Proyecto de Decreto del Ministerio de Justicia (Por la cual se adoptan los manuales de buenas prácticas para la atención de los Órganos de control del Estado y del Congreso de la República en el Ministerio de Justicia y del Derecho y se adiciona un parágrafo al artículo 8 de la Resolución 0163 del 28 de febrero de 2021), 2021-04-12 - Proyectos normativos del Ministerio de Justicia - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 900354868

Proyecto de Decreto del Ministerio de Justicia (Por la cual se adoptan los manuales de buenas prácticas para la atención de los Órganos de control del Estado y del Congreso de la República en el Ministerio de Justicia y del Derecho y se adiciona un parágrafo al artículo 8 de la Resolución 0163 del 28 de febrero de 2021), 2021-04-12

Fecha de Fin de Comentarios Públicos27 Abril 2022
Fecha de publicación12 Abril 2021
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos12 Abril 2021
Código
F-GJAA-01-03
Versión
1
Vigencia
28/12/2012
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
RESOLUCIÓN NÚMERO DE
Por la cual se adoptan los manuales de buenas prácticas para la atención de
los Órganos de control del Estado y del Congreso de la República en el
Ministerio de Justicia y del Derecho y se adiciona un parágrafo al artículo 8 de
la Resolución 0163 del 28 de febrero de 2021
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las
conferidas en virtud de los artículos 208 de la Constitución Política y 22 de la Ley
1437 de 2011, sustituido por el artículo 1° de la Ley 1755 de 2015, en
concordancia con el artículo 2.2.3.12.11 del Decreto 1069 de 2015 y,
CONSIDERANDO
Que la Corte Constitucional en Sentencia C-167 de 1995, señaló que: “(…) el Estado
Social de Derecho concibe “sistemas articulados de controles y contrapesos que
procuran prevenir y sancionar las fallas o extralimitaciones en el ejercicio del poder
público” , de cara al cumplimiento de los principios de igualdad, moralidad, eficacia,
economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, sujetando las actuaciones de las
entidades públicas al ejercicio del control de entidades que, bajo el mandato
constitucional, garantizan el adecuado cumplimiento de los fines estatales y la debida
destinación y uso de los recursos públicos (…)”.
Que la atención de los órganos de control del Estado demanda una atención especial
que exige al Ministerio de Justicia y del Derecho contar con disposiciones que regulen
el proceso, partiendo de la radicación de las peticiones, hasta llegar a su
diligenciamiento efectivo en términos de oportunidad, calidad y completitud.
Que esta cartera ministerial promueve las buenas prácticas y las lecciones
aprendidas como criterio de la gestión del conocimiento del Modelo Integrado de
Gestión, que permite lograr los objetivos trazados con resultados positivos y
significativos para las diferentes partes interesadas.
Que el artículo 2.2.3.12.11 del Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario del
Sector Administrativo y de Justicia, faculta al Ministerio de Justicia y del Derecho a
reglamentar la tramitación interna de las peticiones que le corresponda resolver y la
manera de atenderlas para garantizar el buen funcionamiento de los servicios a su
cargo, en cumplimiento de los términos legales.
Que en desarrollo de lo anterior, se hace necesario adoptar los Manuales de Buenas
Prácticas para la Atención de los Órganos de Control del Estado y del Congreso de

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