Proyecto de decreto del Ministerio del Interior. Por el cual se adiciona el Título 7 a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1066 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, con el fin de reglamentar la Ley 2038 de 2020, en lo relacionado con el fondo de sustentabilidad pro-Cartagena 500 años y se dictan otras disposiciones2022 - Proyectos de normatividad del Ministerio del Interior - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 902761427

Proyecto de decreto del Ministerio del Interior. Por el cual se adiciona el Título 7 a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1066 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, con el fin de reglamentar la Ley 2038 de 2020, en lo relacionado con el fondo de sustentabilidad pro-Cartagena 500 años y se dictan otras disposiciones2022

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Año2022
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DEL INTERIOR
DECRETO DE
Por el cual se adiciona el Título 7 a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1066 de
2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, con el fin
de reglamentar la Ley 2038 de 2020, en lo relacionado con el fondo de
sustentabilidad pro-Cartagena 500 años y se dictan otras disposiciones”.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas
en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 9 de la
CONSIDERANDO
Que el artículo 286 de la Constitución Política establece que son entidades
territoriales los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas.
Además, dispone que la ley podrá darles el carácter de entidades territoriales a las
regiones y provincias que se constituyan en los términos de la Constitución y de la
ley.
Que la pobreza extrema es un factor multidimensional que deteriora la calidad de
vida y la salud de los colombianos.
Que el Distrito de Cartagena de Indias es una de las ciudades con mayor porcentaje
en pobreza extrema entre sus pobladores, en la cual, a pesar de su buen
desempeño económico, erradicar la pobreza extrema se constituye como un asunto
prioritario de interés general.
Que la ConstituciónPolítica en su artículo establece que son fines esenciales del
Estado “servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la
efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución;
facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida
económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la
independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia
pacífica y la vigencia de un orden justo”.
Que el artículo 113 de la ConstituciónPolítica consagra el principio de colaboración
armónica entre los diferentes órganos con miras a garantizar el cumplimiento de sus
fines, promoviendo así la coordinación y cooperación entre las distintas entidades,
de nivel Nacional y Territorial, para materializar los fines esenciales del Estado.
Que el principio de solidaridad social es fundamento del Estado Social de Derecho,
imponiendo a todas las personas el deber de responder con acciones humanitarias
ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas, tal como
lo establece el numeral 2 del artículo 95 de la Constitución Política.

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