Proyecto de Acuerdo "Por medio del cual se sustrae un área del Distrito Regional de Manejo Integrado Complejo lagunar, Fúquene, Cucunubá y Palacios, ubicado en la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR" - Proyectos Normativos de la Corporación Autónoma Regional Cundinamarca - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 897452860

Proyecto de Acuerdo "Por medio del cual se sustrae un área del Distrito Regional de Manejo Integrado Complejo lagunar, Fúquene, Cucunubá y Palacios, ubicado en la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR"

Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR
Consejo Directivo
República de Colombia
ACUERDO No DE
“Por medio del cual se sustrae un área del Distrito Regional de Manejo Integrado
Complejo lagunar, Fúquene, Cucunubá y Palacios, ubicado en la jurisdicción de la
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR”
www.car.gov.co
Av. Esperanza # 62-49 Costado Esfera - Pisos 6 y 7. Telefono 5801111
Email buzonjudicial@car.gov.co
Bogotá Colombia.
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EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE
CUNDINAMARCA CAR,
En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial de las conferidas por
el literal g del artículo 27 de la Ley 99 de 1993; y el numeral 7 del artículo 24 de la
Resolución 703 del 25 de junio de 2003, expedida por el entonces Ministerio de
Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, por medio de la cual se aprobaron los
Estatutos de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acuerdo CAR 018, del 11 de julio de 2017, se declaró como Distrito
Regional de Manejo Integrado el complejo lagunar de Fúquene, Cucunubá y
Palacios, ubicado en jurisdicción de los municipios de San Miguel de Sema y
Raquira en el departamento de Boyacá y Carmen de Carupa, Lenguazaque,
Simijaca, Guachetá, Cucucnubá, Fúquene, Susa, Sutatausa y Ubaté, departamento
de Cundinamarca, con un área de 19.194 hectáreas.
Que en el parágrafo del artículo cuarto del Acuerdo 018 de 2017, se definió que la
zonificación, así como las actividades y usos, serán definidas en el plan de manejo
que se adopte por parte de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
CAR, las cuales deberán tener en cuenta los objetivos de conservación previstos en
los estudios realizados, las características socioeconómicas y culturales de las
comunidades asentadas en el área.
Que el Distrito Regional de Manejo Integrado complejo lagunar de Fúquene,
Cucunubá y Palacios, se declaró con el objetivo de mantener los ecosistemas
hídricos y sus dinámicas de regulación el efecto protector y el uso limitado del suelo,
para garantizar la sostenibilidad de los recursos naturales.
Que el área que declarada constituye un ecosistema estratégico por sus funciones
hídricas, ecológicas y representatividad de bienes y servicios ecosistémicos, que
sustenta a la población de 11 municipios, dos (2) del departamento de Boyacá y
nueve (9) de Cundinamarca.
Que el complejo Lagunar, nace con los ríos Ubaté y Lenguazaque que junto con
otros tributarios vierte sus aguas a la laguna de Fúquene, así mismo, presenta dos
sub- áreas de importancia, la parte alta que involucra el nacimiento del río Ubaté en
el municipio de Carmen de Carupa y el río Lenguazaque que nace en el municipio
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR
Consejo Directivo
República de Colombia
ACUERDO No DE
“Por medio del cual se sustrae un área del Distrito Regional de Manejo Integrado
Complejo lagunar, Fúquene, Cucunubá y Palacios, ubicado en la jurisdicción de la
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del mismo nombre. Adicionalmente, los drenajes de Tas subcuencas Alto Río Ubaté,
Río Suta, Laguna de Cucunubá y Río Lenguazaque convergen en torno al río Ubaté
el cual, le entrega sus aguas a la laguna de Fúquene que hace parte de la
subcuenca Bajo Río Ubaté Laguna de Fúquene. Estas subcuencas cuentan con
canales y diferentes estructuras de regulación que conforman el antiguo Distrito de
Riego y Drenaje Fúquene Cucunubá beneficiando las labores productivas de la
población localizada en el valle de Ubaté, por otra parte, la laguna de Fúquene es
un importante amortiguador de las inundaciones en el valle de Ubaté y es un
componente de infiltración del agua de los suelos de la zona, en consideración de
su característica porosa.
Que tanto en el área declarada como en su zona de influencia habitan importantes
grupos poblacionales de biodiversidad representados por 7 especies de fauna ictica,
164 especies distribuidas en 42 familias de aves, siendo designada en el año 2003
como área de Interés para la Conservación de Aves AICA pues cuenta con
hábitats y corredores de distribución para aves migratorias y residentes; y finalmente
se registran 21 especies de mamíferos, razones que hacen pertinente la
recuperación y conservación del complejo lagunar.
Que, por otro Iado, se han registrado alrededor de 41 especies de macrófitas
(Schmidt- Mumm 1998, Fundación Humedales 2004 y Guzmán 2007) y en cuanto
a ta vegetación palustre dominante, el junco (Schoenoplectus californicus) y la enea
(Typha latifolia) son representativos en el complejo lagunar.
Que este complejo constituye albergue para especies endémicas, tales como:
capitán de la sabana (Eremophilus mutisii) y la guapucha (Grundulus bogotensis;
Valderrama 2007) y el cangrejo sabanero (Neostrengeria macropa; Campos M.,
2007, Hernández et al. 2007 y Valderrama M. 2007); por otro Iado, es refugio de
especies bajo alguna categoría de amenaza como: El pato negro (Netta
erythrophthalma) (CR), la polla sabanera ó tingua moteada (Gallinula melanops
bogotensis) (CR) y el chango de montaña (CR), El pato pico de oro (Anas georgica
niceforoi), el ato o zarceta colorada (Anas cyanoptera borreroi), el pato andino
(Oxyura jamaicensis), la alondra cornuda (Eremophila alpestris peregrina), el
cucarachero de apolinar (Cistothorus apolinari) y la tingua bogotana (Rallus
semiplumbeus) que se encuentran En Peligro (EN), el doradito lagunero (VU) y
finalmente el cangrejo sabanero (VU).
Que, en ese sentido, mediante la Resolución No. 05 del 06 de abril de 2018, la CAR
adoptó el Plan de Manejo Ambiental del Distrito Regional de Manejo Integrado
Complejo Lagunar Fúquene, Cucunuba y Palacio, en la cual se establece la
respectiva zonificación, adoptando las siguientes categorías:

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