Proyecto de Decreto. Comité de Inversiones del FRECH - Proyectos de Decreto, Resoluciones y Circulares del Ministerio Hacienda - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 920991790

Proyecto de Decreto. Comité de Inversiones del FRECH

Fecha de Fin de Comentarios Públicos09 Febrero 2023
Fecha de publicación25 Enero 2023
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos25 Enero 2023
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
REPÚBLICA DE COLOMBIA
DECRETO NÚMERO DE 2023
( )
Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector
Hacienda y Crédito Público, en lo relacionado con el Comité de Inversiones del Fondo de
Reserva para la Estabilización de la Cartera Hipotecaria- FRECH
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren
el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 48 de la Ley 546 de
1999, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 48 de la Ley 546 de 1999 autorizó la creación de un Fondo de Reserva para
la Estabilización de la Cartera Hipotecaria FRECH-, administrado por el Banco de la
República, en los términos que establezca el Gobierno nacional, con el propósito de facilitar
las condiciones para la financiación de vivienda.
Que en virtud de lo anterior, el artículo 2.10.1.1.6. del Decreto 1068 de 2015 creó un Comi
de Inversiones cuya función es dar las instrucciones en materia de inversiones que deben
ser adoptadas por el Banco de la República, el cual de conformidad con el inciso tercero
del mencionado artículo debe reunirse ordinariamente por lo menos una vez cada tres (3)
meses y extraordinariamente cuando sea convocado por cualquiera de sus miembros o por
su secretario.
Que el artículo 149 de la Ley 1753 de 2015, modificado por el artículo 36 de la Ley 1955 de
2019 establece, frente a la administración eficiente de recursos públicos, que “(…) los
saldos de recursos girados a entidades financieras que no se encuentren respaldando
compromisos u obligaciones del Presupuesto General de la Nación deberán ser
reintegrados a la entidad estatal respectiva (…)”, previendo en su parágrafo 3° la aplicación
de lo antes indicado, de manera especial, para los recursos del Fondo de Reserva para la
Estabilización de la Cartera Hipotecaria FRECH.
Que según consta en el acta número 99 en la sesión del 22 de diciembre de 2022 el Comité
de Inversiones del Fondo de Reserva para la Estabilización de la Cartera Hipotecaria
FRECH señaló que debido a que actualmente el FRECH no cuenta con recursos que sean
objeto de inversión se hace necesario modificar la periodicidad y necesidad de las reuniones
de dicho Comité.

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