcionamiento y direccionamiento estratégico del SGR, en el marco de lo
dispuesto en la normativa que regule la materia.
Que el numeral 2° del artículo 22 de la Ley 2056 de 2020, dispone que mínimo dos (2) puntos
porcentuales de la distribución del 15% de la Asignación para la Inversión Local para los
municipios más pobres del país, se destinarán a proyectos relacionados o con incidencia
sobre el ambiente y el desarrollo sostenible, denominando dichos recursos como Asignación
para la Inversión Local en Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Que el numeral 1° del artículo 11 de la Ley 2056 de 2020 dispone que es función del
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible definir la estrategia nacional de protección de
áreas ambientales estratégicas con el apoyo del Departamento Nacional de Planeación, en
coordinación con las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, para

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