Proyecto de Decreto del Departamento Administrativo Nacional de Estadística. Por el cual se reglamenta el Artículo 2.2.3.5.6 Infraestructura Colombiana de Datos Espaciales – ICDE- del Decreto 2404 de 2019 y se dictan otras disposiciones - Proyectos Normativos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 909034281

Proyecto de Decreto del Departamento Administrativo Nacional de Estadística. Por el cual se reglamenta el Artículo 2.2.3.5.6 Infraestructura Colombiana de Datos Espaciales – ICDE- del Decreto 2404 de 2019 y se dictan otras disposiciones

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Fecha de Inicio de Comentarios Públicos14 Diciembre 2021
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADÍSTICA
DECRETO NÚMERO ________ DE 2021
( )
“Por medio del cual se modifica los artículos 2.2.3.1.2 y 2.2.3 .5.6 y se adicionan los
artícu los 2.2.3 .5.6.1, 2.2.3.5.6.2, 2.2.3.5.6.3, 2.2.3.5.6.4, 2.2.3.5.6.5, 2.2.3.5.6.6,
2.2.3.5.6.7, 2.2.3.5.6.8, 2.2.3.5.6.9, 2.2.3.5.6.10, 2.2.3.5.6.11, 2.2.3.5.6 .12, del
Decreto 1170 de 2015 Único del Sector Administrativo de Información Estadística
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial, las previstas en el numeral
11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 43 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al
servicio del interés general y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad,
moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la
descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Que en 1996 en la Sexta Conferencia Cartográfica Regional de las Naciones Unidas para las
américas se propuso la implementación de las IDE nacionales y la regional para América
Latina, y se inicia el proceso de consolidación de la Infraestructura Colombiana de Datos
Espaciales ICDE, como un mecanismo para articular esfuerzos tanto de los productores como
de los usuarios de la información geográfica fundamental, optimizando su producción, gestión y
acceso a través del uso de estándares y tecnologías de información.
Que el artículo 43 de la Ley 489 de 1998 establece que el gobierno nacional podrá organizar
sistemas administrativos con el fin de coordinar las actividades estatales y de los particulares,
para tal efecto preverá los órganos a los cuales corresponde desarrollar las actividades de
dirección, programación, ejecución y evaluación.
Que en virtud del artículo 160 de la Ley 1753 de 2015, modificado por el artículo 155 de la Ley
1955 de 2019, se creó el Sistema Estadístico Nacional (SEN) con el propósito de proporcionar
a la sociedad y al Estado estadísticas oficiales a nivel nacional y territorial de calidad. Así
mismo, la norma establece que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística
(DANE) será el ente rector y por tanto el coordinador y regulador del SEN.
Que el Decreto 2404 de 2019, reglamentó el artículo 155 de la Ley 1955 de 2019 y modificó el
título 3 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1170 de 2015 del Sector Administrativo de
Información Estadística.

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