Proyecto de Decreto. Actualización del listado de Jurisdicciones no cooperantes de baja o nula imposición - Proyectos de Decreto, Resoluciones y Circulares del Ministerio Hacienda - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 862784797

Proyecto de Decreto. Actualización del listado de Jurisdicciones no cooperantes de baja o nula imposición

Fecha de publicación09 Marzo 2021
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos09 Marzo 2021
Fecha de Fin de Comentarios Públicos24 Marzo 2021
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
REPÚBLICA DE COLOMBIA
DECRETO NÚMERO
( )
Por el cual se reglamenta parcialmente el numeral 2 del artículo 260-7 del Estatuto
Tributario y se adiciona el Capítulo 6 al Título 2 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto
1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los
numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y en
CONSIDERANDO
Que el Gobierno nacional expidió el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en
Materia Tributaria, para compilar y racionalizar las normas de carácter reglamentario y
contar con instrumentos jurídicos únicos, sin perjuicio de las compilaciones realizadas en
otros decretos únicos.
Que el numeral 2 del artículo 260-7 del Estatuto Tributario modificado por el artículo 109
de la Ley 1819 de 2016 dispone lo siguiente:
“2. Los regímenes tributarios preferenciales son aquellos que cumplan con al menos dos
(2) de los siguientes criterios:
a) Inexistencia de tipos impositivos o existencia de tipos nominales sobre la renta
bajos, con respecto a los que se aplicarían en Colombia en operaciones similares;
b) Carencia de un efectivo intercambio de información o existencia de normas
legales o prácticas administrativas que lo limiten;
c) Falta de transparencia a nivel legal, reglamentario o de funcionamiento
administrativo;
d) Inexistencia del requisito de una presencia local sustantiva, del ejercicio de una
actividad real y con sustancia económica;
e) Aquellos regímenes a los que sólo pueden tener acceso personas o entidades
consideradas como no residentes de la jurisdicción en la que opera el régimen
tributario preferencial correspondiente (ring fencing).
Que Colombia, junto con más de 135 países, es parte del Marco Inclusivo de BEPS (por
sus siglas en inglés, Erosión de la Base Imponible y Traslado de Beneficios) de la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)/G20 y se
comprometió a implementar las quince acciones del Plan de Acción de BEPS, todas estas

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