Proyecto de Decreto. Mecanismos y oportunidades de transferencia de los recursos del subsidio de las comisiones de las garantías que otorga el FNG en el programa "Unidos por Colombia" - Proyectos de Decreto, Resoluciones y Circulares del Ministerio Hacienda - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 852682291

Proyecto de Decreto. Mecanismos y oportunidades de transferencia de los recursos del subsidio de las comisiones de las garantías que otorga el FNG en el programa "Unidos por Colombia"

Fecha de Inicio de Comentarios Públicos24 Noviembre 2020
NotasLa fuente original no indica fecha de fin de consultas, por lo que se estima en base al Decreto 1081 de 2015
Fecha de publicación24 Noviembre 2020
Fecha de Fin de Comentarios Públicos09 Diciembre 2020
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
REPÚBLICA DE COLOMBIA
DECRETO_____________
( )
Por el cual se regulan y se establecen los mecanismos y oportunidad para la
transferencia de los recursos patrimoniales necesarios para el fortalecimiento
patrimonial del Fondo Nacional de Garantías S.A. -FNG, y de los recursos
correspondientes al subsidio de la Nación a las comisiones del Fondo Nacional
de Garantías S.A. FNG, en el marco de los Decretos Legislativos 444, 492 y
816 de 2020, se ajusta una tarifa de retención en la fuente a título de impuesto
sobre la renta y se establece un instrumento de movilización de activos
generados por el pago de garantías realizadas con cargo a los recursos de la
Nación
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular las previstas en el numeral
11 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con el literal c) del numeral
1 del artículo 48 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el Decreto Legislativo 444
del 21 de marzo de 2020, el Decreto Legislativo 492 de 28 de marzo de 2020 y el Decreto
Legislativo 816 de junio 4 de 2020, y
CONSIDERANDO
Que mediante el Decreto Legislativo 417 del 17 de marzo de 2020, se declaró el Estado de
Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional por el término de
treinta (30) días calendario, con el fin de conjurar la grave calamidad pública que afecta el
país por causa del nuevo coronavirus COVID-19.
Que en el marco del Decreto Legislativo 417 de 2020, a través del Decreto Legislativo 492
de 2020 se autorizó el fortalecimiento patrimonial del Fondo Nacional de Garantías S.A.
FNG, con el propósito de respaldar nuevas garantías que permitan originar créditos
adicionales, todo esto con el fin de mantener activas las relaciones crediticias y financiar
tanto a personas naturales como jurídicas que hayan sufrido efectos adversos en su
actividad económica causados por los hechos que motivaron la emergencia Económica,
Social y Ecológica declarada en el Decreto 417 de 2020.
Que en función del Decreto Legislativo 417 de 2020, el Presidente de la República expidió
el Decreto Legislativo 444 de 2020 “Por el cual se crea el Fondo de Mitigación de
Emergencias FOME y se dictan disposiciones en materia de recursos, dentro del Estado
de Emergencia Económica, Social y Ecológica”.
Que el artículo 5 del Decreto Legislativo 444 de 2020, faculta al Gobierno nacional para
otorgar subsidios a garantías siempre que se requieran para atender los objetivos del mismo
Que mediante el Decreto Legislativo 637 del 6 de mayo de 2020 se declaró el Estado de
Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional por el término de
treinta (30) días calendario, con el fin de conjurar la grave calamidad pública que afecta al
país por causa del nuevo Coronavirus COVID-19.

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