Proyecto de Circular externa "por medio de la cual se establecen directrices para el otorgamiento del derecho de uso del sello check in certificado".
Fecha de Fin de Comentarios Públicos | 01 Abril 2022 |
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos | 18 Marzo 2022 |
Año | 2022 |
Fecha de publicación | 17 Marzo 2022 |
CIRCULAR
Código: GD-FM-015
Versión: 11
Vigente: 12/03//2019
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PARA: ORGANISMO NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE COLOMBIA - ONAC
ORGANISMOS EVALUADORES DE LA CONFORMIDAD ACREDITADOS PARA
OTORGAR EL SELLO CHECK IN CERTIFICADO
PRESTADORES DE SERVICIOS TURÍSTICOS
DE: VICEMINISTRO DE TURISMO
ASUNTO: DIRECTRICES PARA EL OTORGAMIENTO DEL DERECHO DE USO DEL
SELLO CHECK IN CERTIFICADO.
FECHA:
2020, se establece que, para asegurar que tanto la prestación de servicios turísticos como los
destinos turísticos cumplan con estándares de calidad, seguridad y sostenibilidad, “el Ministerio
de Comercio, Industria y Turismo determinará niveles de calidad, teniendo en cuenta el tamaño
y las capacidades de los prestadores de servicio turísticos, así como las características de los
atractivos y destinos turísticos. Además de lo anterior, establecerá lo relacionado con la calidad
turística y las condiciones de homologación de esquemas de certificación nacionales e
Internacionales públicos o privados en el marco del Subsistema Nacional de la Calidad".
Es por ello que, mediante Resolución 576 de 2020 se creó el sello de calidad "Check in
Certificado" y su versión en inglés "Certified Check in", estableciendo los requisitos y las
condiciones para obtener su uso, a partir de la implementación, aplicación sistemática y
certificación de cumplimiento de los protocolos de bioseguridad expedidos por el Ministerio de
Salud y Protección Social.
Con relación a la propiedad del sello y la política de administración, los artículos 7 y 9 de la
Resolución 576 de 2020, señalan:
“Artículo 7. Propiedad del sello de calidad “Check in Certificado”. El sello de calidad “Check
in Certificado” y su versión en inglés “Certified Check in” es de propiedad exclusiva de la Nación
bajo la administración del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
El Ministerio podrá ejercer, directamente o a través de terceros, todas las acciones pertinentes
para proteger el Sello de utilizaciones indebidas, abusivas, fraudulentas, engañosas o no
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