Proyecto de Decreto. FONCONTIN - Proyectos de Decreto, Resoluciones y Circulares del Ministerio Hacienda - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 858846407

Proyecto de Decreto. FONCONTIN

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos22 Enero 2021
Fecha de Fin de Comentarios Públicos23 Enero 2021
Fecha de publicación22 Enero 2021
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
REPÚBLICA DE COLOMBIA
DECRETO___________
( )
Por el cual se modifica el Libro 2, Parte 4, Título 1 del Decreto 1068 de 2015 relacionado
con las obligaciones contingentes
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el
numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 1 y 3 de la Ley 448
de 1998;
CONSIDERANDO
Que el Artículo 1 de la Ley 448 de 1998 dispone que: “la Nación, las Entidades Territoriales
y las Entidades Descentralizadas de cualquier orden deberán incluir en sus presupuestos
de servicio de deuda, las apropiaciones necesarias para cubrir las posibles pérdidas de las
obligaciones contingentes a su cargo. El Gobierno Nacional reglamentará la metodología
sobre los términos para la inclusión de estas obligaciones en los presupuestos de las
entidades a que hace referencia el inciso anterior, pudiendo distinguir en su tratamiento las
obligaciones contingentes que se hubiesen adquirido con anterioridad a la entrada en
vigencia de esta ley y las futuras. Así mismo, el Gobierno reglamentará los eventos en los
cuales dichos recursos deban ser transferidos al fondo que se crea de conformidad con el
artículo siguiente”.
Que el artículo 3 de la Ley 448 de 1998 establece: el Fondo de Contingencias de las
Entidades Estatales tendrá por objeto atender las obligaciones contingentes de las
Entidades Estatales que determine el Gobierno. El Gobierno determinará además el tipo de
riesgos que pueden ser cubiertos por el Fondo.”
Que en atención a la emergencia sanitaria originada por la pandemia del Covid-19 y su
afectación a la población colombiana, en la actualidad se adelantan diferentes procesos
contractuales para la adquisición de insumos para el sector salud que contienen
obligaciones contingentes en los términos del artículo 1 de la Ley 448 de 1998.
Que es necesario reglamentar la tipificación del riesgo originado por los contratos de que
trata el considerando anterior como uno de aquellos que en los términos del artículo 3 de la
Ley 4448 de 1998 pueden ser cubiertos por el Fondo de Contingencias de las Entidades
Estatales, así como la forma en que se realizarán los aportes a dicho fondo.
Que en cumplimiento de los artículos 3° y 8° de la Ley 1437 de 2011 y de lo dispuesto por
el Decreto Único Reglamentario 1081 de 2015, el proyecto de decreto fue publicado en la
página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Dicha publicación se realizó por

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