Proyecto Decreto del Ministerio de Transporte. “Por el cual se modifican los artículos 4 y 6 del Decreto 2163 de 2018 “Por el cual se crea una Comisión Intersectorial para los proyectos de Infraestructura de Transporte.” (2022)
Fecha de publicación | 07 Abril 2022 |
Fecha de Fin de Comentarios Públicos | 22 Abril 2022 |
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos | 07 Abril 2022 |
Emisor | Ministerio de Transporte |
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE TRANSPORTE
DECRETO NÚMERO DE 2022
Comisión Intersectorial para los proyectos de Infraestructura de Transporte”.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, y en particular, las previstas
489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Infraestructura y Proyectos Estratégicos (CIIPE) “(…) cuyo objeto es la coordinación
y orientación superior de las funciones de las entidades públicas que participan en la
estructuración, financiación, contratación y ejecución de proyectos de infraestructura,
hidrocarburos, minería, energía y demás proyectos estratégicos de interés nacional”.
Intersectorial de Infraestructura y Proyectos Estratégicos (CIIPE) la función de “Validar
los proyectos que cumplan con los criterios para ser considerados como PINES, que
sean priorizados y presentados por cada sector”.
Que, en atención a la necesidad de contar con una instancia dedicada
específicamente a la coordinación y a la orientación superior de los proyectos de
infraestructura de transporte, para generar conectividad y servicios de calidad
sostenible, se creó la Comisión Intersectorial para los Proyectos de Infraestructura de
Transporte a través del Decreto 2163 de 2018.
la entrada en vigencia del citado decreto, los proyectos de infraestructura de
transporte quedarían excluidos del conocimiento de la Comisión Intersectorial de
2013.
Que resulta necesario modificar el artículo 2 del Decreto 2163 de 2018, con el
propósito de modificar el objeto de la Comisión Intersectorial para los Proyectos de
Infraestructura de Transporte, de conformidad con lo preceptuado en el documento
CONPES 3762 de 2013 “LINEAMIENTOS DE POLÍTICA PARA EL DESARROLLO
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